N° 21568/16 Aviso del Boletín Oficial
HURIN S.R.L.
Texto del aviso
HURIN S.R.L.
En Reunión de Socio N° 9 de fecha 28 de marzo
de 2016 se resolvió: 1) Aumentar el capital so-
cial en $ 200.000 reformando el artículo cuarto
del estatuto social de la siguiente manera:
CUARTO: El capital de la sociedad se fija en la
suma de Pesos Doscientos Doce Mil ($ 212.000)
dividido en 2.120 cuotas de Cien Pesos ($ 100)
cada una de valor nominal, otorgando un voto
por cada cuota. El Capital social se suscribe en
su totalidad en esta acto por los socios de la
siguiente manera: El señor Gastón Claudio Cas-
tillo 1.160 cuotas de Cien pesos ($ 100) de valor
nominal cada una y el Señor Gaston Ezequiel
Scrivano 954 cuotas de Cien pesos ($ 100) de
valor nominal cada una. El capital se suscri-
be íntegramente del siguiente modo: a) Socio
Gaston Claudio Castillo $ 116.600 en dinero en
efectivo totalmente integrados y b) Socio Gas-
ton Ezequiel Scrivano $ 95.400 en dinero en
efectivo totalmente integrados. El capital podrá
incrementarse, cuando se estime procedente,
mediante cuotas suplementarias. La asamblea
de socios, por decisión que represente más de
la mitad del capital social, aprobará el aumento
y establecerá la forma y tiempo de emisión. Los
socios estarán obligados a integrar las cuotas
una vez que la decisión social haya sido pu-
blicada e inscripta. Los aumentos deben ser
proporcionales al número de cuotas del que
cada socio sea titular en el momento en que se
acuerde hacerlos efectivos; 2) reformar el esta-
tuto social en su artículo octavo el que quedara
redactado de la siguiente manera: OCTAVO:
La administración, representación legal y uso
de la firma social estará a cargo de uno o más
gerentes titulares, socios o no, cuyo número
será establecido por la reunión de socios o
asamblea que los elija, la cual podrá también
elegir igual o menor número de suplentes, los
que se incorporarán a la gerencia por el orden
de su elección quienes reemplazarán a éstos en
caso de ausencia o impedimento. El término de
mandato de los gerentes durará hasta la reu-
nión de socios o asamblea que los reemplace
o los reelija. Los gerentes podrán ser reelectos.
La reunión de socios o asamblea determinará
la remuneración de la gerencia. En tal carácter
tienen todas las facultades para realizar los ac-
tos y contratos tendientes al cumplimiento del
objeto de la sociedad, inclusive los previstos en
los artículos 1319 del Código Civil y Comercial
y s. s. y articulo 9 del Decreto Ley 5965/63.
Los gerentes conforme al artículo 157 de la Ley
General de Sociedades Comerciales deberán
constituir una garantía a favor de la sociedad
que no podrá ser inferior a la suma de diez mil
pesos ($ 10.000) cada uno o su equivalente en
bonos, títulos públicos o moneda nacional o ex-
tranjera, depositados en entidades financieras
o cajas de valores, a la orden de la Sociedad;
o en fianzas o avales bancarios o seguros de
caución o de responsabilidad civil a favor de la
Sociedad La fiscalización de la sociedad la rea-
lizarán los socios no gerentes en los términos
Martes 12 de abril de 2016
del art. 55 de la ley 19.550 (Actualizada por la
Ley 26.944). Cuando la sociedad quedare com-
prendida en la causal del art. 299, inc. 2° de la
ley 19.550 (Actualizada por la Ley 26.944) por
aumentos de capital social, la reunión de socios
que determine dicho aumento elegirá un síndi-
co titular y un suplente, los que durarán en sus
cargos un ejercicio, siendo reelegibles. Rigen al
respecto las normas de los art. 284 y 298 la ley
19.550 (Actualizada por la Ley 26.944). Tal de-
signación no configurará reforma estatutaria; 3)
Reelegir autoridades, continuando en el cargo
el señor Gaston Claudio Castillo, quien acepta
el cargo y fija su domicilio especial en la calle
Galicia 2.942, piso 2° de C.A.B.A y 4) Mudar
la sede social a la calle Galicia 2.942, piso 2°
C.A.B.A. Autorizado según instrumento privado
Reunion de Socios de fecha 28/03/2016
Gaston Adrian Blasco - T°: 107 F°: 809 C.P.A.C.F.
e. 12/04/2016 N° 21568/16 v. 12/04/2016