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N° 6177/16 Aviso del Boletín Oficial

INTERCREDITOS COOPERATIVA DE VIVIENDA

Convocatorias y Avisos Comerciales CONVOCATORIAS jueves, 11 de febrero de 2016

Texto del aviso

INTERCREDITOS COOPERATIVA DE VIVIENDA,

CREDITO Y CONSUMO LIMITADA

En cumplimiento con las disposiciones legales,

estatutarias y reglamentarias pertinentes, el

Consejo de Administración de “INTERCREDITOS

Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Li-

mitada” en su reunión de fecha 05 de Febrero de

2016 ha resuelto convocar a sus asociados a las

Asambleas electorales de Distrito que se llevaran

a cabo el día 29 de Febrero de 2016 a las 9 horas,

en los siguientes lugares: DISTRITO CENTRO:

Reconquista 656 3 B, de la Ciudad de Buenos

Aires, DISTRITO NORTE: San Lorenzo 516, San

Miguel de Tucumán, Tucumán; DISTRITO CUYO:

Balcarce 200, San Martín, Mendoza; DISTRITO

PATAGONIA: Álvaro Barros 432, Viedma, Río

Negro, para tratar el siguiente ORDEN DEL DÍA:

1. Designación por Asamblea de dos asociados

que revestirán el carácter de presidente y secre-

tario de la asamblea, y serán los encargados de

firmar el acta. 2. Elección de delegados titulares

y suplentes para constituir la Asamblea General

Ordinaria de acuerdo al siguiente detalle: DISTRI-

TO CENTRO: 6 delegados titulares y 6 delegados

suplentes; DISTRITO NORTE: 1 delegados titu-

lares y 1 delegados suplentes; DISTRITO CUYO:

2 delegados titulares y 2 delegados suplentes

y DISTRITO PATAGONIA: 1 delegado titular y

1 delegado suplente. DEL REGLAMENTO DE

ASAMBLEAS ELECTORALES DE DISTRITO: AR-

TICULO 2º: Se considerarán distritos electorales

independientes 4 (cuatro) distritos. El Distrito

Centro estará integrado por las Provincias de

Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, Santa Fe y

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; el Distri-

to Norte estará integrado por las provincias de

Tucumán, Salta, Catamarca, Santiago del Estero,

Jujuy, Chaco, Formosa, Corrientes y Misiones; el

Distrito Cuyo estará integrado por las provincias

de Mendoza, San Luis, La Rioja y San Juan; y por

último el Distrito Patagonia estará integrado por

las provincias de Río Negro, La Pampa, Chubut,

Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego. Cada

Distrito tendrá una cantidad de delegados equi-

valentes a un delegado cada tres mil asociados

o fracción superior a mil quinientos. ARTICULO

5º: Al acto eleccionario serán convocados los

asociados con derecho a voto pertenecientes

al distrito y tendrán por finalidad la elección de

los Delegados Distritales. Las elecciones se

llevarán a cabo por el sistema de lista comple-

ta al vencimiento de los respectivos mandatos.

ARTICULO 7º: La convocatoria a asamblea de

distrito para la elección de delegados distritales

será publicada por dos días en un matutino de

mayor circulación del distrito que se tratare o

en el Boletín Oficial, con 20 (veinte) días corri-

Segunda

dos de antelación a la celebración de la misma

como mínimo y dando cumplimiento a las demás

normas reglamentarias que dicte la autoridad de

aplicación. La Asamblea Electoral de Distrito se

celebrará en el lugar que se fije en la convoca-

toria, el que deberá estar ubicado dentro de la

jurisdicción del distrito electoral designado en el

artículo 2. Se realizara a la hora fijada en la con-

vocatoria si se hubieran reunido la mitad más uno

de los asociados correspondientes al distrito. De

no lograrse quórum en esa oportunidad serán

válidas las Asambleas que se celebren una hora

después, cualquiera sea el número de asistentes.

ARTICULO 18º: En el supuesto que se presentare

una lista única oficializada conforme las previsio-

nes establecidas en este reglamento y/o una sola

lista resultare oficializada, sus candidatos serán

proclamados directamente en el acto eleccio-

nario como delegados distritales por el distrito

electoral que se tratare.

Designado según instrumento privado Acta

N° 401 del Consejo de Administracion 22/03/2013

JUAN PABLO FICHERA - Presidente

e. 11/02/2016 N° 6177/16 v. 12/02/2016