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N° 16324/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19

Edictos Judiciales SUCESIONES lunes, 28 de marzo de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19

SECRETARÍA NRO. 38

EDICTO

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en

lo Comercial Nº 19, a cargo del Dr. Gerardo D.

Sucesiones

JUZGADOS NACIONALES

Publicación extractada (Acordada

partir de la fecha de primera publicación a herederos

días comparezcan a estar a derecho conforme

Fecha Edicto

30/12/2015 RICARDO

24/06/2015 SALAS

15/12/2014 MARIO

25/02/2016 SECUNDINO

JUZGADOS NACIONALES

Publicación extractada (Acordada

partir de la fecha de primera publicación a herederos

días comparezcan a estar a derecho conforme

Fecha Edicto

15/03/2016 ENRIQUE

15/03/2016 BELTRAMBINI

09/03/2016 SUSANA

15/07/2015 PEREIRO

26/11/2015 GALAK

25/02/2016 SCOCCO

15/03/2016 AIDA MONICA

17/07/2015 DELIA INES

Sección

BOLETIN

Santicchia, Secretaría Nº 38, a cargo de la Dra.

Adriana P. Cirulli, sito en Marcelo T. de Alvear

1840, P.B., C.A.B.A., comunica por CINCO

días, que con fecha 24 de febrero de 2016 se

decretó la quiebra de Boutique de La Made-

ra S.R.L., CUIT: 30-71172337-0, con domicilio

en Paraná 457 piso 2 “A”, C.A.B.A., en los autos

caratulados Boutique de La Madera S.R.L.s/

quiebra, Expte. Nº 291/2016, en la cual se de-

signó síndica a la contadora Garbarini Beatriz

Susana con domicilio en Fraga 488 piso 1° “A”

Capital Federal, ante quien los acreedores de-

berán presentar los pedidos de verificación y

los títulos justificativos de sus créditos hasta

el día 27 de abril de 2016. El síndico presen-

tará los informes de los arts. 35 y 39 de la ley

concursal, los días 10 de junio de 2016 y 9 de

agosto de 2016 respectivamente. Se intima a la

deudora y sus administradores para que cum-

plimenten los siguientes recaudos: Pongan los

bienes a disposición del Síndico a fin de que el

funcionario concursal pueda tomar inmediata

y segura disposición de los mismos, como en

su caso, de corresponder para que entregue

al Síndico en 24 horas los libros de comercio

y demás documentación relacionada con la

contabilidad. Constituya en autos domicilio

procesal dentro de las 48 horas, bajo aperci-

bimiento que las sucesivas notificaciones se

tendrán por realizadas en los términos de los

arts. 141 y 133 Cód Proc. Se prohíbe los pagos

y/o entrega de bienes a la fallida so pena de

considerarlos ineficaces y se intima a quienes

tengan bienes y documentos de la fallida en su

poder, para que los pongan a disposición de la

sindicatura en cinco días. Aires, 17 de marzo

de 2016.

Gerardo D. Santicchia Juez - Adriana Patricia

Cirulli Secretaria

e. 22/03/2016 N° 16324/16 v. 30/03/2016