W20 Argentina W20Argentina

N° 28347/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 6 de mayo de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

ECONÓMICO NRO. 3

SECRETARÍA NRO. 5

Juzgado Nacional en lo Penal Económico

N° 3, a cargo del Dr. Rafael CAPUTO, Secre-

taría N° 5, a cargo de la Dra. Sandra Viviana

GOÑI, se sirva notificar en el marco de la

causa N° 608/15 caratulado: “DROGUERIA

LARRAZABAL DE D’AMBROSIO RUBEN

ORLANDO Y OTRO S/INF. LEY 16.463” a:

DROGUERIA LARRAZABAL DE D’AMBROSIO

RUBEN ORLANDO y a Walter Omar VALERO

que con fecha 24/06/15 se resolvió: “AUTOS

Y VISTOS Y CONSIDERANDO: ….. SE RE-

SUELVE: … II) HACER SABER el juez que va

a conocer. III) TENER POR CONCEDIDO el re-

curso de apelación interpuesto a fs. 94/99 por

DROGUERIA LARRAZABAL de D’AMBROSIO

RUBEN ORLANDO (representada por su apo-

derado Adrián ROMERO), y por Walter Omar

VALERO contra la resolución administrativa de

fs. 84/89, en el marco del expte. N° 1-47-1110-

129-11-8 del A.N.M.A.T.. IV) DEJAR CONS-

TANCIA de que el recurso mencionado por el

punto III que precede, tendrá EFECTO SUS-

PENSIVO….. VI) INTIMAR a los apelantes a

que se abone, en concepto de tasa de justicia,

la suma de mil quinientos pesos ($ 1500) y de

trescientos pesos ($ 300), equivalente al 1,5%

del valor de las multas impuestas a fs. 84/89 a

DROGUERIA LARRAZABAL de D’AMBROSIO

RUBEN ORLANDO y al farmacéutico Walter

Omar VALERO, respectivamente, conforme lo

disponen los arts. 1°, 2°, 3° inc. “g”, 4° inc. “j”

y 9° primer párrafo e inc. “h” de la ley 23.898,

debiendo aportarse la constancia respectiva,

con el sellado correspondiente, a este Juzga-

do en el término de cinco (5) días de notificada

la presente intimación, bajo apercibimiento

de aplicarle una multa del 50% del valor de la

suma omitida y dar oportunamente interven-

ción a la D.G.I. (art. 11° de la ley 23.898 y Acor-

dada n° 19/92 de la C.S.J.N.). VII) INTIMAR a

los apelantes DROGUERIA LARRAZABAL de

D’AMBROSIO RUBEN ORLANDO, represen-

tada por su apoderado Adrián ROMERO, y a

Walter Omar VALERO, a que dentro del quinto

día de notificados, designen letrado defensor

matriculado en el C.P.A.C.F. y que constituyan

domicilio dentro del radio de esta Ciudad Au-

tónoma de Buenos Aires. En caso contrario,

se les designará el defensor oficial que por

turno corresponda. VIII) DESIGNAR a los fi-

nes previstos por el artículo 454 del Código

Procesal Penal de la Nación, la audiencia del

día…. [17 de junio de 2016 a las 11 horas]….

De conformidad con lo dispuesto por resolu-

ción de superintendencia N° 75 dictada por la

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal

Económico en pleno el 27/08/08, las partes

podrán presentar un memorial escrito con

el que quedarán eximidas de comparecer a

la audiencia y se entenderá que consideran

suficientemente expuestas y fundamentadas

sus postulaciones sin necesidad de otras

aclaraciones ni réplicas. Para proceder de esa

manera deberán 1°) comunicar su opción al

tribunal dentro de los tres días de notificada

la presente; 2°) presentar el memorial, que

quedará reservado en secretaría, con antici-

pación a la audiencia fijada en cuya ocasión

se procederá a incorporarlo a los autos….”

Fdo. Rafael CAPUTO. Juez. Ante mí: Sandra V.

GOÑI. Secretaría.

RAFAEL CAPUTO Juez - SANDRA VIVIANA

GOÑI SECRETARIA

e. 04/05/2016 N° 28347/16 v. 10/05/2016