N° 173607/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10
SECRETARÍA NRO. 19
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor
Osvaldo Chomer, secretaría Nº 19, a cargo
del Suscripto, sito en Callao 635 P.B, Cap.
Fed., comunica por cinco días que con fecha
30 .11.15 se ha decretado la quiebra de NEO-
NATO S.R.L. (CUIT 30-68715777-6), en la cual
ha sido designado síndico el contador Rubén
Leonardo Kwasniewski con domicilio consti-
tuido en Montevideo 596 piso 11, depto. “I”,
C.A.B.A., ante quien los acreedores deberán
presentar las peticiones de verificación y los
títulos pertinentes justificativos de sus crédi-
tos hasta el día 02.03.16 (L.C: 32) en el horario
de 12 a 18 hs. El informe individual de la síndi-
co deberá presentarse el día 15.04.16 y el ge-
neral el día 30.05.16 (art. 35 y 39 de la citada
ley). Intímese a la fallida y a terceros para que
pongan a disposición del síndico la totalidad
de los bienes de la deudora en la forma que
sea más apta para que el funcionario con-
cursal tome inmediata y segura posesión de
los mismos. Intímese a la fallida a que dentro
de 24 hs. entregue los libros de comercio y
demás documentos relacionados con su con-
tabilidad al síndico. Intímese a la fallida para
que en el plazo de cinco días cumpla con los
requisitos del art. 86 de la ley 24.522. Prohí-
base a los terceros hacer pagos a la fallida,
los que serán ineficaces. A los efectos de la
realización de bienes déjese constancia que
no se realizarán más citaciones que la edictal
y que se procederá a la venta en los términos
de la L.C.: 217, realizándose el patrimonio con
inmediata distribución de los fondos entre
los acreedores verificados, sin perjuicio de
las reservas para los insinuados Se libra el
presente en los autos “ NEONATO S.R.L. S/
QUIEBRA”, Expte nro. 28914/2011. Buenos
Aires, 02 de diciembre de 2015.- LEANDRO
G. SCIOTTI - SECRETARIO HECTOR OSVAL-
DO CHOMER Juez - LEANDRO G. SCIOTTI
SECRETARIO
e. 09/12/2015 N° 173607/15 v. 15/12/2015