N° 3362/16 Aviso del Boletín Oficial
CONSULTORA EVAR S.R.L.
Texto del aviso
CONSULTORA EVAR S.R.L.
Constitución: 1) Instrumento privado con firmas
certificadas de fecha 20/01/2016. 2) Socios: 1.
JUAN GABRIEL ANALIZ, con fecha de nacimien-
to 28/11/1978, casado, argentino, licenciado en
sistemas, DNI 27.045.042, CUIT 20-27045042-
4, con domicilio real y fijando el especial en
la calle Hercules Binda 5130, de la localidad
y partido de San Miguel, Provincia de Buenos
Aires.- 2. LAURA MARÍA OCHOA OCAMPO,
con fecha de nacimiento 23/06/1987, soltera,
colombiana, economista, DNI 95.239.277, CUIL
27-95239277-3, con domicilio real y fijando el
especial en la calle Arenales 970 Planta Baja
Departamento B, CABA. 3) Denominación:
CONSULTORA EVAR SOCIEDAD DE RESPON-
SABILIDAD LIMITADA. 4) Duración: 99 años. 5)
OBJETO: La sociedad tiene por objeto social
único realizar la actividad de compra, venta,
importación, exportación, consignación, repre-
sentación y distribución de todo tipo de equipos
y sistemas computacionales, de comunicación
y electrónicos, incluyéndose la prestación de
servicios técnicos y el asesoramiento relacio-
nados con los equipos mencionados. 6) Capital
Social: $ 40.000 representado en cuarenta mil
cuotas sociales de $ 1 valor nominal y con de-
recho a un voto cada una. 7) Administración y
Representación: a cargo de uno o más gerentes
en forma indistinta, quienes podrán ser socios o
no, siendo designado como socios gerente por
el término de duración de la sociedad al Señor
Juan Gabriel Alaniz (Gerente General) y a la Se-
ñora Laura María Ochoa Ocampo (Gerente Fi-
nanciera), cuyos datos figuran en los puntos 2.1
y 2.2 precedente.- Representación legal de la
sociedad: El o los gerentes en forma indistinta.
8) Fiscalización: a cargo de los socios, prescin-
diendo de sindicatura. 9) Ejercicio Social: 31 de
Diciembre. 10) Sede Social: Avenida Córdoba
679 Piso 5 Oficina B, CABA. Autorizado según
instrumento privado Contrato de Sociedad de
Responsabilidad Limitada de fecha 20/01/2016
Enrique Horacio Vetere - T°: 18 F°: 642 C.P.A.C.F.
e. 26/01/2016 N° 3362/16 v. 26/01/2016