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N° 975/16 Aviso del Boletín Oficial

GENERAL MOTORS DE ARGENTINA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 12 de enero de 2016

Texto del aviso

GENERAL MOTORS DE ARGENTINA S.R.L.

Comunica que por Reunión de Socios Gene-

ral Extraordinaria del 9/12/2015 se resolvió: (i)

aumentar el capital social de $ 5.546.132.310

a $ 6.316.532.310, es decir, en la suma de

$ 770.400.000; y (ii) en consecuencia reformar

el artículo cuarto del contrato social referido al

capital social para que se lea como sigue: “AR-

TÍCULO 4: CAPITAL: El capital social se fija en

la suma de pesos Seis Mil Trescientos Dieciséis

Millones Quinientos Treinta y Dos Mil Trescientos

Diez ($ 6.316.532.310), divididos en 631.653.231

cuotas sociales, de las cuales 274.164.999

son Cuotas Preferidas Clase A (“Clase A”) y

357.488.232 son Cuotas Ordinarias Clase B

(“Clase B”), de diez pesos ($ 10) de valor nomi-

nal cada una, totalmente suscriptas e integra-

das por los socios de acuerdo al siguiente de-

talle: GM LAAM HOLDINGS, LLC: 274.164.999

Cuotas Preferidas Clase A y 226.091.921 Cuo-

tas Ordinarias Clase B y GENERAL MOTORS

CHILE INDUSTRIAL AUTOMOTRIZ LIMITADA:

131.396.311 Cuotas Ordinarias Clase B. Las

Cuotas Preferidas Clase A existentes o que en

el futuro se emitan dan derecho a un voto por

cuota y a una preferencia patrimonial tanto en

la percepción de dividendos como así también

en la cuota de liquidación. La preferencia en la

percepción de dividendos se fija en el orden

del 12% sobre el monto total de los aportes

que hayan dado origen a la emisión de Cuotas

Preferidas Clase A, que dará a sus tenedores

el derecho al cobro de dividendos preferidos

no acumulativos sobre el 12% del monto total

en circulación de Cuotas Preferidas Clase A (en

pesos argentinos), conforme sea resuelto por

la Reunión de Socios, que podrá delegar en la

Gerencia la oportunidad y forma de pago de ta-

les dividendos. De esta forma, en cada ejercicio

social en el que se resuelva el pago de dividen-

dos, las Cuotas Preferidas Clase A percibirán

en total el 12% sobre el valor nominal total de

las Cuotas Preferidas Clase A en circulación,

operando la preferencia de la siguiente forma:

(a) en caso de que el dividendo aprobado no

alcanzara el 12% sobre el valor nominal total de

las Cuotas Preferidas Clase A en circulación, o

fuese equivalente al 12%, las Cuotas Preferidas

Clase A tendrán derecho a percibir el monto del

dividendo en su totalidad, con exclusión de las

cuotas ordinarias; (b) en caso de que el dividen-

do supere el 12% sobre el valor nominal total

de las Cuotas Preferidas Clase A en circulación,

las Cuotas Preferidas Clase A tendrán derecho

a percibir un monto preferente equivalente al

12%, que será tomado a cuenta de lo que les

corresponde percibir en forma ordinaria en pro-

porción a su tenencia total en el capital social”.

Autorizado según instrumento privado Acta de

fecha 09/12/2015

Roberto Alejandro Mahmud Gettor - T°: 111 F°:

608 C.P.A.C.F.

e. 12/01/2016 N° 975/16 v. 12/01/2016