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N° 174535/15 Aviso del Boletín Oficial

cos. A dichos efectos RESUELVEN:

Partidos Políticos martes, 15 de diciembre de 2015

Texto del aviso

cos. A dichos efectos RESUELVEN:

de Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos PARTIDO COMPROMISO FEDERAL

ANTONIO SERGNESE, D.N.I. N° 06.813.235;

Aires, Santa Fe, Mendoza, Córdoba, La Rioja, quienes presentes en este acto proceden a

CLAUSULA PRIMERA: APROBAR la Fusión del Distrito San Luis

Corrientes, San Luis, Misiones, Tucumán, Salta, aceptar la designación efectuada, quienes de-

PARTIDO “ES POSIBLE” – ORDEN NACIONAL

Chaco, y Chubut a los efectos de que se tome berán actuar en forma conjunta, y/o indistinta EDICTO

con el Partido MOVIMIENTO INDEPENDIENTE

razón de dicha Fusión, y demás comunicacio- exclusivamente a los efectos procesales.

JUSTICIA Y DIGNIDAD – ORDEN NACIONAL,

nes pertinentes.

Publicación ordenada por el artículo

entendiéndose como tal, la unión de ambas

CLAUSULA DECIMO PRIMERA: Con relación a 10 ter, inc. d) de la Ley N° 23.298

Fuerzas Políticas Nacionales, conformándose

las cuentas bancarias que actualmente mantie- Sin más asuntos que tratar, previa lectura y un nuevo Partido Político Nacional, y una vez

nen ambas fuerzas políticas; el Partido “ES PO- ratificación, se firman cuatro ejemplares de un Partido: “COMPROMISO FEDERAL”

reconocida dicha Fusión por la Justicia Elec-

SIBLE” - ON en el Banco de la Nación Argentina mismo tenor y a un solo efecto, firmando los toral Competente, quedarán integrados todos

– sucursal San Luis, provincia de San Luis y el comparecientes de conformidad, en el lugar y Orden: NACIONAL

los Partidos Políticos de Distrito y Provinciales

Partido Movimiento Independiente Justicia y fecha Supra consignados. de ambas fuerzas políticas, dado que en esta

Dignidad – ON, en el Banco de la Nación Argen- El Juzgado Federal con competencia Elec- figura jurídica no existe el Derecho de Secesión.

tina – sucursal La Plata, provincia de Buenos

e. 11/12/2015 N° 174535/15 v. 15/12/2015 toral en el distrito San Luis, bajo jurisdicción Que conforme lo prescribe la Ley de Partidos