N° 8740/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
ECONÓMICO NRO. 1
SECRETARÍA NRO. 2
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico
Nro. 1, Secretaría Nro. 2, notifica por el térmi-
no de cinco (5) días, al Sr. Alfredo Rufino Soto
Socodatto (D.N.I. Nro. 4.037.235), lo resuelto
por este Tribunal, en fecha 11 de febrero de
2016, en el marco de la causa Nro. 280/2010,
caratulada: “SOTO SOCCODATO, ALFREDO
RUFINO S/ INF. ART. 302 DEL C.P.”, oportu-
nidad en la que se dispuso lo siguiente: “…I.-
DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL
POR PRESCRIPCIÓN en la presente causa
Nro. 280/2010, caratulada: ‘’SOTO SOCCO-
DATO, ALFREDO RUFINO S/ INF. ART. 302
DEL C.P.’’, del registro de la Secretaria Nro.
2 de este Juzgado y respecto de Alfredo RU-
BINO SOTO SOCCODATO (D.N.I. Matr. Nro.
4.037.235), en orden al hecho consistente en el
libramiento de cheques de pago diferido Nros.
83171701, 83171702, 83171703, 83171704,
83171721, 83171722, 83171723, 83171724 y
83171725, librados contra la cuenta corriente
N° 1000306/46 del Banco de la Nación Ar-
gentina, Sucursal Carlos Calvo, titularidad de
‘’CELCOSUR S.R.L.’’, y luego haber presenta-
do orden de no pagar respecto de los mismos,
conducta que encuadraría en el delito previsto
y reprimido por el art. 302, inciso 3ero, 1er
supuesto del Código Penal y, en consecuen-
cia, SOBRESEER TOTALMENTE en la misma
y respecto del nombrado. (Arts. 59, inc. 3, 62,
inc. 2°, 63, 67 y 302 del Código Penal con su
respectiva modificación ley N° 25.990 y arts.
335 y 336, inc. 1° del C.P.P.N.) II.- Sin costas.
(Arts. 530 y sgtes. del C.P.P.N.). Fdo. Ezequiel
Berón de Astrada; Juez. Ante mí: Valeria Rosi-
to. Secretaria. Ezequiel Berón de Astrada Juez
- Juez Juez
e. 24/02/2016 N° 8740/16 v. 01/03/2016