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N° 29767/16 Aviso del Boletín Oficial

CONSTRUCCIONES Y AUXILIAR

Partidos Políticos SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 9 de mayo de 2016

Texto del aviso

CONSTRUCCIONES Y AUXILIAR

DE FERROCARRILES ARGENTINA S.A.

Se hace saber por un día, en los términos

del art. 10 de la ley 19.550, que la Asamblea

General Extraordinaria del 21/04/2016 resol-

vió reformar el artículo segundo del estatuto

social sustituyéndolo por el siguiente texto:

“ARTÍCULO SEGUNDO: La sociedad tiene

por objeto realizar por cuenta propia o de

terceros, o asociada a terceros, en el país o

en el exterior, las siguientes actividades: (i)

fabricar, construir, transformar, reparar, man-

tener, ensamblar, montar y diseñar, comprar,

importar y adquirir por cualquier título, así

como vender, exportar, enajenar, transmitir,

distribuir, y explotar en cualquier forma la

comercialización de toda clase de trenes,

locomotoras, vagones, coches y carros de

ferrocarril, así como sus partes componentes,

elementos y equipos; (ii) la realización de toda

clase de actividades, obras y servicios rela-

cionados con: a) producción y venta de elec-

tricidad mediante instalaciones que utilicen

fuentes de energía renovables, incluyéndose

entre ellas, a modo enunciativo y no exhaus-

tivo, la producción fotovoltaica y eólica; y b)

desarrollo, proyecto, ingeniería, suministro,

construcción, operación, mantenimiento y

enajenación de instalaciones comprendidas

en el apartado a) anterior, ya sean propias o

de terceros; (iii) establecer oficinas, sucursa-

les o agencias subsidiarias en la República

Argentina o en el exterior; (iv) realizar aportes

de capital y demás préstamos con dinero o

en especie a todo tipo de sociedades cons-

tituidas o a constituirse, como asimismo a

particulares, compra, venta e inversiones

de toda clase de valores mobiliarios, títulos,

bonos y papeles de crédito de cualquier tipo

y modalidad, creados o a crearse, y consti-

tución o transferencia de hipotecas, prendas,

cauciones u otras garantías o derechos, con

exclusión de las operaciones incluidas en la

ley 21.526 y toda otra que requiera el concurso

del ahorro público; (v) adquirir por cualquier

título derechos para la explotación, desarro-

llo, operación, administración en cualquier

forma industrial y comercial, de toda clase

Segunda

de fábricas, plantas bodegas, instalaciones,

empresas y negocios; (vi) otorgar y obtener

créditos, con o sin garantía, sin limitación

alguna en cuanto a montos; (vii) representar

a terceros como agente factor, comisionista,

representante o en cualquier forma actuar

como distribuidor o agente mediador de toda

clase de bienes y productos; (viii) adquirir

por cualquier título derecho sobre patentes,

certificados de invención, dibujos y modelos

industriales, marcas, nombres comerciales y

avisos comerciales y/o la autorización de uso

o explotación de los mismos, así como prestar

y recibir toda clase de asistencia y servicios

técnicos relacionados con los conceptos de

este inciso; (ix) construir, adquirir y tomar en

arrendamiento plantas, bodegas y almacenes

e instalaciones para oficinas privadas que

directamente se relacionen con su objeto;

(x) presentarse en concursos o licitaciones

públicas o privadas en forma individual o aso-

ciada a terceros a efectos de cumplir con ac-

tividades vinculadas con su objeto social; (xi)

prestar servicios de asistencia técnica en la

Argentina y en el exterior. A tal fin, la sociedad

tiene plena capacidad jurídica para adquirir

derechos, contraer obligaciones y ejercer los

actos que no sean prohibidos por las leyes o

por este estatuto.” Autorizado según instru-

mento privado Asamblea General Extraordi-

naria de fecha 21/04/2016

Erika Eleonora Kurdziel - T°: 104 F°: 776 C.P.A.C.F.

e. 09/05/2016 N° 29767/16 v. 09/05/2016