N° 10488/16 Aviso del Boletín Oficial
sión Fiscalizadora el plan de actuación previsto MERCADO A TERMINO DE BUENOS AIRES S.A.
Texto del aviso
sión Fiscalizadora el plan de actuación previsto MERCADO A TERMINO DE BUENOS AIRES S.A.
en el artículo 110 de la Ley Nº 26.831. m) En el
Se hace saber por un día que, conforme Acta supuesto establecido en el inciso h) del artículo
n° 1 de fecha 29 de octubre de 2015 en reunión 110 de la Ley Nº 26.831, citado en el mismo in-
del Comité de Auditoría de Mercado a Término ciso precedente, respecto a operaciones que las
de Buenos Aires S.A., se aprobó el Reglamento partes relacionadas efectúen con habitualidad,
Interno del Comité de Auditoría que se transcribe podrá emitirse una opinión con carácter genérico,
pero limitada a una vigencia en el tiempo que no a continuación: “Reglamento Interno del Comité
de Auditoría. I. Integración. Artículo 1. El Comité podrá superar un (1) año o el inicio de un nuevo
de Auditoría (en adelante el “Comité”) estará inte- ejercicio económico o a condiciones económicas
grado por tres (3) Directores titulares y por tres (3) predeterminadas. n) Cumplir con todas aquellas
suplentes, de los cuales, al menos dos de ellos, obligaciones que le resulten impuestas al Comité
tanto titulares como suplentes, deberán revestir por las leyes y los reglamentos aplicables al MAT-
la condición de independientes de acuerdo a los ba, en su condición de emisora o por la actividad
criterios establecidos en el artículo 11 de la Sec- que desarrolla. Artículo 8.- El Comité podrá elevar
ción III del Capítulo III del Título II de las Normas a consideración de la asamblea (la cual podrá
de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2013). delegar su aprobación en el Directorio) un pre-
Artículo 2. Todos los miembros deberán contar supuesto para el cumplimiento de las funciones
con versación en temas empresarios, financieros establecidas en el artículo 7, pudiendo recabar
o contables. Artículo 3. Los integrantes del Co- el asesoramiento de letrados y otros profesiona-
mité serán elegidos anualmente por el Directorio les independientes y contratar sus servicios por
de Mercado a Término de Buenos Aires S.A. (en cuenta de la Sociedad. Asimismo, podrá solicitar
Sección
BOLETIN
toda la información y documentación que estime
necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
III. Reuniones. Artículo 9. El Comité determinará
en su primera reunión anual la frecuencia de sus
reuniones, las que como mínimo se celebrarán
una vez cada tres meses, para considerar los
estados financieros trimestrales y anuales. Asi-
mismo, se reunirá cuando fuera solicitado por
cualquiera de sus miembros o por el Directorio
o por la Comisión Fiscalizadora. Artículo 10. Los
restantes miembros del Directorio y de la Comi-
sión Fiscalizadora podrán asistir a las reuniones
del Comité, con voz, pero sin voto. El Comité, por
resolución fundada, podrá excluirlos de dichas
reuniones. Artículo 11. Los directores, miembros
de la Comisión Fiscalizadora, gerentes y audito-
res externos estarán obligados, a requerimiento
del Comité, a asistir a sus reuniones y a prestarle
su colaboración y acceso a la información de que
dispongan. Artículo 12. El Comité podrá funcio-
nar con la presencia de dos (2) de sus miembros
y resolver por mayoría de votos presentes. El
Presidente, en caso de empate, tendrá voto de
desempate. Las decisiones que adopte el Comité
serán informadas al Directorio. Las reuniones del
Comité y las actas que las instrumenten, serán
volcadas en un Libro de Actas especialmente
habilitado al efecto, con las mismas formalidades
exigidas para las actas de las reuniones del Direc-
torio.”. Publicación ordenada por la Comisión Na-
cional de Valores en fecha 25 de febrero de 2016.
Apoderado según instrumento público Esc.
N° 76 de fecha 07/06/2011 Reg. N° 448 Viviana
Irma Ferrari
e. 02/03/2016 N° 10488/16 v. 02/03/2016