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N° 15090/16 Aviso del Boletín Oficial

FIDUC S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 17 de marzo de 2016

Texto del aviso

FIDUC S.A.

Se hace saber por un día, en los términos del

art. 10 de la ley 19.550, que la Asamblea Gene-

ral Extraordinaria del 09/03/2016 resolvió refor-

mar el estatuto social conforme se detalla: (i) se

sustituye el texto del artículo 8° por el siguiente:

“La Sociedad será dirigida y administrada por

un Directorio compuesto por un mínimo de dos

y un máximo de seis miembros titulares, elegi-

dos por la Asamblea General, siendo facultad

de ésta determinar su número y elegir o no

hasta tres suplentes. La duración del mandato

de los directores será de 3 ejercicios y podrán

ser reelectos indefinidamente. Hasta tanto la

Asamblea General no elija nuevas autoridades,

los directores continuarán en sus funciones.

En Garantía del cumplimiento de sus funciones

todos los directores titulares deberán constituir

una garantía por un monto no inferior al 60%

del capital social por cada uno, dicho monto

no podrá ser inferior a $ 10.000 ni superior a

$ 50.000, debiendo consistir dicha garantía en

bonos, títulos públicos, o sumas de moneda

nacional o extranjera depositados en entidades

financieras o cajas de valores, a la orden de la

sociedad; o en fianzas, avales bancarios, segu-

ros de caución o de responsabilidad civil a favor

de la misma, cuyo costo deberá ser soportado

por cada director; en ningún caso procederá

constituir la garantía mediante el ingreso directo

de fondos de la caja social”; (ii) en el artículo 10°

donde dice “artículo mil ochocientos ochenta y

ocho del Código Civil” debe leerse “artículo 375

del Código Civil y Comercial de la Nación”; y (iii)

en el artículo 16° donde dice “del Decreto Ley

diecinueve mil quinientos cincuenta/setenta y

dos” debe leerse “de la ley 19.550” Autorizado

según instrumento privado Acta de Asamblea

General Extraordinaria de fecha 09/03/2016

Erika Eleonora Kurdziel - T°: 104 F°: 776 C.P.A.C.F.

e. 17/03/2016 N° 15090/16 v. 17/03/2016