N° 178880/15 Aviso del Boletín Oficial
TARSHOP S.A.
Texto del aviso
TARSHOP S.A.
TARSHOP S.A. – CESIÓN FIDUCIARIA DE
CRÉDITOS - Se hace saber que en virtud de
lo dispuesto en el Contrato de Fideicomiso en
Garantía, celebrado el 29 de octubre de 2015
entre Tarshop S.A., como fiduciante, y Banco
de Valores S.A., en su carácter de fiduciario
(el “Fiduciario”), en beneficio de INDUSTRIAL
AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (AR-
GENTINA) S.A., el 16 de Diciembre de 2015
Tarshop S.A. cedió fiduciariamente al Fidu-
ciario créditos adicionales, originados en el
uso de tarjetas de crédito “Tarjeta Shopping”
o “Tarjeta Shopping Visa”. La cesión que aquí
se notifica se refiere a los créditos especial-
mente indicados en el disco compacto marca
Staples mod 6020 UG 80 G1 que se entregó
Sección
BOLETIN
al Fiduciario y al escribano público Marcos A.
Paz, de conformidad con el Contrato de Fi-
deicomiso en Garantía, el cual podrá ser con-
sultado por quienes prueben tener un interés
legítimo en el domicilio del Fiduciario, sito en
Sarmiento 310, o en el del escribano público,
sito en 25 de Mayo 267, 3° piso, ambos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes
a viernes, de 10 a 17 horas. Asimismo, se hace
saber que Tarshop S.A. implementará un ac-
ceso a través de las páginas web www.tarje-
tashopping.com.ar y www.tarshop.com (o de
cualquier otra que las reemplace en el futuro)
a través de una solapa o link de fácil recono-
cimiento y acceso en la cual se publique el
listado de los Créditos. La presente publica-
ción importa notificación en los términos del
Artículo 1620 del Código Civil y Comercial de
la Nación. La cesión no modifica los términos
y condiciones de los créditos oportunamente
pactados, ni el domicilio de pago. La cesión
implica el cambio de acreedor respecto de los
créditos cedidos que, en lo sucesivo, pasará
a ser el fideicomiso en garantía, representado
en la persona del Fiduciario. Autorizado se-
gún instrumento privado Contrato de Fideico-
miso en Garantía de fecha 29/10/2015
María Laura Perez Espinosa - T°: 81 F°: 790
C.P.A.C.F.
e. 22/12/2015 N° 178880/15 v. 22/12/2015