N° 19838/16 Aviso del Boletín Oficial
SERGIO Y DANIEL REY S.R.L.
Texto del aviso
SERGIO Y DANIEL REY S.R.L.
Se comunica que por escritura Nº 229 del
04/06/2015, pasada ante el Escribano Jorge N.
Ledesma, al F° 804 del Registro Notarial Nº 189
de esta Capital, a su cargo, el señor Daniel Hector
Rey cedió favor María Judith Inmaculada Rodrí-
guez, las cinco mil cuotas de valor nominal un
peso cada una, representativas dichas cuotas
del capital de la sociedad “SERGIO Y DANIEL
REY S.R.L.”, C.U.I.T. 30-68073273-2, inscripta en
el Registro Público de Comercio de esta Ciudad
el 5 de septiembre de 1995 bajo el número 6.610
del Libro 103 de Sociedades de Responsabilidad
Limitada, por el precio de cinco mil pesos; asimis-
mo el señor Daniel Hector Rey renunció al cargo
de gerente de dicha sociedad; como consecuen-
cia de la cesión de cuotas la sociedad resolvió
cambiar la denominación social y reformar la
cláusula primera del contrato social, y asimismo
las cláusulas cuarta y sexta, las que quedaron
redactadas de la siguiente forma: “Primera: Bajo
la denominación de “Mesmer S.R.L.” continúa
funcionando la sociedad originariamente consti-
tuída como “Sergio y Daniel Rey S.R.L.” Tiene su
domicilio en jurisdicción de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, pudiendo instalar sucursales y
agencias dentro o fuera del país.”- “Cuarta: La
administración y representación legal de la Socie-
dad está a cargo del socio Sergio Norberto Rey,
quien reviste el cargo de Gerente con uso de la
firma social y con mandato por tiempo indetermi-
nado. El Gerente deberá otorgar garantía del buen
desempeño de su gestión de acuerdo con lo pre-
visto en la reglamentación vigente. Dicha garantía
no podrá ser afectada ni retirada por concepto
alguno, hasta después de concluida la gestión. La
garantía podrá consistir en bonos títulos públicos,
sumas de dinero o moneda extranjera deposita-
das en entidades financieras o cajas de valores,
o fianzas o avales bancarios, seguro de caución
o seguro de responsabilidad civil a favor de la So-
ciedad. El costo será soportado por el Gerente. El
socio Gerente tiene todas las facultades para ad-
ministrar y disponer de los bienes sociales, inclu-
sive para aquellos en que la ley requiere poderes
especiales, conforme a lo dispuesto por el artícu-
lo 1.081 del Código Civil y artículo 5 del Decreto
5.965 del año 1963, en consecuencia celebra en
nombre de la Sociedad todos los actos jurídicos
que tienden al cumplimiento del objeto social:
operar con los Bancos de la Nación Argentina, del
la Provincia de Buenos Aires y demás Bancos e
instituciones de crédito o privados, comprar, ven-
der, ceder, permutar, gravar y enajenar bienes por
los precios, formas de pago y demás condiciones,
otorgar poderes generales o especiales, inclusive
para querellar criminalmente con el objeto y ex-
tensión que juzguen conveniente y revocarlos, y
firmarlas escrituras que correspondan”. “Sexta:
CAPITAL SOCIAL: El capital social es de diez
mil pesos representado por diez mil cuotas de
valor nominal un pesos cada una, íntegramente
suscriptas e integradas por los socios de acuerdo
al siguiente detalle: Sergio Norberto Rey: cinco
mil cuotas; y María Judith Inmaculada Rodríguez:
cinco mil cuotas.” También se decidió Trasladar
la sede social a la Avenida Mosconi 3.262, piso
cuarto departamento “B” de Capital Federal.- EL
ESCRIBANO y autorizado por la escritura antes
citada.- Autorizado según instrumento público
Esc. Nº 229 de fecha 04/06/2015 Reg. Nº 189
C.A.B.A.
Jorge Nicolas Ledesma - Matrícula: 3903
C.E.C.B.A.
e. 06/04/2016 N° 19838/16 v. 06/04/2016