N° 32226/16 Aviso del Boletín Oficial
ESTUDIOA CINE S.A.
Texto del aviso
ESTUDIOA CINE S.A.
Constitucion de sociedad. 1) EstudioA
Cine S.A.- 2) Escritura nº 150 del 09-05-2016.-
3) Carlos Alberto MARTINEZ, argentino, divor-
ciado, nacido el 01-04-1951, empresario, DNI
8589680, CUIT 20-08589680-7; y Lucia MAR-
TINEZ, argentina, soltera, nacida el 11-05-1990,
empresaria, DNI 35229120, CUIT 27-35229120-
5; ambos con domicilio real y especial en Car-
los Ortiz 937, CABA.- 4) La sociedad tiene por
objeto las actividades de producción y explo-
tación de contenidos audiovisuales, artísticos,
publicitarios e informativos consistentes en: (I)
PRODUCCION DE CONTENIDOS: el diseño,
elaboración, generación, producción, venta,
cesión, distribución de productos y contenidos
temáticos para su exhibición, emisión o trans-
Sección
BOLETIN
misión, por sí o por terceros, en medios audio-
visuales, gráficos y vía internet, o cualquier otro
medio de comunicación creado o a crearse y (II)
PRODUCCION DISTRIBUCION, EXHIBICION,
ARTISTICA, PUBLICITARIA E INFORMATIVA:
Instalación, administración y explotación de
establecimientos de cine, televisión, radiodifu-
sión, grabación y producción, incluyendo la co-
mercialización de espacios publicitarios, ya sea
por cuenta propia o de terceros; contratación y
subcontratación de artistas, adquisición de li-
cencias y permisos particulares y oficiales para
la explotación de medios de comunicación au-
diovisual o vía internet, o cualquier otro medio
de comunicación creado o a crearse en el futu-
ro..- 5) 99 años contados a partir de su inscrip-
ción. 6) Capital: $ 100.000.- 7) Administración:
Directorio entre un mínimo de 1 y un máximo de
5 titulares con mandato por 3 ejercicios.- 8) Se
prescinde de la sindicatura.- 9) 31-12 de cada
año.- 10) Carlos Ortiz 937, CABA.- El primer di-
rectorio: Presidente: Carlos Alberto MARTINEZ;
Director suplente: Lucia MARTINEZ.
Autorizado según instrumento público Esc.
Nº 150 de fecha 09/05/2016 Reg. Nº 233
Patricia Peña - Habilitado D.N.R.O. N° 2721
e. 17/05/2016 N° 32226/16 v. 17/05/2016