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N° 12390/16 Aviso del Boletín Oficial

IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES viernes, 11 de marzo de 2016

Texto del aviso

IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES S.A.

Convócase a los tenedores de las Obligacio-

nes Negociables Clase 1 emitidas por IRSA

INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SO-

CIEDAD ANONIMA (“IRSA”) el 2 de febrero de

2007, a una tasa fija del 8,5%, con vencimiento

el 2 de febrero de 2017, por un valor nominal

total de US$ 150.000.000, CUSIP 450047AF2

y P5880CAA8 / ISINs US450047AF21 y USP-

5880CAA82 (las “Obligaciones Negociables

IRSA Clase 1”) bajo el Programa Global de Emi-

sión de Obligaciones Negociables por un valor

nominal de hasta US$ 400.000.000 autorizado

por las Resoluciones Nº 15.529, Nº 15.537,

Nº 16.298 y Nº 16.302 de la Comisión Nacio-

nal de Valores (la “CNV”) del 7 de diciembre de

2006, 21 de diciembre de 2006, 25 de marzo de

2010 y 30 de marzo de 2010, respectivamente, a

ASAMBLEA DE OBLIGACIONISTAS para el día

23 de marzo de 2016 a las 15 horas en primera

convocatoria y el día 7 de abril de 2016 a las

15 horas en segunda convocatoria a realizarse

en la sede social de IRSA sita en Bolívar 108,

1er piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

República Argentina, para tratar los siguientes

puntos del ORDEN DEL DÍA:

1°) Designación de obligacionistas a fin de

aprobar y firmar el Acta de Asamblea; y 2°) Con-

sideración de: (I) la modificación del contrato de

fideicomiso de fecha 2 de febrero de 2007 entre

IRSA, The Bank of New York, como Fiduciario,

co-agente de registro, principal agente de pago

y agente de transferencia y Banco Río de la

Plata S.A., como agente de registro, agente de

pago, agente de transferencia y representan-

te del Fiduciario en la República Argentina (el

“Contrato de Fideicomiso de las Obligaciones

Negociables 2017”) para: (a) eliminar ciertos

compromisos restrictivos: Cláusula 3.8 (Coti-

zación); Cláusula 3.9 (Mantenimiento de per-

sonería jurídica; bienes); Cláusula 3.10 (Cum-

plimiento de leyes); Cláusula 3.11 (Informes al

Fiduciario); Cláusula 3.12 (Otra información);

Cláusula 3.14 (Medidas adicionales); Cláusula

3.15 (Suspensión de Compromisos); Cláusula

3.16 (Limitación a la Asunción de Deuda Adi-

cional); Cláusula 3.17 (Limitación a los Pagos

Restringidos); Cláusula 3.18 (Limitación a las

Ventas de Activos); Cláusula 3.19 (Limitación

a la Designación de Subsidiarias No Restringi-

das); Cláusula 3.20 (Limitación a los Dividendos

y Otras Restricciones de Pago que Afectan a

las Subsidiarias Restringidas); Cláusula 3.21

(Limitación a los Gravámenes); Cláusula 3.23

(Limitación a las Garantías); Cláusula 3.24 (Limi-

Viernes 11 de marzo de 2016

Segunda

tación a las Operaciones con Afiliadas); Cláusu- Las firmas y personerías de todos los documen-

la 3.25 (Conducción de los Negocios); Cláusula tos deberán estar debidamente certificadas por

3.26 (Informes a los Tenedores); Cláusula 3.27 escribano público. Si dicha certificación es

(Cambio de Control); y Cláusula 6.10 (Informes hecha por escribano público de una jurisdic-

de IRSA); (b) modificar ciertas definiciones, ción extranjera, deberá ser apostillada en los

compromisos restrictivos, supuestos de in- términos de lo prescripto por la Convención de

cumplimiento y otras disposiciones indicadas la Haya de 1961 (Apostilla) o consularizada con

a continuación: Cláusula 1.1 (Definiciones) – se intervención del Ministerio de Relaciones Exte-

modificará la definición de “Subsidiaria”; Cláu- riores y Culto de la República Argentina. Todos

sula 4.1 (Supuestos de Incumplimiento) – los los documentos en idioma extranjero deberán

incisos (b), (c) y (d) relativos a incumplimientos ser traducidos al español mediante traducción

de compromisos, derechos de aceleración cru- pública de traductor público matriculado en la

zada y sentencias impagas se eliminarán en su República Argentina con su firma legalizada

totalidad y todas las referencias a “Subsidiarias por el Colegio de Traductores de la República

Significativas” se suprimirán de las cláusulas (e) Argentina.

y (f); Cláusula 8.1 (Posibilidad de IRSA de Llevar Designado según instrumento privado acta de

a Cabo una Fusión, etc., en ciertos términos) directorio N° 2174 de fecha 2/11/2015 Eduardo

– los incisos (a) y (c) en relación con ciertos Sergio Elsztain - Presidente

requisitos para las fusiones por absorción, fu-

e. 07/03/2016 N° 12390/16 v. 11/03/2016 siones propiamente dichas, concentraciones

o transmisiones, transferencias o locaciones