N° 24912/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL
Texto del aviso
JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL
Y CORRECCIONAL NRO. 2
SECRETARÍA NRO. 5
LOMAS DE ZAMORA - BUENOS AIRES
Por ante este Juzgado Federal de Primera Ins-
tancia en lo Criminal y Correccional N° 2 de
Lomas de Zamora, a mi cargo, sito en la calle
Laprida N° 662 de esta ciudad, Secretaría
N° 5, interinamente a cargo del Dr. Maximilia-
no A. L. Callizo, tramita la Causa N° 85/2013
caratulada “Sicard, César Eduardo y otro s/
Infracción Ley Nº 24.769” en la que se resolvió
citar a estos estrados el día 17 de mayo del
corriente año a las 10:30 horas a Jorge José
Squillario, titular del Documento Nacional
de Identidad Nº 23.809.782, a fin de recibir-
le declaración indagatoria en orden al delito
previsto y penado por el artículo 1º de la Ley
Nº 24.769, ello bajo apercibimiento de decla-
rarlo rebelde y ordenar su detención en caso
de incomparecencia injustificada.-
ANTERIORES
EN LO CIVIL
Nº 41/74 C.S.J.N.)
y acreedores de los causantes que más abajo
con el Art. 699, inc. 2º, del Código Procesal en lo
Asunto
IRIZAR
HAYDEE OFELIA
MUHAFRA
EN LO CIVIL
Nº 41/74 C.S.J.N.)
y acreedores de los causantes que más abajo
con el Art. 699, inc. 2º, del Código Procesal en lo
Asunto
CAMPONOVO RODRIGUEZ O LILA IRENE CAMPONOVO
O OVIDIO NELSON SAA
MEIRA
BRUSSA
31 OFICIAL Nº 33.365
COMO RECAUDO LEGAL SE TRANSCRIBE
EL AUTO QUE ORDENA LA MEDIDA: “//mas
de Zamora, 12 de abril de 2.016.- Téngase
presente el informe actuarial que antecede y
atento lo que surge del mismo, cítese nueva-
mente a los imputados César Eduardo Sicard
y Jorge José Squillario por medio de edictos
a publicarse en el Boletín Oficial - artículo 150
del Código Procesal Penal de la Nación - para
que comparezcan ante estos estrados el día
17 de mayo del corriente año a las 9:30 y 10:30
horas respectivamente debiendo confeccio-
narse un edicto por cada uno de los nombra-
dos, a fin de recibirles declaración indagatoria
en orden al delito previsto y penado por el
artículo 1º de la Ley Nº 24.769 (artículo 294 del
Código Procesal Penal de la Nación); ello bajo
apercibimiento de ser declarados rebeldes y
ordenarse su detención en caso de incompa-
recencia injustificada (artículo 288 y cc. del
Código Procesal Penal de la Nación).- Fir-
mado: Federico Hernán Villena, Juez Federal
Subrogante - Marcos A. Frezzini, Secretario
Federal”.-
Dado, firmado y sellado en la ciudad de Lomas
de Zamora, a los diecinueve días del mes de
abril del año dos mil dieciséis.-
Federico Hernán Villena Juez - Federico Her-
nán Villena Juez Federal Subrogante
e. 22/04/2016 N° 24912/16 v. 28/04/2016