N° 14772/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
SECRETARÍA NRO. 27
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. María
Sección
BOLETIN
Virginia Villarroel, Secretaría Nº 27, a cargo
de la Dra. Karin F. Martín, sito en Callao 635
piso 2º de esta Capital Federal, comunica
por 5 días que con fecha 7 de MARZO DE
2016, en los autos caratulados “GRILLO,
JOSE FERNANDO s/ pedido de quiebra por
FINANCAL S.R.L”, se resolvió decretar la
quiebra de GRILLO JOSE FERNANDO, CUIT
Nº 20-10.139.669-0, haciéndole saber a este
y a los terceros que deberán hacer entrega al
síndico de los bienes que posean del fallido,
así como la prohibición de realizar pagos a
la misma, los que serán ineficaces. Se inti-
ma al deudor para que entregue al síndico
dentro de las 24 horas los libros de comercio
y demás documentación relacionada con la
contabilidad, así como también a que dentro
de las 48 horas constituya domicilio procesal
en el radio del tribunal, con apercibimiento
de tenerlo constituido en los estrados del
Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los
requisitos a los que se refiere el art. 86 de la
ley 24522 en cuanto a su remisión al art. 11
inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mis-
mo texto legal. Fíjase hasta el día 5 DE MAYO
DE 2016 para que los acreedores por causa
o título anterior a la declaración de quiebras
y sus garantes, formulen al síndico el pedido
de verificación de sus créditos. Se fijan las
fechas de 17 DE JUNIO DE 2016 y el 17 DE
AGOSTO DE 2016 para las presentaciones
de los informes individuales y generales,
previstos en el art. 35 y 39 de la L.C. res-
pectivamente, pudiendo ser observado, el
último, dentro de los 10 días de presentados
art. 40 L.C.. El síndico designado es la con-
tadora Romina Paola Minujin con domicilio
en la calle Corrientes 5034 PISO 4º “D” de la
C.A.B.A. al cual deberán concurrir los acree-
dores a verificar sus créditos. El presente
deberá ser publicado por el término de 5 días
sin necesidad de pago previo y sin perjuicio
de asignarse los fondos cuando los hubiere
(art. 89 inc. 3 L.C.) Buenos Aires, 14 de mar-
zo de 2016.- MARIA VIRGINIA VILLARROEL
Juez - KARIN F. MARTIN SECRETARIA
e. 17/03/2016 N° 14772/16 v. 23/03/2016