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N° 7697/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 59

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES lunes, 22 de febrero de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 59

SECRETARÍA ÚNICA

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en

lo Civil N° 59, a cargo del Dr. Adrián R. Del

FEDERICO, secretaria única interinamente

a cargo del Dr. Santiago VILLAGRÁN, sito en

la Av. De los Inmigrantes 1.950, Piso 5°, de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica

por dos días en el diario “Boletin Oficial” que en

los autos caratulados: “LAMBAR-DI, ANDRÉS

CARLOS Y OTRO c/ PEREZLINDO, ROGE-

LIO s/ EJECUCIÓN HIPOTECA-RIA”, Expte.

N° 76990/2014, Reservado, que el martillero Ni-

colás XANT-HOPOULOS (CUIT 20-93740376-4)

con domicilio en la Av. Rivadavia 3.356, piso 7,

depto. 3, de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, tel.: 15-5096-9004, matrícula Nº 130, Fº

298, Lº 72, rematará el día martes 1 de marzo

de 2.016 a las 10,45 hs. en punto, en el Salón

de la Direc-ción de Subastas Judiciales, sito en

la calle Jean Jaures 545, de la Ciudad Autóno-

ma de Buenos Aires, el inmueble ubicado en la

calle 374 - ESTANISLAO DEL CAMPO N° 2.580,

esq. calle 326 – Av. Triunvirato, Par-tido de Quil-

mes, Provincia de Buenos Aires, Nomenclatura

Catastral: Circ. III, Secc. F, Manz. 43, Parc.

14, Matrícula 115704, con una su-perficie total

322,95 m2 (fs. 87), del informe de constatación

(fs. 138) surge que el inmueble se encuentra

ocupado por el Sr. Pablo Gus-tavo BENFENATI

con DNI 22.907.216 y su esposa Andrea Mónica

Matacera DNI 23.332.089 y dos hijos menores

de edad., en calidad de ocupante, se trata de

una propiedad que consta de 2 dormitorios de

3,50 x 3,50 mts., una cocina de 4 x 3 mts., baño

completo instalado de 2 x 1,60 mts., living de

3,50 x 3,50 mts. y un patio de 15 x 12 mts. Asi-

mismo haciendo esquina con la calle Triunvirato

se constata una cocina come-dor de 5 x 2 mts.,

un baño de 1,40 x 1,40 mts., un dormitorio de 5

x 4 mts. y un local de 7 x 7,50 mts., dejándose

expresa constancia que to-das las medidas

son aproximadas, y que todo el inmueble se en-

cuentra en buen estado de uso y conservación.

BASE: $ 800.000 (fs. 135), Seña 30%, comisión

3%, Arancel 0,25% (Acordada 10/99 C.S.J.N.),

sellado de ley (1,2%), a cargo del comprador,

en efectivo y en el acto del rema-te. Deudas:

AySA al 16/6/15 $ 857,65 (fs. 111); ARBA al

12/6/15 $ 2.996,50 (fs. 79), Servicios Urbanos

Municipales al 16/6/2015 $ 9.190,07 (fs. 102),

Luminarias al 17/6/2015 $ 34,64 (fs. 104), Servi-

cios Sanitarios al 17/6/2015 sin deuda (fs. 106).

El comprador deberá constituir domicilio legal

dentro del radio de la Capital Federal en el acto

de suscribir el respectivo boleto de compraven-

ta, bajo aperci-bimiento de que las sucesivas

providencias se le tendrán por notifica-das en

la forma y oportunidad previstas por el art. 133

del Código Procesal y deberá depositar el saldo

de precio dentro del quinto día de aprobado el

remate, en la Sucursal Tribunales del Banco de

La Na-ción Argentina a la orden del Juzgado y

como perteneciente a estos au-tos. Conforme

lo establecido por la Excma. Cámara Nacio-

nal de Apela-ciones en lo Civil de fecha 18 de

febrero de 1.999, en autos “SERVI-CIOS EFI-

CIENTES S.A. C/YABRA ROBERTO ISAAC S/

EJECUCIÓN HIPOTECARIA”, “No corresponde

que el adquirente en subasta judicial afronte las

deu-das que registra el inmueble por impuestos,

tasas y contribuciones, devengadas ante de la

toma de posesión, cuando el monto obtenido

en la subasta no alcanza para solventarlas”, y

que en su caso “no cabe una solución análoga

respecto de las expensas comunes para el caso

de que el inmueble se halle sujeto al régimen

de la ley 13.512”. No procederá la compra en

comisión, como así tampoco la declaración de

indisponibi-lidad de los fondos producidos en

el remate. Exhibición: Días jueves 25 y viernes

Sección

BOLETIN

26 de febrero de 2.016 de 09 a 11 horas. Buenos

Aires, a los días del mes de febrero de 2.016.

santiago villagrán secretario interino

e. 22/02/2016 N° 7697/16 v. 23/02/2016