N° 8740/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
ECONÓMICO NRO. 1
SECRETARÍA NRO. 2
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nro.
1, Secretaría Nro. 2, notifica por el término de cin-
co (5) días, al Sr. Alfredo Rufino Soto Socodatto
(D.N.I. Nro. 4.037.235), lo resuelto por este Tribu-
nal, en fecha 11 de febrero de 2016, en el marco
de la causa Nro. 280/2010, caratulada: “SOTO
SOCCODATO, ALFREDO RUFINO S/ INF. ART.
302 DEL C.P.”, oportunidad en la que se dispuso
lo siguiente: “…I.- DECLARAR EXTINGUIDA LA
ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN en la pre-
sente causa Nro. 280/2010, caratulada: ‘’SOTO
SOCCODATO, ALFREDO RUFINO S/ INF. ART.
302 DEL C.P.’’, del registro de la Secretaria Nro. 2
de este Juzgado y respecto de Alfredo RUBINO
SOTO SOCCODATO (D.N.I. Matr. Nro. 4.037.235),
en orden al hecho consistente en el libramiento
de cheques de pago diferido Nros. 83171701,
83171702, 83171703, 83171704, 83171721,
83171722, 83171723, 83171724 y 83171725, libra-
dos contra la cuenta corriente N° 1000306/46 del
Banco de la Nación Argentina, Sucursal Carlos
Calvo, titularidad de ‘’CELCOSUR S.R.L.’’, y
luego haber presentado orden de no pagar res-
pecto de los mismos, conducta que encuadraría
en el delito previsto y reprimido por el art. 302,
inciso 3ero, 1er supuesto del Código Penal y, en
consecuencia, SOBRESEER TOTALMENTE en la
misma y respecto del nombrado. (Arts. 59, inc. 3,
62, inc. 2°, 63, 67 y 302 del Código Penal con su
respectiva modificación ley N° 25.990 y arts. 335
y 336, inc. 1° del C.P.P.N.) II.- Sin costas. (Arts.
530 y sgtes. del C.P.P.N.). Fdo. Ezequiel Berón de
Astrada; Juez. Ante mí: Valeria Rosito. Secretaria.
Ezequiel Berón de Astrada Juez - Juez Juez
e. 24/02/2016 N° 8740/16 v. 01/03/2016