N° 31963/16 Aviso del Boletín Oficial
RSC S.A.
Texto del aviso
RSC S.A.
RSC SOCIEDAD ANÓNIMA Nº correlativo
1850634. Por asamblea extraordinaria del
27/01/16 se reformó el artículo 4º del estatuto
por ampliación del objeto, cuyo texto quedó
redactado del siguiente modo: ARTÍCULO
CUARTO. OBJETO: La Sociedad tiene por
objeto 1) la explotación de clínicas, sanatorios,
geriátricos, y/o cualquier tipo de establecimien-
tos asistenciales, incluyendo su compraventa,
locación y construcción. La dirección técnica
del o de los establecimientos asistenciales que
explotare la sociedad, así como cualquier tarea
Lunes 16 de mayo de 2016
que se refiera al ejercicio profesional, estará a
cargo de profesionales con título habilitante,
sin injerencia de los integrantes de la sociedad
que no sean profesionales de acuerdo a lo es-
tablecido en el Título V, Capítulos I, II y III de la
mencionada Ley 17132. La sociedad tiene ple-
na capacidad jurídica para suscribir o adquirir
derechos, contraer obligaciones y ejercer los
actos que no sean prohibidos por las leyes o
por este estatuto y se ajustará a lo establecido
por la Ley número 17132 y su reglamentación.
2) La promoción, organización, desarrollo y eje-
cución de todo tipo de actividades educativas,
culturales, y científicas. A tal fin prestará por
cuenta propia o asociada a terceros todo tipo
de servicios relacionados con la educación en
todos sus niveles, programáticos o extraprogra-
máticos, mediante planes y carreras aprobados
por autoridades nacionales y/o provinciales
y/o municipales y/o de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, incluso brindadas, desarrolladas
o ejecutadas por establecimientos y/o institutos
educativos propios y/o de terceros, primordial-
mente dirigidos a la formación, capacitación
y/o graduación de profesionales y/o auxiliares
de la salud, enfermería y/u oficios o especiali-
zaciones relacionadas directa o indirectamen-
te con la salud y/o la investigación científica
relacionada. A cuyo fin además podrá dictar o
realizar jornadas, congresos, seminarios, con-
ferencias, residencias, capacitaciones en todas
sus formas, y demás directa o indirectamente
relacionadas. Las actividades educativas serán
prestadas por profesionales y/o docentes que
cumplan con todas las normas y reglamenta-
ciones que rigen la actividad sin injerencia de
los integrantes de la sociedad que no lo fueran
o no cumplan con los requisitos de las autori-
dades, normas y regulaciones que regulan la
actividad formativa y educativa. Autorizado
según instrumento público Esc. Nº 14 de fecha
28/04/2016 Reg. Nº 888
Horacio Alfredo Pinasco - Matrícula: 4642
C.E.C.B.A.
e. 16/05/2016 N° 31963/16 v. 16/05/2016