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N° 8740/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES jueves, 25 de febrero de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

ECONÓMICO NRO. 1

SECRETARÍA NRO. 2

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico

Nro. 1, Secretaría Nro. 2, notifica por el térmi-

no de cinco (5) días, al Sr. Alfredo Rufino Soto

Socodatto (D.N.I. Nro. 4.037.235), lo resuelto

por este Tribunal, en fecha 11 de febrero de

2016, en el marco de la causa Nro. 280/2010,

caratulada: “SOTO SOCCODATO, ALFREDO

RUFINO S/ INF. ART. 302 DEL C.P.”, oportu-

nidad en la que se dispuso lo siguiente: “…I.-

DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL

POR PRESCRIPCIÓN en la presente causa

Nro. 280/2010, caratulada: ‘’SOTO SOCCO-

DATO, ALFREDO RUFINO S/ INF. ART. 302

DEL C.P.’’, del registro de la Secretaria Nro.

2 de este Juzgado y respecto de Alfredo RU-

BINO SOTO SOCCODATO (D.N.I. Matr. Nro.

4.037.235), en orden al hecho consistente en el

libramiento de cheques de pago diferido Nros.

83171701, 83171702, 83171703, 83171704,

83171721, 83171722, 83171723, 83171724 y

83171725, librados contra la cuenta corriente

N° 1000306/46 del Banco de la Nación Ar-

gentina, Sucursal Carlos Calvo, titularidad de

‘’CELCOSUR S.R.L.’’, y luego haber presenta-

do orden de no pagar respecto de los mismos,

conducta que encuadraría en el delito previsto

y reprimido por el art. 302, inciso 3ero, 1er

supuesto del Código Penal y, en consecuen-

cia, SOBRESEER TOTALMENTE en la misma

y respecto del nombrado. (Arts. 59, inc. 3, 62,

inc. 2°, 63, 67 y 302 del Código Penal con su

respectiva modificación ley N° 25.990 y arts.

335 y 336, inc. 1° del C.P.P.N.) II.- Sin costas.

(Arts. 530 y sgtes. del C.P.P.N.). Fdo. Ezequiel

Berón de Astrada; Juez. Ante mí: Valeria Rosi-

to. Secretaria. Ezequiel Berón de Astrada Juez

- Juez Juez

e. 24/02/2016 N° 8740/16 v. 01/03/2016