N° 11918/16 Aviso del Boletín Oficial
AGROPECUARIA AGUAS
Texto del aviso
AGROPECUARIA AGUAS
GRANDES S.A. Y STAMA S.A.
Agropecuaria Aguas Grandes S.A., con do-
micilio legal en Av. Leandro N. Alem 449, 6to
piso, Ciudad de Buenos Aires, inscripta ante la
Inspección General de Justicia el 23/07/1997
bajo el N° 7774, Libro 121, Tomo A de Socie-
dades Anónimas y Stama S.A., con domicilio
legal en la calle Sarmiento 435 Villa Dolores,
Provincia de Córdoba, inscripto en el Protocolo
de Contratos y Disoluciones del Registro Pú-
blico de Comercio de la Provincia de Córdoba
el 12/06/2002, bajo la Matrícula Nro. 2583-A,
hacen saber por tres días que: 1) Por reuniones
de directorio y asambleas del 21/10/2015, se ha
aprobado la fusión por absorción mediante la
cual Agropecuaria Aguas Grandes S.A. incor-
pora a Stama S.A., todo ello de conformidad
con el compromiso previo de fusión suscripto el
21/10/2015. 2) Valuación del activo y del pasivo
de Agropecuaria Aguas Grandes S.A. (sociedad
incorporante) según balance consolidado de
fusión al 31/07/2015: antes de la fusión: Activo:
$ 161.992.427 Pasivo: $ 138.945.116. Después
de la fusión: Activo: $ 210.063.102; Pasivo:
$ 187.015.791. 3) Valuación del activo y pasivo
de Stama S.A. (sociedad incorporada) según
balance consolidado de fusión al 31/07/2015:
antes de la fusión: Activo: $ 50.736.263; Pasivo:
$ 48.070.675. 4) El capital social de Agropecua-
ria Aguas Grandes S.A. luego de la fusión es
de $ 4.536.877. Se deja constancia de que el
mismo no es modificado como resultado de la
fusión. 5) Mediante la presente fusión no se ha
reformado ningún el artículo del Estatuto Social.
6) Las oposiciones de la ley deben efectuarse
en el domicilio legal de la sociedad incorporan-
te indicado precedentemente de lunes a viernes
de 9 a 18 hs. 7) La fusión no ha afectado ni la
denominación social, el tipo, ni el domicilio
de la sociedad absorbente. Autorizado según
instrumento privado Por ambas sociedades
mediante Actas de Directorio y Asamblea de
fecha 21/10/2015
Tomás Agustín Dellepiane - T°: 114 F°: 278
C.P.A.C.F.
e. 07/03/2016 N° 11918/16 v. 09/03/2016