W20 Argentina W20Argentina

N° 178971/15 Aviso del Boletín Oficial

BIMA CAPITAL S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 24 de diciembre de 2015

Texto del aviso

BIMA CAPITAL S.A.

BIMA CAPITAL S. A. comunica que por

Asamblea Unánime del 24/09/15 se resolvió:

(i) aumentar el capital social en la suma de

$ 150.000, es decir de $ 100.000 a $ 250.000,

y en consecuencia, reformar la cláusula 4ª del

Estatuto Social; (ii) modificar las siguientes

cláusulas del Estatuto Social: cláusula 3º (rela-

tiva al objeto social), la cláusula 9º (relativa al

órgano de fiscalización) conforme al siguiente

texto: “TERCERA: La sociedad tiene por objeto

dedicarse a las siguientes actividades; a) actuar

como agente productor para el mercado de ca-

pitales, conforme a la ley 26.831 y las Normas

de la Comisión Nacional de Valores; b) actuar

como agente asesor de mercado de capitales,

conforme a la ley 26.831 y las Normas de la

Comisión Nacional de Valores; c) Servicios de

asesoramiento, administración y gestión em-

presarial.” “NOVENA: En tanto lo permitan las

normas legales y reglamentarias aplicables, la

sociedad prescindirá de fiscalización interna.

De ser ella exigible, o disponerlo la asamblea,

estará a cargo de una sindicatura unipersonal

o de una comisión fiscalizadora, integrándose

en este último caso con 3 (tres) miembros ti-

tulares y 3 (tres) suplentes, designados cada

tres años por la asamblea ordinaria. Tendrá las

atribuciones y deberes que surgen del artículo

294 de la Ley General de Sociedades. La co-

misión fiscalizadora llevará un libro de actas

de las reuniones que deberán celebrarse pe-

PRESIDENCIA

DE LA NACIÓN

SecretarÍa Legal y TÉcnica

Dr. PABLO CLUSELLAS

Secretario

DirecciÓn Nacional del Registro Oficial

LIC. RICARDO SARINELI

Director Nacional

de 2015

33.283

riódicamente, con intervalos no mayores de 3

(tres) meses. En caso de producirse vacancia

temporal o definitiva, el síndico titular será rem-

plazado por el suplente. De no ser posible la ac-

tuación del suplente, el directorio convocará de

inmediato a asamblea ordinaria, a fin de hacer

las designaciones hasta completar el período.

Producida una causal de impedimento durante

el desempeño del cargo, el síndico debe cesar

de inmediato en sus funciones e informar al

directorio dentro del término de diez días. La

comisión fiscalizadora sesionará válidamen-

te con la presencia de por lo menos dos de

sus integrantes y las decisiones serán válidas

cuando se adopten por mayoría de los votos

presentes. Sin perjuicio de los derechos que

competen individualmente a cada síndico y de

lo dispuesto por el artículo 290, parte última, de

la ley citada, en su primer reunión, de entre sus

miembros designará un presidente, por mayoría

de votos presentes, que presidirá las reuniones

del órgano y representará válidamente al cuer-

po colegiado ante el directorio y la asamblea

de accionistas. Podrá asimismo la comisión fis-

calizadora designar para cada oportunidad que

resulte necesario, otro cualquiera de los síndi-

cos como representante, dejando constancia

de ello en el libro de actas respectivo.” Firmado:

Agostina Griselli. Autorizado según instrumento

privado Acta de asamblea unanime de fecha

24/09/2015

agostina griselli - T°: 118 F°: 289 C.P.A.C.F.

e. 24/12/2015 N° 178971/15 v. 24/12/2015