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N° 22835/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS miércoles, 20 de abril de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9

SECRETARÍA NRO. 17

El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comer-

cial Nº 9, a cargo de la Dra. Paula María Hualde,

Secretaría 17, a cargo del Dr. Claudio Marjanovic

Telebak, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 P.

4º, Capital Federal, comunica por 5 días en los

autos: “KORDYBACHA GABRIEL FERNANDO

S/Quiebra”, expte. Nº23348/2010, que el 3 de

mayo de 2016 a las 10,15 hs. en punto en Jean

Jaures Nº 545 C.A.B.A., el martillero Mariano

Espina Rawson CUIT: 20-04138967-3 rematará

el 50% INDIVISO al contado y al mejor postor,

el inmueble sito en la calle Mazzini 1173 de Dock

Sud partido de Avellaneda Provincia de Buenos

Aires (Nomenclatura catastral: Circ: I.Secc: E,

Manz: 65, Parc: 10, MATRICULA: 3580 - Partida

inmobiliaria: 004-001082-3) Sup. Total: 150,42

ms2. Exhibición: los días 29 de abril y 2 de mayo,

de 14 a 15,30 hs. BASE: $ 375.000.- Seña: 30%.

Comisión: 3%. Arancel de subasta: 0,25%. Sella-

do de ley: 1.2%. El comprador deberá constituír

domicilio en la Capital Federal bajo apercibimien-

to de tenerlo por notificado de las sucesivas

resoluciones en la forma y oportunidad previstas

por el CPCCN: 133 y deberá depositar el saldo

de precio dentro de los cinco días de realizado

el remate sin necesidad de requerimiento previo

y bajo el apercibimiento previsto por el CPCCN:

580. Se deja constancia que la adjudicación y ex-

tensión del respectivo instrumento deberá recaer

en la persona que efectivamente realice la mejor

oferta. La posesión y eventual escritura traslati-

va de dominio se cumplirá dentro de los treinta

días de acreditada la efectivización del saldo de

precio. La escrituración sólo se cumplirá de ser

requerida por el adquirente (cfr. arts. 582 y 586 del

Código Procesal) por el escribano que el mismo

proponga, en tanto venta al contado. En cuanto a

los gastos que la transferencia del inmueble irro-

gue cualquiera sea la modalidad que se adopte,

aclárase que los mismos deberán ser soportados

exclusivamente por el adquirente. El bien se rema-

tará en el estado en que se encuentra, señalándo-

se que, habiéndoselo exhibido adecuadamente,

no se admitirán reclamos de ningún tipo respecto

del estado, medidas, condiciones, caracterís-

ticas, usos, marcas, modelos, numeraciones y

Miércoles 20 de abril de 2016

series. En caso de que el inmueble registrare

deudas por tasas, impuestos o contribuciones,

sólo serán a cargo del comprador las devengadas

con posterioridad a la toma de posesión. Queda

prohibida la compra en comisión y la cesión de

los derechos emergentes del boleto de compra-

venta y el otorgamiento de poderes especiales

irrevocables a favor de terceros para la posesión,

escrituración, cesión, adquisición y/o venta del

bien. Asimismo y para el caso que quien realice

la última oferta lo haga en representación de un

tercero deberá acreditar tal calidad con poder es-

pecial Exhibición: los días 29 de abril y 2 de mayo,

de 14 a 15,30 hs. CUIT del fallido 20-23924498-0.

Buenos Aires, a los 12 días del mes de abril de

2016 PAULA MARIA HUALDE Juez - CLAUDIO

MARJANOVIC TELEBAK SECRETARIO

e. 15/04/2016 N° 22835/16 v. 21/04/2016