N° 31842/16 Aviso del Boletín Oficial
YANKUIK S.A.
Texto del aviso
YANKUIK S.A.
Por Asamblea General Extraordinaria del
10/05/2016 se resolvió: (i) modificar el Art. 3º
del Estatuto Social quedando redactado de la
siguiente manera: ARTÍCULO TERCERO: La
sociedad tiene por objeto desarrollar por cuenta
propia, de terceros, asociada a terceros, ya sea
dentro o fuera del país, mediante contratación
y/o subcontratación las siguientes activida-
des: a) Industrial: diseño, creación, invención,
fabricación, elaboración, producción, transfor-
mación, explotación, importación, extracción,
compra, venta, distribución, de materias primas,
materiales y artículos producidos de todo tipo.
b) Construcción: estudio, diseño, asesoramien-
to, dirección, ejecución, construcción, explota-
ción, administración, mejora, mantenimiento,
refacción, demolición y ampliación de todo tipo
de obras, ya sean públicas o privadas, en espe-
cial en relación a obras para las actividades: i)
mineras; ii) petroleras; iii) de ingeniería civil y vial;
iv) industriales y comerciales. c) Inmobiliaria:
compra, venta, permuta, alquiler, arrendamien-
to de propiedades inmuebles urbanos o rurales,
inclusive las comprendidas bajo el régimen de
Propiedad Horizontal, así como también en
cualquier otro tipo de operaciones inmobiliarias,
interviniendo directamente o asociada a terceros
en la construcción de edificios de vivienda u ofi-
cinas para ser vendidos en block o por régimen
de Propiedad Horizontal, pudiendo tomar para
la venta o comercialización operaciones inmo-
biliarias de terceros. También podrá dedicarse
a la administración de propiedades inmuebles,
propias o de terceros. d) Agropecuarias: explo-
tación de establecimientos rurales, agrícolas,
ganaderos, vitícolas, avícolas, apícolas, frutí-
colas, hortícolas, forestales, cría, invernación,
cruza y venta de hacienda, ganado y cultivos,
tambos, cabañas y granjas, arriendo de campos
y contratista rural. e) Comercial: compraventa,
permuta, importación, exportación, representa-
ción, consignación, administración, distribución
y toda clase de intermediación comercial de
bienes muebles, mercadería, materias primas,
productos semielaborados y frutos del país, así
como la explotación de cualquier local comer-
cial y/o de venta al público. f) Marketing: pres-
tación de servicios vinculados a la producción,
explotación, exportación, importación, desa-
rrollo, distribución, imagen y posicionamiento
de ciertos productos y servicios (propios y/o de
empresas privadas, mixtas y/o públicas), ya sea
en el país o en el extranjero. Al respecto, pres-
tará servicios de consultoría en negocios, de lo-
gística promocional comprensivos de servicios
de organización, planificación, ambientación,
programación e implementación de campañas
publicitarias y promocionales, provisión de
todo tipo de elementos de publicidad, diseño,
creación de marcas, producción audiovisual,
merchandising, organización de eventos, ex-
posiciones y estrategias online, contratación e
implementación de agencias, franquicias, colo-
cación de locales comerciales, puntos de venta,
góndolas y/o stands, difusión y contratación de
todo tipo de medios a tales fines. Las activida-
des mencionadas serán desarrolladas en, inclu-
yendo pero no limitado, la vía pública, super-
mercados, comercios, espectáculos públicos,
eventos, exposiciones públicas y/o privadas
y/o establecimientos educativos. g) Mandatos y
representaciones: ejercicio de representaciones
o mandatos de sociedades, fábricas y/o firmas
nacionales y/o extranjeras en relación con las
actividades preindicadas o vinculadas a ellas.
Sección
BOLETIN
Asimismo, podrá prestar todo tipo de servicios
y realizar todo tipo de contrataciones vincula-
das o relativas con las actividades previamente
mencionadas, incluyendo la gestión de per-
misos, habilitaciones, licitaciones, alquiler y/o
compra y/o exportación y/o importación de
materiales, maquinarias, vehículos, depósitos,
oficinas y suministro de todo tipo de personal y
profesionales a esos fines. Las actividades que
así lo requieran serán llevadas a cabo por pro-
fesionales con título habilitante y, en los casos
que se requiera, deberá poseer la habilitación
de la autoridad que sea pertinente. A tal fin, la
sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos, contraer obligaciones y reali-
zar todos los actos que no sean prohibidos por
las leyes o por este estatuto; (ii) conformar un
Texto Ordenado del Estatuto Social. Autorizado
según instrumento privado Asamblea General
Extraordinaria de fecha 10/05/2016
Maria Regina Oneto Gaona - T°: 68 F°: 706
C.P.A.C.F.
e. 13/05/2016 N° 31842/16 v. 13/05/2016