N° 28347/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
ECONÓMICO NRO. 3
SECRETARÍA NRO. 5
Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 3,
a cargo del Dr. Rafael CAPUTO, Secretaría
N° 5, a cargo de la Dra. Sandra Viviana GOÑI,
se sirva notificar en el marco de la causa
N° 608/15 caratulado: “DROGUERIA LARRA-
ZABAL DE D’AMBROSIO RUBEN ORLANDO
Y OTRO S/INF. LEY 16.463” a: DROGUERIA
LARRAZABAL DE D’AMBROSIO RUBEN OR-
LANDO y a Walter Omar VALERO que con
fecha 24/06/15 se resolvió: “AUTOS Y VISTOS
Y CONSIDERANDO: ….. SE RESUELVE: … II)
HACER SABER el juez que va a conocer. III)
TENER POR CONCEDIDO el recurso de ape-
lación interpuesto a fs. 94/99 por DROGUE-
RIA LARRAZABAL de D’AMBROSIO RUBEN
ORLANDO (representada por su apoderado
Adrián ROMERO), y por Walter Omar VALE-
RO contra la resolución administrativa de fs.
84/89, en el marco del expte. N° 1-47-1110-
129-11-8 del A.N.M.A.T.. IV) DEJAR CONS-
TANCIA de que el recurso mencionado por el
punto III que precede, tendrá EFECTO SUS-
PENSIVO….. VI) INTIMAR a los apelantes a
que se abone, en concepto de tasa de justicia,
la suma de mil quinientos pesos ($ 1500) y de
trescientos pesos ($ 300), equivalente al 1,5%
del valor de las multas impuestas a fs. 84/89 a
DROGUERIA LARRAZABAL de D’AMBROSIO
RUBEN ORLANDO y al farmacéutico Walter
Omar VALERO, respectivamente, conforme lo
disponen los arts. 1°, 2°, 3° inc. “g”, 4° inc. “j”
y 9° primer párrafo e inc. “h” de la ley 23.898,
debiendo aportarse la constancia respectiva,
con el sellado correspondiente, a este Juzga-
do en el término de cinco (5) días de notificada
la presente intimación, bajo apercibimiento
de aplicarle una multa del 50% del valor de la
suma omitida y dar oportunamente interven-
ción a la D.G.I. (art. 11° de la ley 23.898 y Acor-
dada n° 19/92 de la C.S.J.N.). VII) INTIMAR a
los apelantes DROGUERIA LARRAZABAL de
D’AMBROSIO RUBEN ORLANDO, represen-
tada por su apoderado Adrián ROMERO, y a
Walter Omar VALERO, a que dentro del quinto
día de notificados, designen letrado defensor
matriculado en el C.P.A.C.F. y que constituyan
domicilio dentro del radio de esta Ciudad Au-
tónoma de Buenos Aires. En caso contrario, se
les designará el defensor oficial que por turno
corresponda. VIII) DESIGNAR a los fines pre-
vistos por el artículo 454 del Código Procesal
Penal de la Nación, la audiencia del día…. [17
de junio de 2016 a las 11 horas]…. De con-
formidad con lo dispuesto por resolución de
superintendencia N° 75 dictada por la Cámara
Nacional de Apelaciones en lo Penal Econó-
mico en pleno el 27/08/08, las partes podrán
presentar un memorial escrito con el que que-
darán eximidas de comparecer a la audiencia y
se entenderá que consideran suficientemente
expuestas y fundamentadas sus postulacio-
nes sin necesidad de otras aclaraciones ni
réplicas. Para proceder de esa manera debe-
rán 1°) comunicar su opción al tribunal dentro
de los tres días de notificada la presente; 2°)
presentar el memorial, que quedará reservado
en secretaría, con anticipación a la audiencia
fijada en cuya ocasión se procederá a incor-
porarlo a los autos….” Fdo. Rafael CAPUTO.
Juez. Ante mí: Sandra V. GOÑI. Secretaría.
RAFAEL CAPUTO Juez - SANDRA VIVIANA
GOÑI SECRETARIA
e. 04/05/2016 N° 28347/16 v. 10/05/2016