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N° 173483/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 16

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS jueves, 10 de diciembre de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 16

SECRETARÍA NRO. 32

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo

Comercial N° 16, Secretaría N° 3298892 /1998

Incidente Nº 1 - INCIDENTISTA: DE VENTA

(50%) INDIVISO, DEL INMUEBLE FALIMENTA-

RIO-LOTE NRO 7, PDO. URBANO DE VILLA

GESELL s/INCIDENTE

Boletín oficial

Edicto. El juzgado de 1ra instancia en lo co-

mercial nº16, a cargo del Dr. Sebastian I. San-

chez Cannavo, Secretaria nº32 a mi cargo, sito

en Avda Callao 635 PB de CABA, comunica

por 5 días en autos caratulados “Ruiz Hector

Fernando s/ Quiebra s/inc.de venta (50%) indi-

viso del inmueble falimentario lote nro. 7 pdo.

urbano de Villa Gesell”; exp.nº098892/1998/1,

que el martillero, Roberto Máximo Marti, Cuit

20145089884 monotributista subastará el 21

de diciembre de 2015 a las 11,00 hs, en pun-

to, en Jean Jaures 545 CABA, el 50% indiviso,

del inmueble sito en la localidad de Mar Azul,

pdo. urbano de Villa Gesell, Lote nro. 7 sito en

la Pcia Bs. As. Nomenclatura catastral: circ.

VI sec. E manz. 289 parc. 7 pda 30.909 mat.

19.309. DEUDAS: fs. 68 servicios sanitarios no

adeuda al 25/4/07, fs. 195 Absa no se encuentra

en sistema, fs. 196 Arba $ 551,60 al 15/2/13, fs.

223 impuesto municipal $ 12.185,93 al 15/1/13.

Según mandamiento de constatación, el in-

mueble corresponde a un lote baldío, el cual se

encuentra desocupado. BASE $ 70.000.- en el

acto del remate el comprador deberá abonar: el

30% como seña, el 3% por comisión y el 0,25%

de arancel sobre el precio de venta (CSNJ: Ac.

10/99 y 24/00:7). El saldo de precio deberá ser

depositado dentro del 5to día de realizada la

subasta sin necesidad de otra notificación, ni

intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto

por el cpr 580 aún cuando se hubiere planteado

cualquier objeción que impida la aprobación de

la subasta (conste ello también en el boleto de

venta). Queda prohibida la compra en comisión,

así como la ulterior cesión del boleto que se ex-

tienda y la compra por poder y toda operación

que tenga como consecuencia la adquisición

definitiva del bien por una persona distinta a la

que resultó adquirente en el acto de subasta.

De optarse por registrar el inmueble a través de

escritura pública, la totalidad de los gastos que

irrogue dicho trámite serán a cargo exclusivo del

comprador. En caso de corresponder el pago

del I.V.A.por la presente compraventa deberá

ser solventado por el comprador (debiendo el

martillero retenerlo en el acto de subasta y de-

positarlo en el expediente en boleta separada).

Las deudas que registrare el inmueble serán a

cargo del comprador exclusivamente a partir de

la fecha en que tome posesión del bien. EXHI-

BICIÓN: Tratándose de un lote baldío la misma

es libre. El bien se enajena ad- corpus, en el

estado en que se encuentra, declarando los

adquirentes conocer el estado físico y jurídico

del mismo.

Buenos Aires, de 18 de noviembre de 2015. Fdo

Thelma L. Losa Secretaria Interina.

SEBASTIAN SANCHEZ CANNAVÓ Juez -

THELMA L LOSA SECRETARIA INTERINA

e. 09/12/2015 N° 173483/15 v. 15/12/2015