N° 31075/16 Aviso del Boletín Oficial
PSA FINANCE ARGENTINA
Texto del aviso
PSA FINANCE ARGENTINA
COMPAÑIA FINANCIERA S.A.
Se protocolizó la Asamblea General Ordinaria
y Extraordinaria Unánime del 28/04/2016, de-
jando REFORMADO el ART. 7º del ESTATUTO
SOCIAL, el que será del siguiente tenor: AR-
TÍCULO SÉPTIMO: Las acciones no podrán
ser transferidas a terceros ajenos a la socie-
dad hasta el 30 de abril de 2017, salvedad he-
cha de transferencias de acciones realizadas
por los accionistas de la clase A y B a favor
de sus empresas controlantes, controladas
o que se encuentren sujetas a un control co-
mún. Transcurrido dicho plazo, la transferen-
cia por parte de los accionistas por cualquier
causa o título de sus acciones a terceros no
accionistas, estará limitada por el derecho
de preferencia de los restantes accionistas a
adquirir tales acciones conforme las estipula-
ciones del presente artículo. El accionista que
reciba una proposición de un tercero oferente
(el “Accionista Vendedor”, la “Proposición del
Tercero Oferente” y el “Tercero Oferente”) y
desee enajenarlas, tendrá la obligación de
ofrecerlas por medio fehaciente a los otros
accionistas (los “Accionistas No Vendedo-
res”), indicando el nombre del tercero que
hubiese realizado la oferta y las condiciones
de transferencia ofertadas por el mismo (la
“Oferta del Accionista”). Los Accionistas No
Vendedores tendrán la opción de adquirir las
acciones del Accionista Vendedor, en los tér-
minos de la Oferta del Accionista (sin ninguna
modificación en cuanto al plazo, precio, canti-
dad y toda otra condición de venta incluida en
la Proposición del Tercero Oferente), a prorra-
ta de sus respectivas tenencias, o al “Valor de
Venta” (igual al valor de la parte proporcional
de las Acciones del accionista vendedor cal-
culadas de la siguiente forma será la suma de
(i) capital, más (ii) reservas legales y otras re-
servas, más (iii) resultado neto acumulado to-
tal, más (iv) la suma de los flujos de resultados
de la cartera al momento de la adquisición,
actualizados de conformidad con lo expues-
to seguidamente. Cada flujo de resultado se
calcula sumando los siguientes ítems: (i) in-
gresos financieros menos costos de fondeo
Jueves 12 de mayo de 2016
vinculados a la cartera, teniendo en cuenta
la estimación de cancelaciones anticipadas,
más (ii) ingresos por servicios menos egresos
por servicios, menos (iii) gastos de adminis-
tración de cartera, menos (iv) costos de ries-
go (write-off estimado en el futuro), menos (v)
impuestos. Para actualizar cada flujo se debe
dividir cada flujo de resultado por un divisor
formado por la suma de 1 más una tasa de in-
terés anual adecuada elevada a una potencia
igual al número que resulte el cociente de la
división entre el número de días del flujo de la
cartera desde la fecha de adquisición de las
Acciones hasta el momento que se produce
este flujo de resultados y trescientos sesenta
y cinco). Comunicada la Oferta del Accionista
Vendedor a los Accionistas No vendedores,
éstos comunicarán al Accionista Vendedor en
forma fehaciente y dentro del término de 25
días hábiles siguientes, si ejerce el derecho
de preferencia, y (i) de manifestar Los Accio-
nistas NO Vendedores su intención de adqui-
rir las Acciones en los términos de la Oferta
del Accionista, las partes deberán proceder
en los términos de la Oferta del Accionista; o
(ii) de manifestar los Accionistas No Vende-
dores su intención de no adquirir las acciones
al valor de venta, el Tercero Oferente deberá
pagar el precio correspondiente, y el Accio-
nista Vendedor deberá transferir sus Accio-
nes dentro del plazo de 25 días hábiles de la
determinación del Valor de Venta. Vencido el
plazo señalado precedentemente, caducará
la Oferta del Accionista y se considerará que
los Accionistas No Vendedores han renun-
ciado a la facultad de ejercer el derecho de
preferencia. De no ejercer los Accionistas No
vendedores el derecho de preferencia, o no
concretada la operación en el término fijado
en la Oferta del Accionista, el Accionista Ven-
dedor tendrá, por un plazo de 25 días hábiles,
la libre disposición de sus Acciones a favor
del tercero oferente en las condiciones de
la Proposición del Tercero Oferente. Al ven-
cimiento de este último plazo, el Accionista
Vendedor no podrá vender sus Acciones sin
dar cumplimiento nuevamente a lo aquí dis-
puesto. La limitación a la transmisibilidad de
las acciones deberá inscribirse en las cuentas
abiertas en el Registro de Acciones escritu-
rales, sus comprobantes y estados respecti-
vos, conforme a lo establecido en el artículo
214 de la ley N° 19.550.- Autorizado según
instrumento público Esc. Nº 162 de fecha
06/05/2016 Reg. Nº 77
Veronica Andrea Kirschmann - Matrícula: 4698
C.E.C.B.A.
e. 12/05/2016 N° 31075/16 v. 12/05/2016