N° 25036/16 Aviso del Boletín Oficial
YANKUIK S.A.
Texto del aviso
YANKUIK S.A.
Por Asamblea General Ordinaria y Extraordina-
ria de fecha 31/03/2016 se resolvió: (i) aceptar la
renuncia de Germán Eduardo Sánchez al cargo
de Director Titular; (ii) modificar los Artículos 3º,
10º y última parte del Artículo 11º del Estatuto
Social quedando redactados de la siguiente
manera: ARTÍCULO TERCERO: La sociedad
tiene por objeto desarrollar por cuenta propia,
de terceros, asociada a terceros, ya sea dentro
o fuera del país, mediante contratación y/o sub-
contratación: el estudio, diseño, asesoramien-
to, dirección, ejecución, construcción, explo-
tación, administración, mejora, mantenimiento,
refacción, demolición y ampliación de todo tipo
de obras, ya sean públicas o privadas, en espe-
cial en relación a obras de tipo viales, eléctrica,
electrónica, mecánica, hidráulica, tendido de
redes sanitarias y de gas, red de fibra óptica,
comerciales, residenciales, loteos, urbanizacio-
nes y edificios e incluso los destinados al Régi-
men de Propiedad Horizontal. Asimismo, podrá
prestar todo tipo de servicios y realizar todo
tipo de contrataciones vinculadas o relativas al
estudio, diseño, asesoramiento, dirección, eje-
cución, construcción, explotación, administra-
ción, mejora, mantenimiento, refacción, demo-
lición y ampliación de las mencionadas obras,
incluyendo pero no limitado a la gestión de
permisos, habilitaciones, licitaciones, alquiler
y/o compra y/o exportación y/o importación de
materiales, maquinarias, vehículos, depósitos,
oficinas y suministro de todo tipo de personal
y profesionales a esos fines. Las actividades
que así lo requieran serán llevadas a cabo por
profesionales con título habilitante y, en los
casos que se requiera, deberá poseer la habili-
tación de la autoridad que sea pertinente. A tal
fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica
para adquirir derechos, contraer obligaciones y
realizar todos los actos que no sean prohibidos
por las leyes o por este estatuto. ARTÍCULO
DÉCIMO: En función de lo establecido por la
Resolución General IGJ 7/2015 o, la/s que en
el futuro la reemplacen, los directores titulares
deben prestar una garantía cuyo monto será
Viernes 22 de abril de 2016
igual para todos los directores titulares, no pu-
diendo ser inferior al sesenta por ciento (60%)
del monto del capital social en forma conjunta
entre todos los titulares designados. Sin perjui-
cio de ello, en ningún caso el monto de la ga-
rantía podrá ser inferior -en forma individual- al
Pesos Diez Mil ($ 10.000) ni superior a Pesos
Cincuenta Mil ($ 50.000) por cada gerente.
Dicha garantía podrá constituirse en bonos,
títulos públicos, o sumas de dinero en moneda
nacional o extranjera y debe ser depositada
en entidades financieras o cajas de valores a
la orden de la sociedad. También podrán cons-
tituirse en fianzas, avales bancarios o seguros
de caución o de responsabilidad civil a favor de
la sociedad. La garantía no podrá constituirse
mediante el ingreso directo de fondos a la caja
social. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: … La re-
presentación legal de la sociedad corresponde
al Presidente del directorio o al Vicepresidente,
en caso de ausencia o incapacidad del primero.
Para el caso de encontrarse ausente el Presi-
dente y el Vicepresidente, el directorio podrá
autorizar la actuación de un director titular para
ejercer la representación legal por el tiempo
limitado en el que dure la ausencia y/o incapa-
cidad del Presidente y Vicepresidente. (iii) de-
signar las siguientes autoridades: Presidente:
Sebastián Gerardo Otero; Vicepresidente: Juan
Pablo Lukac; Director Titular: Tomás José Diez;
Directores Suplentes: Alma María Ríos Alvara-
do y Matías Sebastián Varde. Todos ellos con
mandato hasta la Asamblea que considere el
ejercicio económico regular a cerrar el 30 de
junio de 2018. Asimismo todos los Directores,
Titulares y Suplentes, constituyen domicilio es-
pecial en Tucumán 670, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires; (iv) conformar un Texto Ordenado
del Estatuto Social. Autorizado según instru-
mento privado Asamblea General Ordinaria y
Extraordinaria de fecha 31/03/2016
Maria Regina Oneto Gaona - T°: 68 F°: 706
C.P.A.C.F.
e. 22/04/2016 N° 25036/16 v. 22/04/2016