N° 20730/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 20
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 20
SECRETARÍA NRO. 40
EDICTO El Juzgado Nacional de Primera Instan-
cia en lo Comercial N° 20, a cargo del Dr. Eduar-
do Emilio Malde, Secretaria N° 40 a cargo del Dr.
Guillermo Mario Pesaresi, sito en M. T. de Alvear
Segunda
1840, 4° piso, de la C.A.B.A, hace saber por cin-
co días que en los autos caratulados: “DE ACHA-
VAL ENRIQUE S/QUIEBRA” Expte. 9608/2015,
que con fecha 21 de marzo de 2016, se dispuso
la quiebra de “DE ACHAVAL ENRIQUE” c.u.i.t.
20-08705676-8, con domicilio en la calle Zarra-
ga 3870 piso 6° “C” de la C.A.B.A., se ha fijado
hasta el día 06 de mayo de 2016 para que los
acreedores presenten los pedidos de verifica-
ción al Sindico Dr. Diego Alejandro Canosa, do-
miciliado en Rafaela 3656, CABA, tel. 4672-0128,
quien presentara los informes de los arts. 35 y
39 de la Ley 24522, los días 21 de junio de 2016
y 18 de agosto de 2016, respectivamente. Se ha
dispuesto, asimismo la prohibición de hacer pa-
gos y/o entrega de bienes a la fallida so pena de
considerarlos ineficaces, intimándose a la fallida
y terceros que tengan bienes del fallido para que
los pongan a disposición del síndico dentro del
quinto día. Se ha dispuesto, además la intima-
ción a la fallida para constituir domicilio dentro
de las 48 hs., bajo apercibimiento de tenerlo por
constituido en los estrados del juzgado; y para
que entregue al síndico los libros de comercio y
demás documentación relacionada con la con-
tabilidad y para que dentro del plazo de cinco
días acompañe un estado detallado y valorado
del activo y pasivo con indicación precisa de su
composición, ubicación estado y gravámenes
de los bienes y demás datos necesarios para
conocer debidamente su patrimonio. Para ser
publicado en el Boletín oficial por el término de
cinco días, sin pago previo. Buenos Aires, 4 de
abril de 2016. Guillermo M. Pesaresi Secretario
EDUARDO E. MALDE Juez - GUILLERMO M.
PESARESI SECRETARIO
e. 08/04/2016 N° 20730/16 v. 14/04/2016