N° 12389/16 Aviso del Boletín Oficial
Revocación total o la Revocación parcial) – los IRSA PROPIEDADES COMERCIALES S.A.
Texto del aviso
Revocación total o la Revocación parcial) – los IRSA PROPIEDADES COMERCIALES S.A.
incisos (c), (d), (e), (f), (g), (i) y (j) relacionadas
con ciertas condiciones para la rescisión total Convócase a los tenedores de las Obligaciones
o parcial se suprimirán en su totalidad; y (c) Negociables Clase 1 emitidas por IRSA PRO-
modificar y/o eliminar ciertas definiciones: los PIEDADES COMERCIALES S.A. (“IRSA CP”) el
términos definidos se eliminarán en la medida 11 de mayo de 2007, a una tasa fija del 7,875%,
en que, luego de realizadas las modificaciones con vencimiento el 11 de mayo de 2017, por
detalladas, dichos términos ya no se empleen un valor nominal total de US$ 120.000.000,
más en el Contrato de Fideicomiso de las Obli- CUSIP 02151PAB3 y P0245MAC3 / ISINs US-
gaciones Negociables 2017 y las referencias a 02151PAB31 y USP0245MAC30 (las “Obliga-
cláusulas que dejen de tener sentido en virtud ciones Negociables IRSA CP Clase 1”) bajo el
de los cambios introducidos serán eliminadas; Programa Global de Emisión de Obligaciones
asimismo, se realizarán cambios adicionales al Negociables por un valor nominal de hasta
Contrato de Fideicomiso de las Obligaciones US$ 200.000.000 autorizado por la Resolución
Negociables 2017 y a las Obligaciones Nego- Nº 15.614 de la Comisión Nacional de Valores
ciables IRSA Clase 1 a fin de dar efecto a las (la “CNV”) del 19 de abril de 2007, a ASAMBLEA
modificaciones descriptas; y (II) la suscripción DE OBLIGACIONISTAS para el día 23 de marzo
de los documentos, incluyendo sin limitación de 2016 a las 14 horas en primera convocato-
las enmiendas y/o los contratos suplementarios ria y el día 7 de abril de 2016 a las 14 horas en
o modificatorios al Contrato de Fideicomiso de segunda convocatoria a realizarse fuera de la
las Obligaciones Negociables 2017 que corres- sede social de IRSA CP, en Bolívar 108, 1er piso,
pondan en virtud de lo resuelto en el punto (I). Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República
La adopción de las modificaciones propuestas Argentina, para tratar los siguientes puntos del
al Contrato de Fideicomiso de las Obligaciones ORDEN DEL DÍA:
Negociables 2017 bajo el cual las Obligaciones 1°) Designación de obligacionistas a fin de
Negociables IRSA Clase 1 han sido emitidas aprobar y firmar el Acta de Asamblea; y 2°) Con-
requiere el consentimiento de la mayoría de sideración de: (I) la modificación del contrato
los tenedores de las Obligaciones Negociables de fideicomiso de fecha 11 de mayo de 2007
IRSA Clase 1 representados y votando en una entre IRSA CP (como continuadora por cambio
Asamblea de Obligacionistas. Cada tenedor de denominación de Alto Palermo S.A. (APSA)),
de una Obligación Negociable IRSA Clase 1 The Bank of New York, como Fiduciario, co-
que ofrezca dicha obligación negociable en el agente de registro, principal agente de pago
marco de la Declaración de Oferta de Compra y agente de transferencia y Banco Santander
y Solicitud de Consentimiento mencionada Río S.A., como agente de registro, agente de
seguidamente se considerará que ha prestado pago, agente de transferencia y representan-
consentimiento a dichas modificaciones. El te del Fiduciario en la República Argentina (el
proyecto de enmienda y/o los contratos suple- “Contrato de Fideicomiso de las Obligaciones
mentarios o modificatorios al Contrato de Fidei- Negociables IRSA CP”) para: (a) eliminar ciertos
comiso de las Obligaciones Negociables 2017 compromisos restrictivos: Cláusula 3.8 (Cotiza-
que reflejan las modificaciones propuestas se ción); Cláusula 3.9 (Mantenimiento de persone-
encuentran a disposición de los tenedores en ría jurídica; bienes); Cláusula 3.10 (Cumplimien-
la sede social de IRSA, los días hábiles de 10 to de leyes); Cláusula 3.11 (Informes a los Te-
a 17 horas.
nedores Mientras las Obligaciones Negociables
NOTA: Las Obligaciones Negociables IRSA se encuentren en circulación, APSA); Cláusula
Clase 1 están representadas en uno o más tí- 3.12 (Otra información); Cláusula 3.14 (Medidas
tulos globales registrados a nombre de Cede adicionales); Cláusula 3.15 (Suspensión de
& Co., por The Depository Trust Company Compromisos); Cláusula 3.16 (Limitación a la
(“DTC”). DTC conserva el registro de tenencias Asunción de Deuda Adicional); Cláusula 3.17
de las Obligaciones Negociables IRSA Clase 1 (Limitación a los Gravámenes); Cláusula 3.18
a nombre de participantes de DTC (los “Parti- (Limitación a las Operaciones con Afiliadas);
cipantes”) quienes son, a su vez, beneficiarios Cláusula 3.19 (Conducción de los Negocios); y
de las Obligaciones Negociables IRSA Clase 1, Cláusula 3.20 (Cambio de Control); (b) modificar
directamente o por intermedio de otras institu- ciertos compromisos restrictivos, supuestos de
ciones, por cuenta de los beneficiarios finales incumplimiento y otras disposiciones indica-
de las mismas (los “Beneficiarios Finales”). Los das a continuación: Cláusula 4.1 (Supuestos
Beneficiarios Finales que deseen participar en de Incumplimiento) – los incisos (b), (c) y (d)
la asamblea y votar en ella deberán: (i) dirigir relativos a incumplimientos de compromisos,
sus instrucciones de voto a través de las entida- derechos de aceleración cruzada y sentencias
des de custodia (tales como bancos, socieda- impagas se eliminarán en su totalidad, y todas
des de bolsa, compañías fiduciarias, fondos de las referencias a “Subsidiarias Significativas”
inversión o cualesquier otra entidad) en las cua- se suprimirán de los incisos (e) y (f); y Cláusula
les mantengan sus tenencias conforme a los 11.4 (Condiciones para la Revocación total o la
procedimientos establecidos en la Declaración Revocación parcial) – los incisos (c), (d), (e), (f),
de Oferta de Compra y Solicitud de Consen- (g), (i) y (j) relacionados con ciertas condiciones
timiento de fecha 3 de marzo de 2016, la cual se para la rescisión total o parcial se suprimirán
encuentra disponible en la sede social de IRSA en su totalidad; y (c) modificar y/o eliminar de
y en el sitio web de la CNV (www.cnv.gob.ar); o ciertas definiciones: los términos definidos se
(ii) ponerse en contacto con las entidades de eliminarán en la medida en que, luego de rea-
custodia a través de las cuales mantengan sus lizadas las modificaciones detalladas, dichos
tenencias para recibir instrucciones al respecto. términos ya no se empleen más en el Contrato
Los tenedores de las Obligaciones Negociables de Fideicomiso de las Obligaciones Negocia-
IRSA Clase 1 que deseen participar y votar bles IRSA CP y las referencias a cláusulas que
en la asamblea de obligacionistas deberán dejen de tener sentido en virtud de los cambios
comunicar su asistencia y depositar evidencia introducidos serán eliminadas; asimismo, se
de su carácter de titulares en la sede social, a realizarán cambios adicionales al Contrato de
Fideicomiso de las Obligaciones Negociables satisfacción de IRSA, al menos 3 días hábiles
antes de la celebración de la asamblea, es de- IRSA CP y a las Obligaciones Negociables
cir, hasta el día 17 de marzo de 2016 (la “Fecha IRSA CP Clase 1 a fin de dar efecto a las mo-
de Depósito”).
dificaciones descriptas; y (II) la suscripción de
Sección
BOLETIN
los documentos, incluyendo sin limitación las
enmiendas y/o los contratos suplementarios o
modificatorios al Contrato de Fideicomiso de
las Obligaciones Negociables IRSA CP que
correspondan en virtud de lo resuelto en el
punto (I). La adopción de las modificaciones
propuestas al Contrato de Fideicomiso de las
Obligaciones Negociables IRSA CP bajo el cual
las Obligaciones Negociables IRSA CP han
sido emitidas requiere el consentimiento de la
mayoría de los tenedores de las Obligaciones
Negociables IRSA CP representadas y votando
en una Asamblea de Obligacionistas. Cada te-
nedor de una Obligación Negociable IRSA CP
que ofrezca dicha obligación negociable en el
marco de la Declaración de Oferta de Compra
y Solicitud de Consentimiento mencionada
seguidamente se considerará que ha prestado
consentimiento a dichas modificaciones. El
proyecto de enmienda y/o los contratos suple-
mentarios o modificatorios al Contrato de Fidei-
comiso de las Obligaciones Negociables IRSA
CP que reflejan las modificaciones propuestas
se encuentran a disposición de los tenedores
en la sede social de IRSA CP sita en Moreno
877, piso 22, Ciudad Autónoma de Buenos Ai-
res, República Argentina, los días hábiles de 10
a 17 horas.
NOTA: Las Obligaciones Negociables IRSA
CP Clase 1 están representadas en uno o más
títulos globales registrados a nombre de Cede
& Co., por The Depository Trust Company
(“DTC”). DTC conserva el registro de tenen-
cias de las Obligaciones Negociables IRSA CP
Clase 1 a nombre de participantes de DTC (los
“Participantes”) quienes son, a su vez, benefi-
ciarios de las Obligaciones Negociables IRSA
CP Clase 1, directamente o por intermedio de
otras instituciones, por cuenta de los benefi-
ciarios finales de las mismas (los “Beneficiarios
Finales”). Los Beneficiarios Finales que de-
seen participar en la asamblea y votar en ella
deberán: (i) dirigir sus instrucciones de voto a
través de las entidades de custodia (tales como
bancos, sociedades de bolsa, compañías fidu-
ciarias, fondos de inversión o cualesquier otra
entidad) en las cuales mantengan sus tenencias
conforme a los procedimientos establecidos en
la Declaración de Oferta de Compra y Solici-
tud de Consentimiento de fecha 3 de marzo de
2016, la cual se encuentra disponible en la sede
social de IRSA CP y en el sitio web de la CNV
(www.cnv.gob.ar); o (ii) ponerse en contacto
con las entidades de custodia a través de las
cuales mantengan sus tenencias para recibir
instrucciones al respecto.
Los tenedores de las Obligaciones Negociables
IRSA CP Clase 1 que deseen participar y votar
en la asamblea de obligacionistas deberán co-
municar su asistencia y depositar evidencia de
su carácter de titulares, a satisfacción de IRSA
CP, en Bolívar 108, piso 1, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, República Argentina, al menos 3
días hábiles antes de la celebración de la asam-
blea, es decir, hasta el día 17 de marzo de 2016
(la “Fecha de Depósito”).
Las firmas y personerías de todos los documen-
tos deberán estar debidamente certificadas por
escribano público. Si dicha certificación es
hecha por escribano público de una jurisdic-
ción extranjera, deberá ser apostillada en los
términos de lo prescripto por la Convención de
la Haya de 1961 (Apostilla) o consularizada con
intervención del Ministerio de Relaciones Exte-
riores y Culto de la República Argentina. Todos
los documentos en idioma extranjero deberán
ser traducidos al español mediante traducción
pública de traductor público matriculado en la
República Argentina con su firma legalizada
por el Colegio de Traductores de la República
Argentina.
Designado según instrumento privado acta de
directorio N° 1252 de fecha 2/11/2015 Eduardo
Sergio Elsztain - Presidente
e. 07/03/2016 N° 12389/16 v. 11/03/2016