W20 Argentina W20Argentina

N° 178348/15 Aviso del Boletín Oficial

ECT INVESTMENT S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 23 de diciembre de 2015

Texto del aviso

ECT INVESTMENT S.A.

CONSTITUCION.ESCRITURA 552/26.11.2015.

Cintia Lorena MARTINEZ, 11 de octubre 1978,

dni: 26824658, Padilla 681 piso 5 dpto. 18,

CABA. y Yanina SZWARC, 22 de agosto de

1984, dni: 31.163.696, Medrano 1650 piso 12

dpto. F CABA.,AMBOS argentinos, solteros,

empresarios. 1) DIEZ AÑOS. 2) CONSTRUCTO-

RA: estudio, proyección, dirección y construc-

ción de todo tipo de obras y edificios inclusive

los constituidos o a constituir con derecho

real de Propiedad Horizontal o afectados a

cualquier otra Ley especial o que en el futuro

se dicte, sea por contratación directa y/o por

licitaciones públicas o privadas, viviendas indi-

viduales y colectivas, establecimientos comer-

ciales e industriales, ampliaciones y refaccio-

nes, mejoras en terrenos urbanos, y/o rurales

en cualquier lugar de la República Argentina.

Todas las actividades que asi lo requieran serán

desarrolladas por profesionales con título habi-

litante. INMOBILIARIA: compraventa, permuta,

arrendamiento, administración y consignación

inmuebles en general inclusive los afectados

al derecho real de propiedad horizontal como

también toda clase de operaciones inmobilia-

rias incluyendo fraccionamientos loteos y ur-

banizaciones, pudiendo tomar para la venta o

comercialización operaciones inmobiliarias de

terceros y concurrir a licitaciones públicas o pri-

vadas de cualquier naturaleza. 3) DOSCIENTOS

MIL PESOS ($ 200.000.-) 4) uno a cinco por 3

años. La sociedad prescinde de la sindicatura.

5) 31 DE OCTUBRE de cada año. PRESIDENTE:

Cintia Lorena MARTINEZ DIRECTOR SUPLEN-

TE: Yanina SZWARC, AMBOS con DOMICILIO

ESPECIAL en SEDE SOCIAL: Perón 1531 piso 2

departamento ACABA.

Autorizado según instrumento público Esc.

Nº 552 de fecha 26/11/2015 Reg. Nº 942

JOSE DOMINGO MANGONE - Habilitado

D.N.R.O. N° 2678

e. 23/12/2015 N° 178348/15 v. 23/12/2015