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N° 711/16 Aviso del Boletín Oficial

FIVE CORPORATION S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 11 de enero de 2016

Texto del aviso

FIVE CORPORATION S.A.

Por escritura del 18/11/2015 se constituyó la

sociedad. Socios: Gustavo Maria SOULÉS,

20/5/58, D.N.I. 11.987.898, Licenciado en Ad-

ministración de Empresas, Malabia 2470, Piso

2, Departamento A, Cap. Fed.; Hector Antonio

MORI, 24/5/52, D.N.I. 10.278.618, empresario,

La Pampa 949, Piso 5, Cap. Fed. y Raúl Gabriel

CATAPANO, 14/2/80, D.N.I. 27.949.676, Ingenie-

ro Industrial, Virrey del Pino 1769, Piso 1, Depar-

tamento B, Cap. Fed., todos argentinos, casa-

dos; Plazo: 99 años; Objeto: a) COMERCIALES:

(i) de Agente de Negociación, de conformidad

a lo dispuesto por la Ley N° 26.831 y las NOR-

MAS CNV (N.T. 2013), por lo que podrá actuar

en la colocación primaria y en la negociación

secundaria a través de los Sistemas Informá-

ticos de Negociación de los Mercados auto-

rizados, ingresando ofertas en la colocación

primaria o registrando operaciones en la nego-

ciación secundaria, tanto para cartera propia

como para terceros clientes, cumpliendo con

las normas dispuestas a estos efectos por la

Comisión Nacional de Valores; (ii) de Agente de

Liquidación y Compensación Propio, de confor-

midad a lo dispuesto por la Ley N° 26.831 y las

NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que además

de desarrollar las actividades propias de los

Agentes de Negociación, podrá intervenir en

la liquidación y compensación de operaciones

(colocación primaria y negociación secundaria)

registradas para cartera propia y sus clientes,

siendo responsables del cumplimiento ante los

Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de

las obligaciones propias y de sus clientes; y (iii)

de Agente de Liquidación y Compensación In-

tegral, de conformidad a lo dispuesto por la Ley

N° 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por

lo que además de desarrollar las actividades

propias de los Agentes de Negociación, podrá

intervenir en la liquidación y compensación de

Sección

BOLETIN

operaciones (colocación primaria y negociación

secundaria) registradas para cartera propia y

sus clientes, como así también prestar el men-

cionado servicio de liquidación y compensación

de operaciones a otros Agentes de Negociación

registrados ante la Comisión Nacional de Valo-

res, siendo responsables del cumplimiento ante

los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras

de las obligaciones propias, de sus clientes y

de las obligaciones de los Agentes de Nego-

ciación con los que haya firmado un Convenio

de Liquidación y Compensación. A fin de llevar

a cabo las actividades antes mencionadas,

se requerirá estar registrado en la correspon-

diente categoría ante la Comisión Nacional de

Valores. Asimismo, la sociedad podrá solicitar

el registro ante el mencionado Organismo de

Contralor de cualquier otra actividad que sea

compatible conforme las normas reglamenta-

rias. Cualquiera que sea la categoría en que se

registre ante la Comisión Nacional de Valores,

se encuentra facultada a realizar, en cualquier

Mercado del país, cualquier clase de operacio-

nes sobre valores negociables públicos o pri-

vados, permitidas por las disposiciones legales

y reglamentarias vigentes a las categorías de

Agentes mencionadas “ut-supra”; podrá ope-

rar en los mercados en los cuales se celebren

contratos al contado o a término, de futuros y

opciones sobre valores negociables; la prefi-

nanciación y distribución primaria de valores en

cualquiera de sus modalidades, y en general,

intervenir en aquellas transacciones del Merca-

do de Capitales que puedan llevar a cabo las

categorías de Agentes antes descriptas, en un

todo de acuerdo con las disposiciones legales

y reglamentarias en vigor; b) MANDATARIAS:

Administración por cuenta de terceros de ne-

gocios financieros, y en especial, los relacio-

nados con títulos de crédito o títulos valores

públicos o privados, representaciones, cobran-

zas, mandatos, comisiones, consignaciones y

asesoramiento, con exclusión de aquello que

en virtud de la materia haya sido reservado a

profesionales con título habilitante; la actuación

como agente de suscripciones o servicios de

renta y amortización; administración de carte-

ras de valores, fideicomisos financieros como

Agente Fiduciario, Fideicomisos no financieros

u ordinarios, agente colocador de cuotapartes

de Fondos Comunes de Inversión y cualquier

actividad financiera adecuada a la normativa

vigente en la materia; como asimismo podrá

desarrollar e inscribirse en cualesquiera de las

otras categorías de agentes, conforme a las

normas de la Comisión Nacional de Valores; y

c) FINANCIERAS: Operaciones que tengan por

objeto títulos de crédito o títulos valores públi-

cos o privados, asesoramiento financiero y toda

operación permitida por la ley vigente. No podrá

realizar las actividades reguladas por la ley de

Entidades Financieras u otras que requieran el

concurso público; Capital: $ 3.500.000; Cierre

de ejercicio: 30/9; Presidente: Gustavo Maria

SOULÉS, Vicepresidente: Raúl Gabriel CATA-

PANO y Director: Hector Antonio MORI, todos

con domicilio especial en la sede; Sindico Titu-

lar Paola Andrea CATAPANO, Sindico Suplente

Juan Jorge MANTIÑAN, ambos con domicilio

especial en Ayacucho 966, Florida, Provincia

de Buenos Aires; Sede Avenida Corrientes 447,

Piso 5, Cap. Fed. Autorizado según instrumento

público Esc. Nº 327 de fecha 18/11/2015 Reg.

Nº 2019

Gerardo Daniel Ricoso - T°: 95 F°: 2 C.P.A.C.F.

e. 11/01/2016 N° 711/16 v. 11/01/2016