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N° 31842/16 Aviso del Boletín Oficial

YANKUIK S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 13 de mayo de 2016

Texto del aviso

YANKUIK S.A.

Por Asamblea General Extraordinaria del

10/05/2016 se resolvió: (i) modificar el Art. 3º

del Estatuto Social quedando redactado de la

siguiente manera: ARTÍCULO TERCERO: La

sociedad tiene por objeto desarrollar por cuenta

propia, de terceros, asociada a terceros, ya sea

dentro o fuera del país, mediante contratación

y/o subcontratación las siguientes activida-

des: a) Industrial: diseño, creación, invención,

fabricación, elaboración, producción, transfor-

mación, explotación, importación, extracción,

compra, venta, distribución, de materias primas,

materiales y artículos producidos de todo tipo.

b) Construcción: estudio, diseño, asesoramien-

to, dirección, ejecución, construcción, explota-

ción, administración, mejora, mantenimiento,

refacción, demolición y ampliación de todo tipo

de obras, ya sean públicas o privadas, en espe-

cial en relación a obras para las actividades: i)

mineras; ii) petroleras; iii) de ingeniería civil y vial;

iv) industriales y comerciales. c) Inmobiliaria:

compra, venta, permuta, alquiler, arrendamien-

to de propiedades inmuebles urbanos o rurales,

inclusive las comprendidas bajo el régimen de

Propiedad Horizontal, así como también en

cualquier otro tipo de operaciones inmobiliarias,

interviniendo directamente o asociada a terceros

en la construcción de edificios de vivienda u ofi-

cinas para ser vendidos en block o por régimen

de Propiedad Horizontal, pudiendo tomar para

la venta o comercialización operaciones inmo-

biliarias de terceros. También podrá dedicarse

a la administración de propiedades inmuebles,

propias o de terceros. d) Agropecuarias: explo-

tación de establecimientos rurales, agrícolas,

ganaderos, vitícolas, avícolas, apícolas, frutí-

colas, hortícolas, forestales, cría, invernación,

cruza y venta de hacienda, ganado y cultivos,

tambos, cabañas y granjas, arriendo de campos

y contratista rural. e) Comercial: compraventa,

permuta, importación, exportación, representa-

ción, consignación, administración, distribución

y toda clase de intermediación comercial de

bienes muebles, mercadería, materias primas,

productos semielaborados y frutos del país, así

como la explotación de cualquier local comer-

cial y/o de venta al público. f) Marketing: pres-

tación de servicios vinculados a la producción,

explotación, exportación, importación, desa-

rrollo, distribución, imagen y posicionamiento

de ciertos productos y servicios (propios y/o de

empresas privadas, mixtas y/o públicas), ya sea

en el país o en el extranjero. Al respecto, pres-

tará servicios de consultoría en negocios, de lo-

gística promocional comprensivos de servicios

de organización, planificación, ambientación,

programación e implementación de campañas

publicitarias y promocionales, provisión de

todo tipo de elementos de publicidad, diseño,

creación de marcas, producción audiovisual,

merchandising, organización de eventos, ex-

posiciones y estrategias online, contratación e

implementación de agencias, franquicias, colo-

cación de locales comerciales, puntos de venta,

góndolas y/o stands, difusión y contratación de

todo tipo de medios a tales fines. Las activida-

des mencionadas serán desarrolladas en, inclu-

yendo pero no limitado, la vía pública, super-

mercados, comercios, espectáculos públicos,

eventos, exposiciones públicas y/o privadas

y/o establecimientos educativos. g) Mandatos y

representaciones: ejercicio de representaciones

o mandatos de sociedades, fábricas y/o firmas

nacionales y/o extranjeras en relación con las

actividades preindicadas o vinculadas a ellas.

Sección

BOLETIN

Asimismo, podrá prestar todo tipo de servicios

y realizar todo tipo de contrataciones vincula-

das o relativas con las actividades previamente

mencionadas, incluyendo la gestión de per-

misos, habilitaciones, licitaciones, alquiler y/o

compra y/o exportación y/o importación de

materiales, maquinarias, vehículos, depósitos,

oficinas y suministro de todo tipo de personal y

profesionales a esos fines. Las actividades que

así lo requieran serán llevadas a cabo por pro-

fesionales con título habilitante y, en los casos

que se requiera, deberá poseer la habilitación

de la autoridad que sea pertinente. A tal fin, la

sociedad tiene plena capacidad jurídica para

adquirir derechos, contraer obligaciones y reali-

zar todos los actos que no sean prohibidos por

las leyes o por este estatuto; (ii) conformar un

Texto Ordenado del Estatuto Social. Autorizado

según instrumento privado Asamblea General

Extraordinaria de fecha 10/05/2016

Maria Regina Oneto Gaona - T°: 68 F°: 706

C.P.A.C.F.

e. 13/05/2016 N° 31842/16 v. 13/05/2016