N° 179955/15 Aviso del Boletín Oficial
SAN ANDRES AGROPECUARIA S.C.A.
Texto del aviso
SAN ANDRES AGROPECUARIA S.C.A.
De conformidad con lo dispuesto por el artícu-
lo 88 inciso 4 de la Ley 19.550, se hace saber
por TRES DÍAS que por Asamblea General
Extraordinaria Unánime del 22.12.2015: (a) SAN
ANDRES AGROPECUARIA S.C.A., con sede
social en Paraguay 1148 piso sexto “B”, CABA;
inscripta originariamente en el Registro Público
de Comercio de La Plata, Pcia. de Bs. As. el
2.12.1965 bajo el n° 814, folio 157 libro 2 de Con-
tratos de Sociedades en Comandita y luego por
cambio de jurisdicción del domicilio social, en
la I.G.J. el 29.4.2013 bajo el n° 6385 del libro 63
de Sociedades por Acciones, resolvió: Aumen-
tar su Capital Social en $ 287.790.-, es decir de
$ 12.240 a $ 300.030 (Capital Comanditad en
$ 2880, es decir de $ 120 a $ 3000; y Capital
Comanditario en $ 284.910, es decir de $ 12.120
a $ 297.030) y ESCINDIR parte de su patrimonio
para destinarlo a la constitución de dos nuevas
sociedades anónimas. (b) Valuación del Activo
y Pasivo al 30.11.2015, fecha del Balance Es-
pecial de Escisión: Activo: $ 333.895,72. Pasi-
vo: $ 14.537,04. (c) Patrimonio destinado a las
nuevas sociedades: San Miguel del Llano S.A.
Valuación Activo: $ 100.000. Valuación Pasivo:
$ 0. San Ignacio de Ayacucho S.A. Valuación
Activo: $ 100.000. Valuación Pasivo: $ 0. (d)
Las sociedades escisionarias se denominarán
San Miguel del Llano S.A., con domicilio legal
en C.A.B.A. y sede social en Paraguay 1148
piso 3, depto. “A”, C.A.B.A. y San Ignacio de
Ayacucho S.A., con domicilio legal en C.A.B.A.,
y sede social en Posadas 1695, C.A.B.A Y e)
SAN ANDRES AGROPECUARIA S.C.A. RE-
DUCE su capital en la suma de $ 200.000 es
decir de $ 300.030 a $ 100.030, con motivo la
de escisión señalada y REFORMA el Artículo 4º
del Estatuto Social. Reclamos y oposición de
ley en Av. R.S.Peña 710, piso noveno, C.A.B.A.
de 10.30 a 17 hs Autorizado según instrumento
privado Acta de Asamblea de fecha 22/12/2015
Cecilia Isasi - Matrícula: 4770 C.E.C.B.A.
e. 29/12/2015 N° 179955/15 v. 31/12/2015