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N° 180209/15 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES miércoles, 6 de enero de 2016

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

PARANÁ - ENTRE RÍOS

EDICTO: por disposición de la Sra. Presidente,

Dra. Lilia G. Carnero; se ha ordenado comu-

nicar la parte resolutiva en lo pertinente de fs.

207/208, de la causa N° FPA 91000746/2012/

TO1, caratulado: “GARCIA RUBEN DARIO

SOBRE USO DE DOCUMENTO ADULTERADO

O FALSO (ART. 296) ” que tramitara ante este

Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná,

a los fines de la notificación de Rubén Darío

GARCIA D.N.I.:22.480.966, argentino, nacido

en fecha 3 de enero de 1972 en la ciudad de

San Justo -Pcia de Buenos Aires-, casado,

de ocupación chofer, hijo de Eleuterio y Ber-

nardina Ojeda y domiciliado en calle Lapacho

esquina Andrés Guacurari manzana 202 s/n° de

la localidad de Santa Ana –Pcia de Misiones;

de acuerdo al siguiente texto que se transcri-

be: “////raná, 15 de abril de 2015 Y VISTOS…

CONSIDERANDO… SE RESUELVE: 1) Declarar

la extinción de la pretención punitiva para co-

nocer del delito que le fuera imputado a Rubén

Darío GARCIA en el requerimiento fiscal de fs.

138/140 vto, por causa de su prescripción (art.

59 inc. 3° y 62 inc 2 do del Código Penal y en

consecuencia SOBRESEER A Rubén Darío

GARCIA D.N.I.:22.480.966, argentino, nacido

en fecha 3 de enero de 1972 en la ciudad de

San Justo -Pcia de Buenos Aires-, casado, de

ocupación chofer, hijo de Eleuterio y Bernardina

Ojeda y domiciliado en calle Lapacho esquina

Andrés Guacurari manzana 202 s/n° de la lo-

calidad de Santa Ana –Pcia de Misiones-, por

el delito de uso de documento público adulte-

rado previsto en el art. 296 en relación al art

Miércoles 6 de enero de 2016

292 del C.P. en calidad de autor responsable.-

2) EXIMIR DE COSTAS al sobreseído (art. 531

C.P.P.N.) 3) DESTRURIR la Cédula de Identifica-

ción del Automotor a nombre de Aguirre Walter

y Otro, Dominio RNK 633, Control N° 15622877

con comunicación a la Dirección Nacional de

los Registros Nacionales de la Propiedad del

Automotor y Créditos Prendarios; remitir a di-

cha Dirección el Titulo del Automotor Control

R.A.L.C. 5578766 y proceder a la destrucción

de la documental restante.-

Regístrese, notifíquese a las partes, líbrense

los despachos del caso, cúmplase y en estado

archívese.- Fdo: Lilia G. Carnero– Presidenta;

Noemí M. Berros y Roberto M. López Arango,

Jueces de Cámara; Ante Mi Beatriz Zuqui-

Secretaria“.

Lilia G. Carnero Juez - Beatriz Zuqui Secretaria

e. 31/12/2015 N° 180209/15 v. 07/01/2016