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N° 177326/15 Aviso del Boletín Oficial

cuencia, deberá mandarse a publicar, por un

Partidos Políticos REMATES JUDICIALES lunes, 21 de diciembre de 2015

Texto del aviso

cuencia, deberá mandarse a publicar, por un

KOLINA

día, en el Boletín Oficial de la Nación y en un

diario de circulación nacional, para acordar

Distrito Formosa

publicidad a su contenido, a fin de cumpli-

mentar con lo dispuesto en el artículo 38 de

3647/2014PARTIDO KOLINA s/CONTROL DE

la Constitución Nacional, en el entendimiento

INFORME DE CAMPAÑA EN ELECCIONES GE-

de que el alcance del término “publicidad”,

NERALES - ELECCIONES GENERALES 27 DE

a que alude la norma constitucional, “debe

OCTUBRE DE 2.013- CATEGORIA LEGISLATI-

interpretarse en el sentido de someter a un

VA distrito Formosa

control efectivo las cuentas de los partidos

Nº 79/15 Formosa, 16 de diciembre de 2015.-

políticos – y no en el dar meras noticias de

MEB

ellas-” (cfr. Fallo CNE 3010/02). Asimismo

Y VISTOS:

el partido político, deberá mencionar en la

Esta causa caratulada: “KOLINA S. CON-

publicación periodística el sitio de Internet,

TROL DE INFORMES DE CAMPAÑA EN

donde la ciudadanía en general puede con-

ELECCIONES GENERALES 27 DE OCTUBRE

sultar el mencionado estado contable, para

DE 2.013 – distrito Formosa”, expte CNE

su información.

N° 3647 año 2014; y

Cabe recordar que la Cámara Nacional

CONSIDERANDO:

Electoral, en reciente precedente, significó

Que de acuerdo a las constancias obrantes

que “las características del régimen de fi-

en la presente causa, el partido “KOLINA”

nanciamiento vigente tornan imperativo que

–distrito Formosa- ha dado cumplimiento

el control patrimonial sea estricto y la publi-

a las disposiciones del art. 54 y extem-

cidad de los ingresos y egresos partidarios

poráneamente al art. 58 de la ley nacional

detallada y constante” (Fallo CNE 3010/02).

n° 26.215, respecto a la presentación de los

Se explicó, que la rendición de cuentas debe

Informes Previo y Final de Campaña Electoral

ser “precisa” porque “lo que se encuentra en

correspondiente a los comicios nacionales

juego es nada menos que el control efectivo

de fecha 27 de OCTUBRE de 2.013. Es del

sobre la utilización de los recursos pertene-

caso, mencionar que el partido interesado

cientes al erario público” (cf. Fallo citado).

junto a otras fuerzas políticas del distrito ha

Que las circunstancias señaladas, con- integrado la Alianza Transitoria “Frente Para

figuran elementos suficientes a los fines la Victoria”.

de emitir un pronunciamiento, sin que sea

A fs. 51/52 vta., de autos, el Cuerpo de Au-

necesario analizar otros elementos de jui-

ditores Contables, señala que el partido ma-

cio, puesto que se ha cubierto la finalidad

terializó las previsiones de los arts. 54 y 58

impresa en la ley de fondo con el debido

de la ley 26.215, pese a la observación for-

control y fiscalización del Informe Final de

mulada en el punto 2.5, no resulta de impedi-

campaña de comicios nacionales de fecha

mento para su aprobación, se recomienda al

27 de octubre de 2013 de la agrupación po-

partido que las mismas deben ser tenidas en

lítica mencionada.

cuenta, para futuras presentaciones.

Que a fs. 56 de autos, se corre vista al Minis- Que teniendo a la vista el expte CNE

terio Público Fiscal, del dictamen de auditoría Nº 9000012 año 2.014, surge a fs. 262/ 263

contable, obrante a fs. 51/53, el que se expide vta., la aplicación de la sanción dispuesta

a fs. 57, que esta magistratura comparte y se por el artículo 67, 2° párrafo de la ley 26. 215,

da por reproducido, por razones de economía por falta de presentación del Informe Final

procesal. correspondiente al Informe Previo de cam-

paña de los comicios nacionales de fecha 27 Por ello y de conformidad fiscal.

RESUELVO: de OCTUBRE de 2.013, mediante resolución

n° 34/14 de fecha 1º de julio de 2.014, la que APROBAR EL INFORME PREVIO Y FINAL DE

fuera debidamente comunicada a la DIREC- CAMPAÑA correspondiente a comicios nacio-

CION NACIONAL ELECTORAL, a la Cámara nales del 27 de octubre de 2.013 del Partido

Nacional Electoral y notificada al partido in- KOLINA –distrito Formosa- .-

teresado –ver fs. 684vta.- .

DEJAR SIN EFECTO la sanción dispuesta en

Teniendo presente que es doctrina sentada el expte CNE nº 9000012/2011 caratulado:

por la CNE, en distintos fallos, que el infor- “Kolina s. Reconocimiento de la personalidad

me relativo al financiamiento de las campa- jurídica política en el distrito Formosa”, a fs.

21 OFICIAL Nº 33.280

Recibo

175979/15

165235/15

172318/15

162070/15

175951/15

175984/15

176062/15

169731/15

170687/15

171637/15

175046/15

176316/15

e. 21/12/2015 N° 3058 v. 21/12/2015

268/269 vta., por aplicación del artículo 67, 2°

párrafo de la ley 26.215, relativa a la campaña

de los comicios legislativos del 27 de octubre

de 2.013.-

COMUNICAR al Boletín Oficial de la Nación, la

presente resolución, para su publicación, por

un día. Aplicando sistema IPAE, dejando cons-

tancia en autos..- -

HACER SABER al Partido KOLINA -distrito

Formosa- que debe publicar la presente re-

solución, por el término de un día en un diario

de circulación nacional, haciendo referencia

al sitio de Internet, donde la ciudadanía en

general puede consultar el mencionado es-

tado contable, para su información. Cumpli-

do que sea, adjunte copia de la publicación.

COMUNICAR el presente resolutorio a DI-

RECCION NACIONAL ELECTORAL y a la

Cámara Nacional Electoral, firme que se en-

cuentre, a los fines que estimen correspon-

der. Acompañando la planilla de Acordada

CNE Nº105/08.

Regístrese, ofíciese, notifíquese y, oportuno

que fuera archívese..-

CLAUDIA MARIA FERNANDEZ

JUEZ FEDERAL SUBROGANTE

dRA CLAUDIA MARIA FERNANDEZ Juez -

BARCAROLO, MARIA ESTER SECRETARIA

ELECTORAL INTERINA

e. 21/12/2015 N° 177326/15 v. 21/12/2015