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N° 4157/16 Aviso del Boletín Oficial

MANUCHAR ARGENTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 1 de febrero de 2016

Texto del aviso

MANUCHAR ARGENTINA S.A.

Según Asamblea del 17.12.15 se reformó el

Artículo Cuarto del Estatuto Social, el cual ha

quedado redactado de la siguiente manera:

“CUARTA. El Capital Social se fija en la suma

de $ 69.546.560 representado por 69.546.560

acciones nominativas no endosables, valor

nominal un peso ($ 1) cada una, y que otorgan

derecho a un voto por acción. Las acciones son

nominativas no endosables; los certificados de

las acciones serán firmados por el Directorio y

podrán contener cualquier número de acciones.

Las acciones son indivisibles y no se reconoce

en consecuencia, más que un propietario por

cada acción, con igualdad de derechos y debe-

res y representan y voto en la Asamblea. Si un

accionista desea vender sus acciones, los accio-

nistas tendrán preferencia en la compra de éstas

en proporción a las que posean. Los accionistas

2 OFICIAL Nº 33.308

deberán ejercer el derecho de preferencia dentro

de los treinta (30) días a partir de la fecha en que

las acciones sean puestas en venta. Una vez

transcurrido dicho plazo, las acciones podrán

ser ofrecidas libremente. El receso o insolvencia

de cualquiera de los accionistas no disolverá

la sociedad, la cual proseguirá con los socios

restantes. En estos casos “Manuchar N.V.” tiene

derecho preferencial de adquirir las acciones del

socio recedente o insolvente, en el plazo y al va-

lor establecido por los Arts. 78, 79 y 245 de la Ley

19.550. La propiedad de las acciones se probará

con su inscripción en el libro de accionistas de la

sociedad. Por decisión de la Asamblea el capital

social podrá ser elevado hasta el quíntuplo de

conformidad con lo dispuesto por el Art. 188 de

la Ley 19.550”. Autorizado según instrumento pri-

vado Acta de Asamblea General Extraordinaria

de fecha 17/12/2015

Ignacio Ezequiel Cortinez Furfaro - T°: 118 F°: 45

C.P.A.C.F.

e. 01/02/2016 N° 4157/16 v. 01/02/2016