N° 16589/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 49
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 49
SECRETARÍA ÚNICA
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Civil 49, sito en Uruguay 714, Piso 7º, de Capital,
interinamente a cargo del Dr. Gastón M. Polo
Olivera, Secretaría única, a mi cargo, comunica
por 2 días en autos “Consorcio de Prop Maipú
216/22 c/ Stancato Carmelo Alfredo s/ Ejecu-
ción de Expensas” Expediente 28804/2010
(Reservado), que el Martillero Mario E. Mischel,
subastará el 30 de Marzo de 2016, a las 11.30 hs
en punto, en el Salón de Subastas Judiciales,
Jean Jaures 545, de Capital, el inmueble, deno-
minado cochera, sito en la calle Maipú 216/222
U. F. 14, Cuarto Subsuelo, Sector “B”, entre las
calles Sarmiento y Cangallo (hoy Tte. General
Perón), de esta Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Superficie Total: 12 mts2. Nom.: Cat.:
Circ: 14, Secc: 1, Mz. 11, Parc: 29; Matrícula 14-
949/14. Porc. 21 centésimos Deudas: A. Arg. (fs
343) S / deuda al 9/4/15. ABL (fs. 371) $ 2659,70
al 27/4/15. OSN (fs 364) s / deuda al 16/4/15.
Expensas: (fs. 427) $ 96.352 al mes de Marzo
de 2016. Ultima Expensa del mes de Febrero
de 2016 es de $ 1.100. AySA (fs. 348) $ 2.179,26.
Según constatación se trata de una Cochera,
que consta de las siguientes medidas: 2,50 por
4,00 mts, ubicada en el cuarto subsuelo, en un
edificio de cocheras, compuesto por 13 pisos y
4 subsuelos, con un montacargas eléctrico para
ubicar a los automóviles y sin rampa, solamente
se ingresa a las cocheras por el montacargas,
son 218 cocheras en total. Desocupada. Cond.
de venta: Ad-Corpus, al contado y al mejor
postor. Base: Pesos $ 100.000. Seña 30%. Co-
misión 3% y Arancel Acor. 24/00 0,25% sobre el
precio de venta, todo en efectivo en el acto de la
subasta. Se hace saber que quien resulte com-
prador deberá constituir domicilio legal dentro
del radio del Juzgado bajo apercibimiento de lo
dispuesto por el art. 133 del Código Procesal.
El saldo del precio deberá ser depositado en
autos dentro de los 5 días de efectuado el re-
mate sin que sea necesario el dictado de auto
de aprobación de la subasta, toda vez que se
opera de pleno derecho y bajo apercibimiento
de ser declarado postor remiso (art. 584 del
Cód. Proc.); para el supuesto que se plantease
la nulidad de la subasta el comprador deberá
dentro del mismo plazo depositar a embargo el
saldo del precio bajo apercibimiento de cele-
brarse nueva subasta. Se hace saber que sola-
mente se podrán ceder los derechos derivados
de la compraventa en remate una vez abonado
el saldo de precio y adquirida la tradición por
parte del comprador, debiendo instrumentarse
en acto jurídico mediante escritura pública.
Asimismo, se deja constancia que el adquirente
en subasta judicial no afronta las deudas que
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registra el inmueble por impuestos, tasas y
contribuciones devengadas antes de la toma
de posesión cuando el monto obtenido en la
subasta no alcanzare para solventarlas, (“Serv.
Efic. SA. c/ Yabra, Roberto I. s/Ejec. Hipot.”.
Exhibición: días 28 y 29 de Marzo de 2016 de
13.00 /15.00 hs. En Bs. As, a los días del mes
de Marzo de 2016.-
GASTON M POLO OLIVERA Juez - VIVIANA
SILVIA TORELLO SECRETARIA
e. 22/03/2016 N° 16589/16 v. 23/03/2016