N° 28347/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
ECONÓMICO NRO. 3
SECRETARÍA NRO. 5
Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 3,
a cargo del Dr. Rafael CAPUTO, Secretaría N° 5,
a cargo de la Dra. Sandra Viviana GOÑI, se sir-
va notificar en el marco de la causa N° 608/15
caratulado: “DROGUERIA LARRAZABAL DE
D’AMBROSIO RUBEN ORLANDO Y OTRO S/INF.
LEY 16.463” a: DROGUERIA LARRAZABAL DE
D’AMBROSIO RUBEN ORLANDO y a Walter
Omar VALERO que con fecha 24/06/15 se resol-
vió: “AUTOS Y VISTOS Y CONSIDERANDO: …..
SE RESUELVE: … II) HACER SABER el juez que
va a conocer. III) TENER POR CONCEDIDO el
recurso de apelación interpuesto a fs. 94/99 por
DROGUERIA LARRAZABAL de D’AMBROSIO
RUBEN ORLANDO (representada por su apo-
derado Adrián ROMERO), y por Walter Omar
VALERO contra la resolución administrativa
de fs. 84/89, en el marco del expte. N° 1-47-
1110-129-11-8 del A.N.M.A.T.. IV) DEJAR
Miércoles 4 de mayo de 2016
CONSTANCIA de que el recurso mencionado
por el punto III que precede, tendrá EFECTO
SUSPENSIVO….. VI) INTIMAR a los apelantes a
que se abone, en concepto de tasa de justicia,
la suma de mil quinientos pesos ($ 1500) y de
trescientos pesos ($ 300), equivalente al 1,5%
del valor de las multas impuestas a fs. 84/89
a DROGUERIA LARRAZABAL de D’AMBROSIO
RUBEN ORLANDO y al farmacéutico Walter
Omar VALERO, respectivamente, conforme lo
disponen los arts. 1°, 2°, 3° inc. “g”, 4° inc. “j”
y 9° primer párrafo e inc. “h” de la ley 23.898,
debiendo aportarse la constancia respectiva,
con el sellado correspondiente, a este Juzga-
do en el término de cinco (5) días de notificada
la presente intimación, bajo apercibimiento
de aplicarle una multa del 50% del valor de
la suma omitida y dar oportunamente inter-
vención a la D.G.I. (art. 11° de la ley 23.898 y
Acordada n° 19/92 de la C.S.J.N.). VII) INTIMAR
a los apelantes DROGUERIA LARRAZABAL de
D’AMBROSIO RUBEN ORLANDO, represen-
tada por su apoderado Adrián ROMERO, y a
Walter Omar VALERO, a que dentro del quinto
día de notificados, designen letrado defensor
matriculado en el C.P.A.C.F. y que constituyan
domicilio dentro del radio de esta Ciudad Au-
tónoma de Buenos Aires. En caso contrario, se
les designará el defensor oficial que por turno
corresponda. VIII) DESIGNAR a los fines pre-
vistos por el artículo 454 del Código Procesal
Penal de la Nación, la audiencia del día…. [17 de
junio de 2016 a las 11 horas]…. De conformidad
con lo dispuesto por resolución de superinten-
dencia N° 75 dictada por la Cámara Nacional de
Apelaciones en lo Penal Económico en pleno el
27/08/08, las partes podrán presentar un me-
morial escrito con el que quedarán eximidas de
comparecer a la audiencia y se entenderá que
consideran suficientemente expuestas y funda-
mentadas sus postulaciones sin necesidad de
otras aclaraciones ni réplicas. Para proceder de
esa manera deberán 1°) comunicar su opción al
tribunal dentro de los tres días de notificada la
presente; 2°) presentar el memorial, que queda-
rá reservado en secretaría, con anticipación a la
audiencia fijada en cuya ocasión se procederá a
incorporarlo a los autos….” Fdo. Rafael CAPU-
TO. Juez. Ante mí: Sandra V. GOÑI. Secretaría.
RAFAEL CAPUTO Juez - SANDRA VIVIANA
GOÑI SECRETARIA
e. 04/05/2016 N° 28347/16 v. 10/05/2016