N° 22405/16 Aviso del Boletín Oficial
vaciones efectuadas a fs. 130 y es presentada a
Texto del aviso
vaciones efectuadas a fs. 130 y es presentada a
PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO
fs. 135/140 y aprobada oportunamente por éste
Artículo 2°.- Los ciudadanos afiliados al Partido
Tribunal a fs. 142.-
ejercerán el gobierno del mismo por intermedio Distrito Catamarca
de los organismos creados en esta Carta Or-
Que, a fs. 283 dieron cumplimiento a la presen- El Juzgado Federal con Competencia Elec-
gánica.-
tación de los Libros Partidarios a los fines de la toral de Catamarca, a cargo del Dr. Ricardo
rúbrica por el suscripto, conforme lo establece Antonio Moreno, hace saber que en los autos
Artículo 3°.- El registro de afiliados estará abier-
el art. 7 bis inc. “c” y art. 37 de la Ley n° 23.298 N° 268/2013 caratulados “PARTIDO DEL TRA-
to en formapermanente.-
y sus modificatorias y el art. 21 de la Ley n BAJO Y DEL PUEBLO s/reconocimiento de
°26.215.- personalidad jurídico – política” que tramitan
DEL GOBIERNO DEL PARTIDO.-
ante sus estrados, seha dictado la siguiente
Que a fs. 121 corre agregado oficio de la Exc- RESOLUCION:
Artículo 4°.- El Partido del Trabajo y del Pueblo
ma. Cámara Nacional Electoral comunicando del Distrito de CATAMARCA, será gobernado
SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, que la Sra. Juez Federal con competencia por la Convención del Distrito, el Comité de
07 de abril de 2016.-
electoral de Capital Federal le ha otorgado la Distrito y la Junta de Distrito.-
inscripción de la personalidad jurídico política
en el orden nacional al PARTIDO DEL TRABAJO Fallo n°: .1146/2016
Artículo 5°.- La autoridad superior del Partido
Y DEL PUEBLO en fecha 23 de setiembre del será ejercida por la Convención del Distrito,
Y VISTO:
año 2015; y que por Resolución de fecha 07 de formada por convencionales elegida por cir-
octubre de 2015, la citada Cámara adjudicó a la cunscripción, necesitando para constituirse y
agrupación nacional el número setenta y cuatro El pedido de reconocimiento para actuar como
sesionar estar en quorum con mayoría absoluta
(74).- Asimismo también corresponde asignar Partido de Distrito formulado por la agrupación
del total de sus componentes.-
un número de identificación para el Distrito, política “PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUE-
el que será usado eventualmente si el partido BLO” en los autos N° CNE 268/2013 caratula-
Artículo 6°.- La Convención del Distrito se in-
dos “ PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO nacional caducara y la personería en el distrito tegrará por el sistema de representación pro-
s/reconocimiento definitivo de personalidad siga vigente, por lo que corresponde asignarle porcional, enviando cada circunscripcion, un
a ésta agrupación política el número doscientos jurídica política (art. 7 bis) ”
delegado cada 20 afiliados o fracción menor. El
doce (212).-
Comité de Distrito podrá, en caso de ser ne-
Y CONSIDERANDO:
cesario, modificar la mencionada “cifra repar-
Que de todas las constancias de autos poste- tidora” elevando o disminuyendo el número de
Que a fs. 17 se presenta el ciudadano ACOS- riores al reconocimiento provisorio ya referido, afiliados que representa cada delegado.-
surge que oportunamente se dio cumplimiento TA, Ivan Gonzalo DNI n° 27.155.917, quién ha
a las previsiones del art. 7 y luego a las exigen- sido designado en el carácter de Apoderado
Artículo 7°.- La Convención del Distrito se reu-
de la agrupación política “PARTIDO DEL TRA- cias del art 7 bis, de la Ley 23.298 Orgánica de nirá ordinariamente cada dos años y extraordi-
BAJO Y DEL PUEBLO” (Acta de Fundación) los Partidos Políticos y sus modificatorias, para nariamente cuando lo determine el Comité del
solicitando el reconocimiento de la personería resolver favorablemente el pedido de recono- Distrito.-
jurídica - política de la mencionada agrupa- cimiento de la personería jurídico política para
actuar como partido de Distrito.- ción; acompañando a fs. 1/2 el Acta Funda-
Artículo 8°.- La Convención del Distrito tendrá
cional donde figuran los Miembros de la Junta
las siguientes atribuciones:
Promotora del Distrito siendo los siguientes En consecuencia, deberán las autoridades
ciudadanos: Presidente: ACOSTA, Ivan Gon- electas instrumentar lo pertinente a fin de dar a) Sancionar el programa del Partido de este
zalo DNI n° 27.155.917; Tesorera Titular: TITOS, cumplimiento a las exigencias previstas en la Distrito, sus plataformas y las reformas que
Vanesa DNI n° 29.432.673 y Tesorero Suplente: Ley n° 26.215 de Financiamiento de los Parti- juzgue necesario;
GONZALEZ, María Claudia DNI n° 23.190.944; dos Políticos procediendo a la apertura de la
Certificadores Partidarios de Firmas: ACOSTA, cuenta corriente única en los términos del art. b) Dictar la Carta Orgánica del Distrito y sancio-
Enzo Rodrigo DNI n° 29.414.443, CASTRO, Da- 20 de la norma citada, por la que se canalizarán nar su reforma;
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Jueves 14 de abril de 2016
Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.357
c) Considerar los informes anuales de la re- tido la Junta de Distrito, que tendrá las mismas DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA
SUBROGANTE Juez - FDO.DRA MARIA CECI-
presentación parlamentaria del Distrito y pro- facultades del Comité de Distrito, pudiendo
LIA ROJAS PROSECRETARIA ELECTORAL DE
nunciarse en última instancia respecto de la abocarse al conocimiento y asuntos cuya de-
CATAMARCA Artículo 27º: El Tribunal de Disciplina estará
actuación de los representantes del Partido en cisión juzgue que no debe diferirse o para la integrado por 3 (tres) miembros, electo en la
e. 14/04/2016 N° 22405/16 v. 14/04/2016 los distintos órganos electivos. Considerar los mejor marcha del Partido. Estará compuesto Convención Nacional.