N° 177326/15 Aviso del Boletín Oficial
cuencia, deberá mandarse a publicar, por un
Texto del aviso
cuencia, deberá mandarse a publicar, por un
KOLINA
día, en el Boletín Oficial de la Nación y en un
diario de circulación nacional, para acordar
Distrito Formosa
publicidad a su contenido, a fin de cumpli-
mentar con lo dispuesto en el artículo 38 de
3647/2014PARTIDO KOLINA s/CONTROL DE
la Constitución Nacional, en el entendimiento
INFORME DE CAMPAÑA EN ELECCIONES GE-
de que el alcance del término “publicidad”,
NERALES - ELECCIONES GENERALES 27 DE
a que alude la norma constitucional, “debe
OCTUBRE DE 2.013- CATEGORIA LEGISLATI-
interpretarse en el sentido de someter a un
VA distrito Formosa
control efectivo las cuentas de los partidos
Nº 79/15 Formosa, 16 de diciembre de 2015.-
políticos – y no en el dar meras noticias de
MEB
ellas-” (cfr. Fallo CNE 3010/02). Asimismo
Y VISTOS:
el partido político, deberá mencionar en la
Esta causa caratulada: “KOLINA S. CON-
publicación periodística el sitio de Internet,
TROL DE INFORMES DE CAMPAÑA EN
donde la ciudadanía en general puede con-
ELECCIONES GENERALES 27 DE OCTUBRE
sultar el mencionado estado contable, para
DE 2.013 – distrito Formosa”, expte CNE
su información.
N° 3647 año 2014; y
Cabe recordar que la Cámara Nacional
CONSIDERANDO:
Electoral, en reciente precedente, significó
Que de acuerdo a las constancias obrantes
que “las características del régimen de fi-
en la presente causa, el partido “KOLINA”
nanciamiento vigente tornan imperativo que
–distrito Formosa- ha dado cumplimiento
el control patrimonial sea estricto y la publi-
a las disposiciones del art. 54 y extem-
cidad de los ingresos y egresos partidarios
poráneamente al art. 58 de la ley nacional
detallada y constante” (Fallo CNE 3010/02).
n° 26.215, respecto a la presentación de los
Se explicó, que la rendición de cuentas debe
Informes Previo y Final de Campaña Electoral
ser “precisa” porque “lo que se encuentra en
correspondiente a los comicios nacionales
juego es nada menos que el control efectivo
de fecha 27 de OCTUBRE de 2.013. Es del
sobre la utilización de los recursos pertene-
caso, mencionar que el partido interesado
cientes al erario público” (cf. Fallo citado).
junto a otras fuerzas políticas del distrito ha
Que las circunstancias señaladas, con- integrado la Alianza Transitoria “Frente Para
figuran elementos suficientes a los fines la Victoria”.
de emitir un pronunciamiento, sin que sea
A fs. 51/52 vta., de autos, el Cuerpo de Au-
necesario analizar otros elementos de jui-
ditores Contables, señala que el partido ma-
cio, puesto que se ha cubierto la finalidad
terializó las previsiones de los arts. 54 y 58
impresa en la ley de fondo con el debido
de la ley 26.215, pese a la observación for-
control y fiscalización del Informe Final de
mulada en el punto 2.5, no resulta de impedi-
campaña de comicios nacionales de fecha
mento para su aprobación, se recomienda al
27 de octubre de 2013 de la agrupación po-
partido que las mismas deben ser tenidas en
lítica mencionada.
cuenta, para futuras presentaciones.
Que a fs. 56 de autos, se corre vista al Minis- Que teniendo a la vista el expte CNE
terio Público Fiscal, del dictamen de auditoría Nº 9000012 año 2.014, surge a fs. 262/ 263
contable, obrante a fs. 51/53, el que se expide vta., la aplicación de la sanción dispuesta
a fs. 57, que esta magistratura comparte y se por el artículo 67, 2° párrafo de la ley 26. 215,
da por reproducido, por razones de economía por falta de presentación del Informe Final
procesal. correspondiente al Informe Previo de cam-
paña de los comicios nacionales de fecha 27 Por ello y de conformidad fiscal.
RESUELVO: de OCTUBRE de 2.013, mediante resolución
n° 34/14 de fecha 1º de julio de 2.014, la que APROBAR EL INFORME PREVIO Y FINAL DE
fuera debidamente comunicada a la DIREC- CAMPAÑA correspondiente a comicios nacio-
CION NACIONAL ELECTORAL, a la Cámara nales del 27 de octubre de 2.013 del Partido
Nacional Electoral y notificada al partido in- KOLINA –distrito Formosa- .-
teresado –ver fs. 684vta.- .
DEJAR SIN EFECTO la sanción dispuesta en
Teniendo presente que es doctrina sentada el expte CNE nº 9000012/2011 caratulado:
por la CNE, en distintos fallos, que el infor- “Kolina s. Reconocimiento de la personalidad
me relativo al financiamiento de las campa- jurídica política en el distrito Formosa”, a fs.
21 OFICIAL Nº 33.280
Recibo
175979/15
165235/15
172318/15
162070/15
175951/15
175984/15
176062/15
169731/15
170687/15
171637/15
175046/15
176316/15
e. 21/12/2015 N° 3058 v. 21/12/2015
268/269 vta., por aplicación del artículo 67, 2°
párrafo de la ley 26.215, relativa a la campaña
de los comicios legislativos del 27 de octubre
de 2.013.-
COMUNICAR al Boletín Oficial de la Nación, la
presente resolución, para su publicación, por
un día. Aplicando sistema IPAE, dejando cons-
tancia en autos..- -
HACER SABER al Partido KOLINA -distrito
Formosa- que debe publicar la presente re-
solución, por el término de un día en un diario
de circulación nacional, haciendo referencia
al sitio de Internet, donde la ciudadanía en
general puede consultar el mencionado es-
tado contable, para su información. Cumpli-
do que sea, adjunte copia de la publicación.
COMUNICAR el presente resolutorio a DI-
RECCION NACIONAL ELECTORAL y a la
Cámara Nacional Electoral, firme que se en-
cuentre, a los fines que estimen correspon-
der. Acompañando la planilla de Acordada
CNE Nº105/08.
Regístrese, ofíciese, notifíquese y, oportuno
que fuera archívese..-
CLAUDIA MARIA FERNANDEZ
JUEZ FEDERAL SUBROGANTE
dRA CLAUDIA MARIA FERNANDEZ Juez -
BARCAROLO, MARIA ESTER SECRETARIA
ELECTORAL INTERINA
e. 21/12/2015 N° 177326/15 v. 21/12/2015