N° 11918/16 Aviso del Boletín Oficial
AGROPECUARIA AGUAS
Texto del aviso
AGROPECUARIA AGUAS
GRANDES S.A. Y STAMA S.A.
Agropecuaria Aguas Grandes S.A., con domici-
lio legal en Av. Leandro N. Alem 449, 6to piso,
Ciudad de Buenos Aires, inscripta ante la Ins-
pección General de Justicia el 23/07/1997 bajo
el N° 7774, Libro 121, Tomo A de Sociedades
Anónimas y Stama S.A., con domicilio legal en
la calle Sarmiento 435 Villa Dolores, Provincia de
Córdoba, inscripto en el Protocolo de Contratos
y Disoluciones del Registro Público de Comercio
de la Provincia de Córdoba el 12/06/2002, bajo la
Matrícula Nro. 2583-A, hacen saber por tres días
que: 1) Por reuniones de directorio y asambleas
del 21/10/2015, se ha aprobado la fusión por
absorción mediante la cual Agropecuaria Aguas
Grandes S.A. incorpora a Stama S.A., todo ello de
conformidad con el compromiso previo de fusión
suscripto el 21/10/2015. 2) Valuación del activo y
del pasivo de Agropecuaria Aguas Grandes S.A.
(sociedad incorporante) según balance consoli-
dado de fusión al 31/07/2015: antes de la fusión:
Activo: $ 161.992.427 Pasivo: $ 138.945.116. Des-
pués de la fusión: Activo: $ 210.063.102; Pasivo:
$ 187.015.791. 3) Valuación del activo y pasivo
de Stama S.A. (sociedad incorporada) según
balance consolidado de fusión al 31/07/2015:
antes de la fusión: Activo: $ 50.736.263; Pasivo:
$ 48.070.675. 4) El capital social de Agropecua-
ria Aguas Grandes S.A. luego de la fusión es de
$ 4.536.877. Se deja constancia de que el mismo
no es modificado como resultado de la fusión. 5)
Mediante la presente fusión no se ha reformado
ningún el artículo del Estatuto Social. 6) Las opo-
siciones de la ley deben efectuarse en el domi-
cilio legal de la sociedad incorporante indicado
precedentemente de lunes a viernes de 9 a 18 hs.
7) La fusión no ha afectado ni la denominación
social, el tipo, ni el domicilio de la sociedad ab-
sorbente. Autorizado según instrumento privado
Por ambas sociedades mediante Actas de Direc-
torio y Asamblea de fecha 21/10/2015
Tomás Agustín Dellepiane - T°: 114 F°: 278
C.P.A.C.F.
e. 07/03/2016 N° 11918/16 v. 09/03/2016