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N° 176917/15 Aviso del Boletín Oficial

afiliación debe ser gestionada por el intere

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 18 de diciembre de 2015

Texto del aviso

afiliación debe ser gestionada por el intere-

MOVIMIENTO POLÍTICO, SOCIAL

sado suscribiendo en forma automática su

ficha de solicitud de afiliación, que implica Y CULTURAL PROYECTO SUR

aceptación de las disposiciones de esta Car-

Distrito Buenos Aires

ta Orgánica. Los requisitos y el procedimien-

to de aplicación se rigen por lo dispuesto en

-EDICTO-

el artículo 23, 24 y concordantes de la Ley

PARTIDO: “Movimiento Político, Social y Cultu- 23.298, o de la legislación que en el futuro

ral Proyecto Sur”

la reemplace o modifique. Cumplidos tales

DISTRITO: Buenos Aires.

requisitos se aprobará su solicitud y se les

“El señor Juez Federal subrogante con compe- entregará constancia de su afiliación.

tencia electoral en el Distrito de la Provincia de

Buenos Aires, Dr. Laureano Alberto Durán, dis- Artículo: 6. Los ciudadanos deben afiliarse

puso por resolución de fecha 10 de diciembre por ante los organismos partidarios depar-

de 2015, la publicación del texto ordenado de la tamentales o locales, según el caso. O bien

presente Carta Orgánica partidaria. La Plata, 15 por ante la sede central del Partido dando fiel

de diciembre de 2015.- Dr. Daniel Darío Arme- cumplimiento a lo prescripto por la ley 23.298

llini -Prosecretario Electoral Nacional Provincia y concordantes.

de Buenos Aires”.

Artículo: 7. La solicitud de afiliación será tratada

MOVIMIENTO POLITICO, SOCIAL Y CULTU- y resuelta por la Dirección Ejecutiva. Sólo podrá

RAL PROYECTO SUR.

ser rechazada con el voto de dos tercios de sus

miembros presentes, lo que podrá ser recurrido

CARTA ORGANICA DE DISTRITO.

ante la Asamblea del Distrito dentro de los cinco

(5) días hábiles siguientes al de la notificación

Articulo: 1. El MOVIMIENTO POLÍTICO, SOCIAL que por medio fehaciente deberá hacerle la Di-

Y CULTURAL PROYECTO SUR es un partido rección Ejecutiva. Si la solicitud también fuese

político democrático, de distrito, organizado rechazada por la Asamblea del Distrito podrá

para actuar en el ámbito de la Provincia de Bue- recurrir al Juzgado de aplicación. Las solicitu-

nos Aires, en el marco de la Constitución Na- des que no hayan sido consideradas durante

cional, en particular de su artículo 38, y demás los quince (15) días hábiles subsiguientes al de

normas dictadas en consecuencia.

su presentación se considerarán admitidas.

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Viernes 18 de diciembre de 2015

Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 33.279

Artículo: 8. La afiliación se extingue por falle- nueve delegados que conformarán la Direc- dad en las votaciones, desempatará con do- En cada proceso eleccionario se sumarán a la

cimiento, renuncia, expulsión o por disposición ción Ejecutiva, conjuntamente con el presi- ble voto en las mismas. En caso de ausencia, Junta Electoral, con voz y voto, un representan-

legal.

dente y vicepresidente del partido. Seguido renuncia o remoción será reemplazado por el te de cada una de las listas que compiten en la

de ello, conformará entre sus miembros, los vicepresidente y sucesivamente por el vocal elección.

Artículo: 9. La renuncia de afiliación -presenta- otros órganos partidarios: Junta Electoral, que determine la Asamblea de Distrito. En

da por medios fehacientes- debe ser resuelta Tribunal de Disciplina, Instituto de Investi- caso de acefalía permanente será de aplica- Articulo: 26. Atribuciones y deberes de la Junta

por la autoridad partidaria competente dentro gación y Capacitación Política y Comisión ción el inc. h del art. 18.

Electoral:

de los quince (15) días hábiles de su presenta- Revisora de Cuentas.

a. Dictar el reglamento Electoral para las elec-

ción. Si no fuese resuelta durante ese plazo se b. Aprobar o modificar esta Carta Orgánica, Articulo: 23. De su seno la Dirección Ejecutiva ciones internas.

la considerará aceptada.

la declaración de principios, las bases de designará: 1. Secretario de Organización; 2. Estas normas entrarán en vigencia a partir de su

acción política, el nombre y logo del Partido. Secretario de Finanzas, que ejercerá el rol de aprobación por la Dirección Ejecutiva, empero

Sección B: Derechos y Obligaciones de los Requiriéndose los 2/3 de sus miembros. Tesorero; 3. Secretario Legal e Institucional; 4. deberán ser homologadas en la primera reunión

Afiliados.

c. Conocer en grado de apelación las sancio- Secretario de Difusión y Comunicaciones; 5. ordinaria que realice la Asamblea del Distrito.

nes que imponga el Tribunal de Disciplina. Secretario de Capacitación Política; 6. Secre- b. Conocer y resolver todo lo relativo a las im-

Artículo: 10. Son derechos de los afiliados: a) d. Entender respecto de las impugnaciones que tario del Conurbano; 7. Secretario del Interior; pugnaciones respecto a las elecciones internas.

Elegir y ser elegidos, participando en los actos interpongan los afiliados contra resoluciones de 8. Secretario de Frentes Sociales; 9. Secretario c. Organizar y dirigir el proceso eleccionario y

electorales, asambleas, y consultas partidarias la Dirección Ejecutiva.

Administrativo. Cuyas funciones serán esta- poner en funciones a las autoridades electas.

en la forma que establece la presente Carta e. Aprobar o rechazar la gestión y las cuentas blecidas en el correspondiente reglamento de

Orgánica; b) Ejercer la dirección, gobierno y presentadas por la Dirección Ejecutiva.

funcionamiento.

VIII.- DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA

fiscalización del Partido, según las disposicio- d. Trazar los lineamientos generales de la Plata-

nes de la presente Carta Orgánica Provincial; c) forma Electoral.

Articulo: 24. Son Atribuciones de la Dirección Articulo: 27. Se integra con tres (3) miembros

Todos los afiliados tienen los mismos derechos f. Determinar los lineamientos generales de la Ejecutiva:

cuyo mandato durará (2) dos años. Serán ele-

y obligaciones.

Política de Alianzas, cuya aprobación y concer- a. Expedirse sobre las consultas que le someta gidos entre los representantes de la Asamblea

tación específica para cada elección será de

de Distrito. la Dirección Nacional del Partido.

Artículo: 11. Son obligaciones de los afiliados: competencia de la Dirección Ejecutiva.

b. Supervisar la marcha del Partido e informar

a) Observar y respetar los principios que con- g. Dictar los reglamentos que considere conve- de la misma en ocasión de la reunión anual de Articulo: 28. Son Atribuciones y deberes del

forman el MOVIMIENTO POLÍTICO, SOCIAL Y nientes para el mejor funcionamiento del Parti- la Asamblea del Distrito.

Tribunal de Disciplina:

CULTURAL PROYECTO SUR y la disciplina par- do y los que disponga esta Carta Orgánica y la

a. Conocer, por acusación fundada de afiliados c. Efectuar la convocatoria a reunión extraordi-

tidaria mediante el cumplimiento de las normas Carta Orgánica Nacional.

o de órganos partidarios, en todos los casos de naria de la Asamblea.

vigentes; b) Cumplir estrictamente las disposi- h. Declarar, la intervención de los otros órganos

mala conducta partidaria o incumplimientos de d. Concertar las alianzas electorales para cada

ciones de sus organismos; c) Votar en las elec- del Partido, designar sus autoridades provisio- elección conforme los lineamientos generales los deberes de las funciones otorgadas.

ciones internas y contribuir a la formación del nales y convocar a elecciones para la designa- trazados por la Asamblea de Distrito.

b. La sanción se graduará de acuerdo a la im-

patrimonio del Partido, según las disposiciones ción de las autoridades regulares, dentro de los

portancia y trascendencia del hecho, y a la for- e. Aprobar la Plataforma electoral para cada

que al efecto dicten las autoridades partidarias. 60 días. Estas medidas deberán ser tomadas

ma en que pudo haber afectado la organización elección, enfatizando los objetivos coyuntura-

simultáneamente.

o prestigio del partido. Las sanciones que apli- les, dentro de lo establecido en los principios,

III.- ORGANOS Del MOVIMIENTO POLÍTICO, i. Designar de su seno los representantes del

que este Tribunal, se efectivizará a los 5 (cinco) en las bases de acción política y en esta Carta

SOCIAL Y CULTURAL PROYECTO SUR

partido en los cargos nacionales y de la Mesa Orgánica.

días hábiles después de haber sido notificada a

Federal Nacional y/o denominación similar con-

la Dirección Ejecutiva y el afiliado. f. Aprobar o modificar la propuesta de regla-

Articulo: 12. Son órganos del Partido:

forme a la Carta Orgánica Nacional.

mento electoral que le eleve la Junta Electoral,

j. Reemplazar por renuncia o incumplimiento en

Articulo: 29. Contra las sanciones que impon- ad referéndum de la primera Asamblea del Dis-

a. La Asamblea Provincial o de Distrito.

sus funciones, debidamente probado sumaria-

ga el Tribunal de Disciplina podrá deducirse trito.

b. La Dirección Ejecutiva.

mente, a los delegados designados en cargos

recurso de apelación con efecto suspensi- g. Aprobar el programa anual de capacitación

c. La Junta Electoral.

en la Dirección Ejecutiva.

vo, por ante la Asamblea del Distrito dentro política en los términos del art. 12 de la ley

d. El Tribunal de Disciplina.

k. Realizar la propuesta de candidaturas a car-

de los 5 (cinco) días hábiles de notificado. 26.215 y decreto PEN 936/2010 que proponga

e. La Comisión Revisora de Cuentas.

gos nacionales del distrito para que sea tratada

Este recurso se presentará fundado ante la el Instituto de Investigaciones y Capacitación

f. Instituto de Investigación y Capacitación Po- en la Mesa Federal Nacional u órgano de mayor

Dirección Ejecutiva, la cual aconsejará la Política.

lítica.

jerarquía nacional. Asimismo deberá considerar

concesión o la denegación del recurso e in- h. Ejecutar y hacer cumplir las resoluciones de

g. Las Mesas de Sección.

la propuestas de candidaturas realizada por la

cluirá el tema en el orden del día de la primer la Asamblea del Distrito, dentro de los princi-

Asamblea que se convoque. De la resolución h. Los Plenarios de Sección.

mesa departamental y designar los candidatos

pios y bases de la acción política del partido.

i. Las Casas Grandes.

a cargos provinciales.

de la Asamblea se podrá recurrir por ante la

i. Conducir al partido durante el receso de la

justicia competente.

Asamblea del Distrito.

IV.- DE LA ASAMBLEA PROVINCIAL O DE DIS- Articulo: 19. La Asamblea Provincial o de Dis-

j. Administrar el patrimonio del partido, llevar la

TRITO

trito será presidida por el Presidente y en su

IX.- DE LA COMISION REVISORA DE CUENTAS

contabilidad, los libros de Inventario, libros de

defecto por el Vicepresidente del partido, y en

caja, libros de actas, las afiliaciones y resolu-

Articulo: 13. La Asamblea Provincial o de Dis- caso de ausencia transitoria o definitiva de am-

Articulo: 30. Se integra con tres (3) miembros cuyo

ciones en hojas fijas o móviles.

trito es la autoridad máxima del MOVIMIENTO bos, por los demás integrantes de la Dirección

mandato durará (2) dos años. Se elegirán entre los

k. Brindar a la Comisión Revisora de Cuentas POLÍTICO, SOCIAL Y CULTURAL PROYECTO Ejecutiva en el orden de su elección, hasta que

representantes de la Asamblea de distrito.

todos los informes que requiera, sobre la admi- SUR.

se resuelva de conformidad al artículo 18, inciso

nistración patrimonial del partido. h) de esta Carta, si corresponde. Contará como

Articulo: 31. Son atribuciones y deberes de la

l. Aprobar la política de alianzas, las cuales comisión Revisora de Cuentas: Articulo: 14. La Asamblea Provincial o de Dis- mínimo con un Secretario de Actas.

deberán ser acordes a las directivas de las polí- trito se integrará con el presidente y vicepresi- Funcionará con un quórum de más de la mitad

a. Controlar las cuentas de gastos y recursos

ticas nacionales definidas para el distrito. dente electos más (22) veintidós delegados y (3) de sus miembros válidamente electos, en la

del Partido.

ll. Convocar a elecciones internas y prestar tres suplentes.

primera convocatoria, y con los presentes en

b. Elevar anualmente a la Asamblea del Distri-

apoyo a la Junta Electoral en todo lo que esta segunda convocatoria. Ambas convocatorias

to un informe detallado sobre las cuentas del

requiera para la celebración de una elección, Elección de Autoridades.

se harán efectivas en la misma notificación. En-

partido, aconsejando su aprobación o recha-

conforme las disposiciones legales acerca de zo, o bien la aprobación requiriendo cambios tre ambas convocatorias deberá mediar como

las PASO, ley 26.571, decretos y normas com- Articulo: 15. El presidente y vicepresidente se- mínimo una hora. Si esta Carta o el Reglamento

en la metodología contable, o su aprobación

plementarias. rán elegidos por el voto directo y secreto de los no disponen mayoría especial, todas sus deci-

condicional sujeta a la presentación de infor-

m. Poner en conocimiento del Tribunal de Dis- afiliados, mediante fórmula completa por simple siones son válidas cuando se toman por mayo-

mes o documentación adicional. Treinta días

ciplina, casos de mala conducta partidaria, mayoría. Los delegados serán elegidos por el ría absoluta, equivalente a más de la mitad de

antes de la Asamblea, la Comisión Revisora

voto directo y secreto de los afiliados mediante los miembros presentes. En caso de empate, el acompañando en todos los casos, la docu- de Cuentas presentará copia de su informe

mentación pertinente. En ese caso impulsar los a la Dirección Ejecutiva, al efecto de que la el sistema proporcional D’Hont, computándose voto del presidente de la asamblea se computa

procesos por incumplimiento de los deberes de sólo los votos de las listas que obtengan más doble y decisorio.

misma la ponga a disposición de los órganos

los afiliados designados en cargos partidarios. del diez por ciento (10%) de los votos válidos

partidarios y de los afiliados, y elabore los

emitidos.

Articulo: 20. La Asamblea Provincial o de Dis- n. Intervenir, ad referéndum de la Asamblea informes adicionales o presente la documen-

trito se reunirá por lo menos, (2) dos veces al Provincial o de Distrito, los órganos partidarios tación que fuere pertinente.

Articulo: 16. El presidente, vicepresidente y los

ante acefalía o no funcionamiento de los orga- año, sin perjuicio de su convocatoria a reunión

nismos de Departamento y Locales, como las delegados durarán (2) dos años en sus manda- extraordinaria por parte de la Dirección Ejecu-

X. INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y CAPACI-

casas grandes. tos. A excepción de la primera elección, para tiva, el treinta por ciento de sus miembros o el

TACION POLITICA.

poder ser candidato deberá contarse con una veinte por ciento de los afiliados al partido, en ñ. Designar los responsables económicos

antigüedad de afiliación de un año.

forma indistinta. La Dirección Ejecutiva llevará financieros a los fines del financiamiento del Articulo: 32. Se integra como mínimo con 3

a la práctica la convocatoria, citando a dicha partido o alianza según el caso. Los cheques (tres) miembros. Será presidida por uno de los

deberán llevar la firma del Presidente y el Teso- miembros de la Dirección Ejecutiva. El resto de Articulo: 17. La renuncia a los cargos partida- reunión dentro de los 30 días hábiles de reque-

rero, o bien quienes los reemplacen conforme rios deben realizarse por medio fehaciente de rida y realizándola a los siete días hábiles como

los miembros serán elegidos del seno de dele-

esta Carta Orgánica. notificación y/o con la simple presentación con mínimo y dentro de los 60 días hábiles de su

gados de la Asamblea de Distrito cuyo mandato

constancia de recibo por ante la Secretaria de convocatoria.

o. Designar 1 (un) apoderado como mínimo, durará (2) dos años.

la Asamblea de distrito o bien ante la Dirección

para que representen al Partido por ante las Articulo: 33. Son Atribuciones y deberes del Ins-

Ejecutiva. Se tendrá por renuncia tácita la in- V. DE LA DIRECCION EJECUTIVA

autoridades judiciales, electorales, administra- tituto de Investigación y Capacitación Política.

tivas y realice todas las gestiones que le sean comparecencia reiterada a sus funciones. Para

a.- Capacitar a los cuadros y dirigentes del

encomendadas. ello la Dirección Ejecutiva deberá convocar al Articulo: 21. La Dirección Ejecutiva se integra

Movimiento, asesorar a sus autoridades y di-

afiliado por medio fehaciente para que en el con un total de (11) once miembros. El presiden- p. Preparar el balance anual para su con- fundir sus principios, a cuyo fin podrá organizar

plazo de 72 horas realice el descargo corres- te y vicepresidente elegidos por el voto directo sideración por la Asamblea Provincial o de equipos de investigación, cursos, debates, se-

pondiente y manifieste su voluntad de continuar de los afiliados. Más la cantidad de (9) nueve Distrito. La fecha de cierre del ejercicio con- minarios, y en general toda actividad interna o

en el cargo asignado.

Vocales, elegidos por la Asamblea de Distrito table anual será la del 30 de diciembre de externa que considere apropiada para alcanzar

cada año en los términos del art. 22 de la entre sus miembros. En su primera reunión

tales fines.

Competencia de la Asamblea Provincial o de deberá dictar su reglamento de funcionamien- ley 26.215.

b.- Conocer e intervenir en todos los asunto

Distrito.

to, con la designación de los responsables de

jurídicos por ante las autoridades judiciales,

las comisiones, todo lo cual deberá ser puesto VII.- DE LA JUNTA ELECTORAL

electorales, administrativas en lo que atañe al

Articulo: 18. Compete a la Asamblea Provincial para su aprobación a la primera convocatoria

Partido y sus afiliados.

o de Distrito:

c.- Cumplir la actuación Jurídica, Aseso- de la Asamblea de distrito.

Articulo: 25. Se integra con tres (3) miembros

cuyo mandato durará (2) dos años y serán ele- ramiento, capacitación y organización que

a. Dictar en su primera convocatoria un re- Articulo: 22. El Presidente será el represen- gidos entre los representantes de la Asamblea le sea encomendado por la Dirección Eje-

glamento de funcionamiento y elegir los (9) tante natural del partido y en caso de igual- de Distrito.

cutiva.

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Viernes 18 de diciembre de 2015

Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 33.279

d.- Realizar informe de actuación trimestral- y/o impugnaciones que considere pertinen-

mente para ser elevado a la Dirección Ejecutiva. tes y deberá en última instancia decidir el

e.- Desarrollar el programa de capacitación mecanismo de elección.

política en los términos del art. 12 ley 26.215 y

decreto PEN 936/2010.

b. En forma subsidiaria al punto a. se podrá con-

f.- Dictar su reglamento interno el cual deberá vocar a elección de candidatos a cargos públi-

contemplar su organización interna, miembros cos electivos en el distrito, mediante elecciones

y programa. El mismo será aprobado por la Di- internas, con voto directo y secreto de los afi-

rección Ejecutiva.

liados, conforme al mismo sistema y principios,

en cuanto fuera pertinente, que la elección de

XI.- DE LOS PLENARIOS –MESAS LOCALES- integrantes de la Asamblea de Distrito. En caso

CASAS GRANDES.

de presentarse a la elección una sola lista, ésta

será proclamada ganadora dejándose sin efec-

Articulo: 34. Sin perjuicio de entender que to el acto eleccionario. Las listas de candidatos

el número de Casas Grandes a funcionar en a cargos electivos nacionales y partidarios

el distrito es indeterminado, en cada una de deberán responder a lo establecido en la ley

las Secciones electorales, existirá una Casa 24.012 y su decreto reglamentario Nº 1.246. Las

Grande en la cual residirán las autoridades de elecciones internas de Diputados y Senadores

Sección.

de la Nación se regirán por lo establecido en la

ley 26.571 o el texto que la reemplace.

En cada Sección se conformarán órganos par-

tidarios participativos y directivos:

c. Podrán ser candidatos integrando las listas

partidarias, personas que no estén afiliadas al

1- EL PLENARIO SECCIONAL, está compues- Partido.

to por todos los afiliados del partido que se

domicilien en la respectiva Sección, el que se XIII.- DE LAS COMISIONES DE TRABAJO

reunirá cada 90 días, o cuando así lo establezca

la Mesa de Sección, que la presidirá. Su misión

Articulo: 37. Las comisiones de trabajo son los

esencial es la de supervisar y controlar políti-

instrumentos de acción que, por área territorial

camente la gestión de la Mesa de Sección, ge-

o temática, crea la Dirección Ejecutiva en forma

nerar y fomentar la formación de nuevas Casas

permanente o transitoria para realizar tareas

Grandes.

específicas. En el acto de su creación se fijarán

los objetivos de las mismas, la metodología que

2- LA MESA DE SECCIÓN, estará compuesta

deben desarrollar y los resultados que de ellas

por 5 (cinco) miembros. Duran (2) dos años en

se esperan.

su mandato. La Mesa estará integrada por (1)

un Coordinador de la Mesa de Sección, un (1)

Al finalizar la labor encomendada, o anualmen- Secretario y 3 (tres) vocales, que serán elegidos

te, las comisiones de trabajo elaborarán un por el Plenario Seccional.

informe detallado sobre lo realizado y la evalua-

ción de los resultados obtenidos. La Mesa de Sección, podrá dictar su reglamen-

to de funcionamiento que deberá ser aprobado

por la Dirección Ejecutiva.

XIV.- PATRIMONIO

Articulo: 38. El patrimonio del partido se forma- Su misión esencial es la de coordinar la tarea

política en la Sección, el desarrollo territorial rá con:

y las actividades partidarias. Para ello deberá a) Contribuciones de los afiliados;

fomentar la concreción de Casas Grandes que b) El Fondo Partidario permanente de cuyo

deberán ser aprobadas por la Dirección Ejecu- importe, el 25% se distribuirá entre los distritos

tiva.

en relación a los votos obtenidos en la última

elección general;

Con una antelación de (2) dos meses antes del c) La Reglamentación que disponga la Mesa

cierre de lista de candidatos deberá presentar Federal Nacional y/u órgano partidario confor-

propuesta de candidaturas Seccionales y Lo- me a la Carta Orgánica Nacional del Partido;

cales para su tratamiento no vinculante por la

d) Los aportes, donaciones e ingresos de cual-

Asamblea de Distrito.

quier naturaleza que la legislación vigente no

prohíba y que se efectúen voluntariamente.

Deberá presentar anualmente, o cuando le sea

requerido un amplio informe sobre la misma a la

Articulo: 39. Los fondos del Partido deberán Dirección Ejecutiva.

depositarse en Bancos Oficiales, Provinciales o

Municipales, a nombre del partido y a la orden 3. LA CASA GRANDE, está compuesto por

conjunta del Presidente, Vicepresidente y Teso- todos los afiliados del partido que se domici-

rero de la Dirección Ejecutiva, o de quienes los lien en la respectiva localidad, núcleo urbano,

reemplacen transitoriamente. Los libramientos ciudad, villa o temática específica a desarrollar.

y movimientos de fondos serán suscriptos y Debe estar compuesta como mínimo con 5 (cin-

autorizados exclusivamente y en forma indistin- co) miembros. Del cual se elegirá un responsa-

ta por el Presidente y Tesorero de la Dirección ble. Las Casas Grandes deben ser aprobadas

Ejecutiva, ello en los términos del art. 22 de la por la Dirección Ejecutiva a solicitud de la Mesa

ley 26.215. de Sección.

XII.- DE LAS ELECCIONES DE AUTORIDADES Articulo: 40. Los bienes inmuebles adquiridos

por el Partido o recibidos en donación deberán Y LA DESIGNACION DE CANDIDATOS

ser inscriptos a nombre del Partido.

Articulo: 35. Las elecciones de autoridades

partidarias se ajustarán a las siguientes dispo- XV. EXTINCIÓN DEL PARTIDO.

siciones:

a. El presidente y vicepresidente como así los Articulo: 41. El partido MOVIMIENTO POLITI-

(22) veinte dos miembros titulares y (3) tres su- CO, SOCIAL Y CULTURAL PROYECTO SUR,

plentes de la Asamblea de Distrito se elegirán sólo se extingue por decisión de una Asamblea

por el voto secreto y directo de los afiliados. Las de Distrito convocado a tal efecto, con el voto

listas de candidatos se presentarán al elector favorable de las tres cuartas partes de sus

materialmente separadas.

miembros. Disuelto o extinguido, los bienes de

b. Las listas de candidatos, deberán presentar que dispusiera en ese momento, pasarán a la

candidatos a todos los cargos que debieran Mesa Federal del Partido u órgano de mayor

elegirse.

jerarquía en el ámbito Nacional del Partido. A

c. Para presentar listas de candidatos se reque- falta de éste, la misma Asamblea de Distrito de-

rirán únicamente el aval del 5% de afiliados. En cidirá su destino, que deberá estar circunscrito

caso de presentarse a la elección una sola lista, exclusivamente a Entidades de Bien Público y

esta será proclamada ganadora dejándose sin sin fines de lucro.

efecto el acto eleccionario.

d.- La autoridades para los cargos Nacionales XVI. DISPOSICION TRANSITORIA

del partido se elegirán conforme lo establezca

la Carta Orgánica Nacional.

Articulo: 42. Una vez constituido como Partido de

Distrito y el Partido adquiera la condición de Par-

Articulo: 36.

tido Nacional, en los términos de la ley 23.298,

a. En primer término, la elección de candida- la presente Carta Orgánica deberá ajustarse a la

tos a cargos públicos electivos nacionales y Carta Orgánica Nacional conforme a derecho.

provinciales y/o locales será efectuada por la

Asamblea de Distrito. En el caso de cargos Dr. Laureano Alberto Durán Juez - Dr. Daniel

nacionales deberán ser aprobados por la Darío Armellini Prosecretario Electoral Nacional

Mesa Federal Nacional del partido, que po-

see el derecho de realizar las observaciones

e. 18/12/2015 N° 176917/15 v. 18/12/2015