N° 29207/16 Aviso del Boletín Oficial
MARINA RIO LUJAN S.A.
Texto del aviso
MARINA RIO LUJAN S.A.
Marina Rio Lujan S.A. (IGJ Nro. 1648542) Por
Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de
accionistas de Marina Rio Lujan S.A. (la “Socie-
dad”) de fecha 17 de marzo de 2016 (la “Asam-
blea”) se resolvió modificar el siguientes artícu-
lo del estatuto social: “ARTÍCULO TERCERO:
Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia,
de terceros o asociada a terceros, en el país o
en el extranjero, a las siguientes actividades:
Operaciones Inmobiliarias: Mediante la com-
pra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento de
propiedades inmueble, propias o de terceros,
inclusive las comprendidas bajo el régimen de
propiedad horizontal, así como también toda
clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo
el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas
destinadas a vivienda, urbanización, clubes de
campo, barrios privados, explotaciones agríco-
las o ganaderas y parques industriales. Podrá
inclusive realizar todas las operaciones sobre
inmuebles que autoricen las leyes y las com-
prendidas en disposiciones de la ley de pro-
piedad horizontal, incluyendo actividades de
intermediación sobre compra, venta, permuta,
locación de muebles, percibiendo comisiones,
honorarios y demás retribuciones por tal con-
cepto. También podrá dedicase a la administra-
ción de propiedades inmuebles, propias o de
terceros; al estudio, planificación, proyección,
asesoramiento, construcción y/o ejecución de
todo tipo de obras privadas y/o públicas, nacio-
nales, provinciales y/o municipales, en inmue-
bles rurales, urbanos para vivienda, oficinas, lo-
cales, barrios, urbanizaciones, caminos, obras
de ingeniería y/o arquitectura en general, admi-
nistrar las mismas, efectuar planos y proyectos,
intervenir en licitaciones de obras públicas o
privadas, y hacerse cargo de obras comenza-
das; importación y exportación de máquinas,
herramientas, equipos y materiales para la
construcción, y toda actividad creada o a crear-
se relacionada específicamente con la industria
de la construcción. Operaciones Financieras:
Podrá realizar actividades financieras en gene-
ral, entre las que se incluyen efectuar aportes de
capital para operaciones realizadas o a realizar-
se, préstamos hipotecarios o crédito en general
con cualquier de las garantías previstas en la
legislaciones vigente o sin ella. Se excluyen ex-
presamente las operaciones reservadas por la
Ley de Entidades Financieras número 21.526 a
entidades financieras autorizadas por el Banco
Segunda
central de la República Argentina, Otras Acti-
vidades: explotación de amarras, guarda de
buques y otras embarcaciones, explotación
de club house. A tal fin, la sociedad tiene ple-
na capacidad jurídica para adquirir derechos y
contraer obligaciones, ejerciendo todos los ac-
tos que no sean prohibidos por las leyes o por
este estatuto”. Autorizado Asamblea Ordinaria
y Extraordinaria de fecha 17/3/2016. Autorizado
según instrumento privado asamamblea de fe-
cha 17/03/2016
LUCIANO ALEXIS LOPRETE - T°: 97 F°: 234
C.P.A.C.F.
e. 04/05/2016 N° 29207/16 v. 04/05/2016