N° 11918/16 Aviso del Boletín Oficial
AGROPECUARIA AGUAS
Texto del aviso
AGROPECUARIA AGUAS
GRANDES S.A. Y STAMA S.A.
Agropecuaria Aguas Grandes S.A., con do-
micilio legal en Av. Leandro N. Alem 449,
6to piso, Ciudad de Buenos Aires, inscripta
ante la Inspección General de Justicia el
23/07/1997 bajo el N° 7774, Libro 121, Tomo
A de Sociedades Anónimas y Stama S.A., con
domicilio legal en la calle Sarmiento 435 Villa
Dolores, Provincia de Córdoba, inscripto en
el Protocolo de Contratos y Disoluciones del
Registro Público de Comercio de la Provincia
de Córdoba el 12/06/2002, bajo la Matrícula
Nro. 2583-A, hacen saber por tres días que:
1) Por reuniones de directorio y asambleas del
21/10/2015, se ha aprobado la fusión por ab-
sorción mediante la cual Agropecuaria Aguas
Grandes S.A. incorpora a Stama S.A., todo
ello de conformidad con el compromiso previo
de fusión suscripto el 21/10/2015. 2) Valuación
del activo y del pasivo de Agropecuaria Aguas
Grandes S.A. (sociedad incorporante) según
balance consolidado de fusión al 31/07/2015:
antes de la fusión: Activo: $ 161.992.427 Pa-
sivo: $ 138.945.116. Después de la fusión:
Activo: $ 210.063.102; Pasivo: $ 187.015.791.
3) Valuación del activo y pasivo de Stama S.A.
(sociedad incorporada) según balance
consolidado de fusión al 31/07/2015: antes
de la fusión: Activo: $ 50.736.263; Pasivo:
$ 48.070.675. 4) El capital social de Agrope-
cuaria Aguas Grandes S.A. luego de la fusión
es de $ 4.536.877. Se deja constancia de que
el mismo no es modificado como resultado de
la fusión. 5) Mediante la presente fusión no se
ha reformado ningún el artículo del Estatuto
Social. 6) Las oposiciones de la ley deben
efectuarse en el domicilio legal de la sociedad
incorporante indicado precedentemente de
lunes a viernes de 9 a 18 hs. 7) La fusión no ha
afectado ni la denominación social, el tipo, ni
el domicilio de la sociedad absorbente. Auto-
rizado según instrumento privado Por ambas
sociedades mediante Actas de Directorio y
Asamblea de fecha 21/10/2015
Tomás Agustín Dellepiane - T°: 114 F°: 278
C.P.A.C.F.
e. 07/03/2016 N° 11918/16 v. 09/03/2016