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N° 25036/16 Aviso del Boletín Oficial

YANKUIK S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 22 de abril de 2016

Texto del aviso

YANKUIK S.A.

Por Asamblea General Ordinaria y Extraordina-

ria de fecha 31/03/2016 se resolvió: (i) aceptar la

renuncia de Germán Eduardo Sánchez al cargo

de Director Titular; (ii) modificar los Artículos 3º,

10º y última parte del Artículo 11º del Estatuto

Social quedando redactados de la siguiente

manera: ARTÍCULO TERCERO: La sociedad

tiene por objeto desarrollar por cuenta propia,

de terceros, asociada a terceros, ya sea dentro

o fuera del país, mediante contratación y/o sub-

contratación: el estudio, diseño, asesoramien-

to, dirección, ejecución, construcción, explo-

tación, administración, mejora, mantenimiento,

refacción, demolición y ampliación de todo tipo

de obras, ya sean públicas o privadas, en espe-

cial en relación a obras de tipo viales, eléctrica,

electrónica, mecánica, hidráulica, tendido de

redes sanitarias y de gas, red de fibra óptica,

comerciales, residenciales, loteos, urbanizacio-

nes y edificios e incluso los destinados al Régi-

men de Propiedad Horizontal. Asimismo, podrá

prestar todo tipo de servicios y realizar todo

tipo de contrataciones vinculadas o relativas al

estudio, diseño, asesoramiento, dirección, eje-

cución, construcción, explotación, administra-

ción, mejora, mantenimiento, refacción, demo-

lición y ampliación de las mencionadas obras,

incluyendo pero no limitado a la gestión de

permisos, habilitaciones, licitaciones, alquiler

y/o compra y/o exportación y/o importación de

materiales, maquinarias, vehículos, depósitos,

oficinas y suministro de todo tipo de personal

y profesionales a esos fines. Las actividades

que así lo requieran serán llevadas a cabo por

profesionales con título habilitante y, en los

casos que se requiera, deberá poseer la habili-

tación de la autoridad que sea pertinente. A tal

fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica

para adquirir derechos, contraer obligaciones y

realizar todos los actos que no sean prohibidos

por las leyes o por este estatuto. ARTÍCULO

DÉCIMO: En función de lo establecido por la

Resolución General IGJ 7/2015 o, la/s que en

el futuro la reemplacen, los directores titulares

deben prestar una garantía cuyo monto será

Viernes 22 de abril de 2016

igual para todos los directores titulares, no pu-

diendo ser inferior al sesenta por ciento (60%)

del monto del capital social en forma conjunta

entre todos los titulares designados. Sin perjui-

cio de ello, en ningún caso el monto de la ga-

rantía podrá ser inferior -en forma individual- al

Pesos Diez Mil ($ 10.000) ni superior a Pesos

Cincuenta Mil ($ 50.000) por cada gerente.

Dicha garantía podrá constituirse en bonos,

títulos públicos, o sumas de dinero en moneda

nacional o extranjera y debe ser depositada

en entidades financieras o cajas de valores a

la orden de la sociedad. También podrán cons-

tituirse en fianzas, avales bancarios o seguros

de caución o de responsabilidad civil a favor de

la sociedad. La garantía no podrá constituirse

mediante el ingreso directo de fondos a la caja

social. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: … La re-

presentación legal de la sociedad corresponde

al Presidente del directorio o al Vicepresidente,

en caso de ausencia o incapacidad del primero.

Para el caso de encontrarse ausente el Presi-

dente y el Vicepresidente, el directorio podrá

autorizar la actuación de un director titular para

ejercer la representación legal por el tiempo

limitado en el que dure la ausencia y/o incapa-

cidad del Presidente y Vicepresidente. (iii) de-

signar las siguientes autoridades: Presidente:

Sebastián Gerardo Otero; Vicepresidente: Juan

Pablo Lukac; Director Titular: Tomás José Diez;

Directores Suplentes: Alma María Ríos Alvara-

do y Matías Sebastián Varde. Todos ellos con

mandato hasta la Asamblea que considere el

ejercicio económico regular a cerrar el 30 de

junio de 2018. Asimismo todos los Directores,

Titulares y Suplentes, constituyen domicilio es-

pecial en Tucumán 670, Ciudad Autónoma de

Buenos Aires; (iv) conformar un Texto Ordenado

del Estatuto Social. Autorizado según instru-

mento privado Asamblea General Ordinaria y

Extraordinaria de fecha 31/03/2016

Maria Regina Oneto Gaona - T°: 68 F°: 706

C.P.A.C.F.

e. 22/04/2016 N° 25036/16 v. 22/04/2016