N° 179955/15 Aviso del Boletín Oficial
SAN ANDRES AGROPECUARIA S.C.A.
Texto del aviso
SAN ANDRES AGROPECUARIA S.C.A.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 88
inciso 4 de la Ley 19.550, se hace saber por TRES
DÍAS que por Asamblea General Extraordinaria
Unánime del 22.12.2015: (a) SAN ANDRES AGRO-
PECUARIA S.C.A., con sede social en Paraguay
1148 piso sexto “B”, CABA; inscripta originaria-
mente en el Registro Público de Comercio de La
Plata, Pcia. de Bs. As. el 2.12.1965 bajo el n° 814,
folio 157 libro 2 de Contratos de Sociedades en
Comandita y luego por cambio de jurisdicción
del domicilio social, en la I.G.J. el 29.4.2013 bajo
el n° 6385 del libro 63 de Sociedades por Ac-
ciones, resolvió: Aumentar su Capital Social en
$ 287.790.-, es decir de $ 12.240 a $ 300.030 (Ca-
pital Comanditad en $ 2880, es decir de $ 120 a
$ 3000; y Capital Comanditario en $ 284.910, es
decir de $ 12.120 a $ 297.030) y ESCINDIR parte
de su patrimonio para destinarlo a la constitución
de dos nuevas sociedades anónimas. (b) Valuación
del Activo y Pasivo al 30.11.2015, fecha del Balance
Especial de Escisión: Activo: $ 333.895,72. Pasivo:
$ 14.537,04. (c) Patrimonio destinado a las nuevas
sociedades: San Miguel del Llano S.A. Valuación
Activo: $ 100.000. Valuación Pasivo: $ 0. San Igna-
cio de Ayacucho S.A. Valuación Activo: $ 100.000.
Valuación Pasivo: $ 0. (d) Las sociedades escisio-
narias se denominarán San Miguel del Llano S.A.,
con domicilio legal en C.A.B.A. y sede social en
Paraguay 1148 piso 3, depto. “A”, C.A.B.A. y San
Ignacio de Ayacucho S.A., con domicilio legal en
C.A.B.A., y sede social en Posadas 1695, C.A.B.A
Y e) SAN ANDRES AGROPECUARIA S.C.A.
REDUCE su capital en la suma de $ 200.000 es
decir de $ 300.030 a $ 100.030, con motivo la de
Segunda
escisión señalada y REFORMA el Artículo 4º del
Estatuto Social. Reclamos y oposición de ley en
Av. R.S.Peña 710, piso noveno, C.A.B.A. de 10.30
a 17 hs Autorizado según instrumento privado Acta
de Asamblea de fecha 22/12/2015
Cecilia Isasi - Matrícula: 4770 C.E.C.B.A.
e. 29/12/2015 N° 179955/15 v. 31/12/2015