N° 6594/16 Aviso del Boletín Oficial
UMANEX S.R.L.
Texto del aviso
UMANEX S.R.L.
Publicación original: 08/01/2016 N° TI: 454/16.
Por escritura RECTIFICATORIA Nº13 Fº 25
del 02/2/16 Registro 1891 se RECTIFICAN
artículos TERCERO: OBJETO: La sociedad
tienen por objeto dedicarse por cuenta propia
o de terceros, o asociada a terceros, tanto en
el país como en el extranjero a las siguientes
actividades: 1) venta de hardware, bienes, mer-
caderías, mercancías, productos y materiales,
sus piezas, repuestos, accesorios e insumos 2)
servicios de asesoría, consultoría y capacita-
ción de Manpower; 3) Servicios de Informática
y microinformática, reparación y mantenimiento
de aparatos, equipos de computación, redes y
comunicaciones; 4) desarrollo y diseño de sis-
temas, software y programas de procesamiento
de datos, sitios web, portales y plataformas de
cobro de Servicios online, Virtual Market, mon-
taje industrial. Para su cumplimiento la socie-
dad tiene plena capacidad jurídica para realizar
todo tipo de actos, contratos u operaciones
que se vinculen directa o indirectamente con su
objeto social.” “SEXTA: GARANTIA: Los geren-
tes constituirán una garantía por el ejercicio de
sus funciones que se regirá por las siguientes
Sección
BOLETIN
reglas: 1) Deberá consistir en bonos, títulos
públicos o sumas en moneda nacional o ex-
tranjera depositadas en entidades financieras o
cajas de valores, a la orden de la sociedad o en
fianzas, avales bancarios o seguros de caución
o de responsabilidad civil a favor de la misma,
cuyo costo deberá ser soportado por cada
gerente, en ningún caso procederá constituir la
garantía mediante el ingreso directo de fondos
a la caja social. 2) Cuando la garantía consista
en depósitos de bonos, títulos públicos o su-
mas de moneda nacional o extranjera, las con-
diciones de su constitución deberá asegurar
su indisponibilidad mientras este pendiente el
plazo de prescripción de eventuales acciones
de responsabilidad. 3) El monto de la garantía
será igual para todos los gerentes, no pudiendo
ser inferior al sesenta por ciento (60%) del mon-
to del capital social en forma conjunta entre
todos los titulares designados. Sin perjuicio de
lo expuesto precedentemente, en ningún caso
el monto de la garantía podrá ser inferior - en
forma individual- a Pesos diez mil ($ 10.000.-) ni
superior a Pesos cincuenta mil ($ 50.000.-), por
cada director o gerente. L. Claudia Dabbah. Au-
torizante interina Registro 1891 Escritura 13 Fº
25 del 02/02/16. Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 13 de fecha 02/02/2016 Reg.
Nº 1891
ADRIANA PATRICIA BALDA - Matrícula: 4621
C.E.C.B.A.
e. 15/02/2016 N° 6594/16 v. 15/02/2016