N° 33137/16 Aviso del Boletín Oficial
UNITE! POR LA LIBERTAD Y LA DIGNIDAD
Texto del aviso
UNITE! POR LA LIBERTAD Y LA DIGNIDAD
Distrito Catamarca
EDICTO
El Sr. Juez Federal con Competencia Electoral
Subrogante del Distrito Electoral Catamarca
Dr. Ricardo Antonio Moreno, hace saber, en
cumplimiento de lo establecido en el art. 63 in
fine de la Ley Orgánica de los Partidos Políti-
cos n° 23.298, la siguiente Resolución y Carta
Orgánica Partidaria (Expte. n° CNE 4196/2014).-
Poder Judicial de la Nación
JUZGADO FEDERAL DE CATAMARCA
SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA,
14 de setiembre de 2015.-
Fallo n°:.1078/15 Y VISTO: El pedido de recono-
cimiento para actuar como Partido de Distrito
formulado por la agrupación política Partido
“UNITE! POR LA LIBERTAD Y LA DIGNIDAD”
en los autos N° 4196/2014 caratulados Partido
“UNITE! POR LA LIBERTAD Y LA DIGNIDAD s/
reconocimiento de personería jurídica políti-
ca” Y CONSIDERANDO: Que a fs. 14 se pre-
sentan los ciudadanos Braian Joel Montoya
DNI n° 39.014.239 y Luis Alberto Décima DNI
n° 12.796.923, quienes han sido designados
en el carácter de Apoderados de la agrupación
política “UNITE POR LA LIBERTAD Y LA DIG-
NIDAD” (Acta de Fundación) solicitando el re-
conocimiento de la personería jurídica - política
de la mencionada agrupación; acompañando
a fs. 1/2 el Acta Fundacional donde figuran los
Miembros de la Junta Promotora del Distrito
siendo los siguientes ciudadanos: Presidente:
Claudia Josefina Acosta DNI n° 14.058.368; Vi-
cepresidente: Alexis Alí Jalil DNI n° 27.525.356;
Tesorero: Brian Joel Montoya DNI n° 39014.239;
Secretario General: Gabriela Mabel Demelchori
DNI n° 25.746.970; Prosecretario: Luis Alberto
Décima DNI n° 12.796.923; Certificadores de
Firmas: Brian Joel Montoya DNI n° 39014.239;
Gabriela Mabel Demelchori DNI n° 25.746.970
y Luis Alberto Décima DNI n° 12.796.923. Asi-
mismo fueron designados Apoderados Par-
tidarios los ciudadanos: Luis Alberto Décima
DNI n° 12.796.923 y Brian Joel Montoya DNI
n° 39014.239. Constituyendo domicilio legal en
calle Echeverria n° 32 – B° El Mastil de esta Ciu-
dad Capital de Catamarca, como así también
han comunicado el domicilio electrónico en los
términos de las Acordadas n° s 18 y 11/11 de
la CSJN.- Que a fs. 160/162 corre agregada
resolución otorgando reconocimiento de per-
sonería en forma provisoria, en los términos del
art. 7 de la Ley n° 23.298 y sus modificatorias
y cuya publicación en el Boletín Oficial de la
Nación corre agregada a fs. 174/175.- Que a fs.
1 y 10/12 obra documentación de la designa-
ción como certificadores partidario: Brian Joel
Montoya DNI n° 39014.239; Gabriela Mabel
Demelchori DNI n° 25.746.970 y Luis Alberto
Décima DNI n° 12.796.923.- Que, fue oportu-
namente notificada la agrupación de autos de
las previsiones y exigencias del art. 7 bis de la
Ley n° 23.298 Orgánica de los Partidos Políti-
cos para obtener la sentencia definitiva que le
otorgue la personería jurídico política.- Que a
fs. 184, 195, 197 y 205 la agrupación acompaña
las respectivas fichas de afiliación por un total
de un mil ciento cuarenta y ocho (1.148) fichas,
según lo informado por Secretaría a fs. 209, de
esta manera alcanza el mínimo legal necesario
del 4%o del padrón electoral del distrito Cata-
marca, que para el año en curso es de un mil
ciento treinta y cuatro (1.134) afiliaciones.- Que
a fs. 221/225 corre agregada documentación
que acredita la convocatoria a elecciones in-
ternas para constituir las primeras autoridades
definitivas del Partido.- Que a fs. 227/230 obra
acta de proclamación y listado de las autorida-
des electas conforme a las previsiones de la
Carta Orgánica Partidaria; surgiendo a fs. 232
informe de Secretaría respecto a su verificación
y afiliación, constando que la totalidad de sus
integrantes reúnen los requisitos de ley; siendo
aprobados los mismos a fs. 233, ordenándose
las comunicaciones y publicación correspon-
diente siendo agregados a fs. 234/236 los ofi-
19
Jueves 19 de mayo de 2016
Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.382
cios y edicto.- Que a fs. 3/5 corre agregada la cada seiscientos (600) afiliados que figuren en porcentaje mínimo por sexo establecido en la elección interna que se lleve a cabo luego de la
Declaración de Principios y las Bases de Acción el padrón partidario, con un mínimo de cinco Ley Nº 24.012 y sus decretos reglamentarios. sanción de este instrumento.
Política y a fs. 6/9 la Carta Orgánica Partidaria.- (5). Se elegirán como Congresales Suplentes
Que, asimismo se comunico a las autoridades un equivalente al 40% de los titulares, con un Artículo 14: -En el supuesto de que vencido el Artículo 25: -Hasta tanto se elijan las autorida-
partidarias que deberán dar cumplimiento a mínimo de dos (2). Para ser Congresal se re- plazo solamente se presentara una lista cum- des partidarias conforme a la presente Carta
la presentación de los Libros Partidarios a los quiere tener una antigüedad en la afiliación de pliendo con los recaudos, la misma será procla- Orgánica y en el supuesto de que hubiese
fines del sellado y rúbrica, conforme lo esta- no menos de dos años, salvo en la primera mada por la Junta Electoral.
elecciones nacionales, provinciales y/o munici-
blece el art. 7 bis inc. “c” y art. 37 de la Ley elección. Los Congresales duran cuatro años
pales, la Junta Promotora partidaria tendrá to-
n° 23.298 y sus modificatorias y el art. 21 de la en sus funciones, pudiendo ser reelectos.
Artículo 15: -El partido procederá a seleccionar das las facultades inherentes a dichos órganos
Ley n ° 26.215.- Que de todas las constancias
sus candidatos a cargos públicos electivos me- partidarios de cualquier naturaleza, quedando
de autos posteriores al reconocimiento provi- Artículo 6: -Para formar quórum de la Asamblea diante elecciones primarias en los términos de facultados a cumplir en todo los términos de lo
sorio ya referido, surge que oportunamente se provincial se requiere más de la mitad de sus lo establecido por la Ley Nº 26.571.-
establecido por la ley n° 26.571.
dio cumplimiento a las previsiones del art. 7 y miembros. Si tal número no se lograra dentro
luego a las exigencias del art 7 bis, de la Ley de las dos horas posteriores a su convocatoria
En San Fernando del Valle de Catamarca, Artículo 16: -La Junta Electoral redactará un
23.298 Orgánica de los Partidos Políticos y sus podrá sesionar con los miembros presentes. La Reglamento Electoral en el cual se respete la quince de diciembre del año dos mil quince.-
modificatorias, para resolver favorablemente Asamblea provincial sesionará ordinariamente participación de la minoría en la integración de FDO. DR. RICARDO ANTONIO MORENO JUEZ
el pedido de reconocimiento de la personería cada año en la primera quincena de noviembre las listas de candidatos a cargos electivos en FEDERAL CON COMPETENCIA ELECTORAL
jurídico política para actuar como partido de y extraordinariamente cuando sea convocado
SUBROGANTE concordancia con la normativa electoral nacio-
Distrito.- En consecuencia, deberán las autori- por la Junta Directiva o lo solicite el 40% de los
- FDO. DR. AMERICO MORCOS - SECRETARIO nal, provincial y municipal.
dades electas instrumentar lo pertinente a fin Congresales.
ELECTORAL FEDER
de dar cumplimiento a las exigencias previstas
Artículo 17: -En todos los casos podrán las lis- DR. RICARDO ANTONIO MORENO JUEZ
en la Ley n° 26.215 de Financiamiento de los Artículo 7: -Son Funciones de la Asamblea pro- tas contener candidatos extrapartidarios total o FEDERAL CON COMPETENCIA ELECTORAL
Partidos Políticos procediendo a la apertura de vincial: a) Sancionar el Programa del Partido por
SUBROGANTE Juez - FDO. DR. AMERICO parcialmente.
la cuenta corriente única en los términos del art. cada período y/o sus reformas. b) Dictar la Car-
MORCOS - SECRETARIO ELECTORAL FEDE-
20 de la norma citada, por la que se canalizarán ta Orgánica y/o sus modificaciones con los 2/3
RAL SECRETARIO ELECTORAL FEDERAL Título IV – Apoderados
todos los fondos de la agrupación política tanto de los miembros presentes. c) Designar la Junta
e. 19/05/2016 N° 33137/16 v. 19/05/2016 públicos como privados.- Por todo lo expuesto, Ejecutiva partidaria. d) Considerar los informes Artículo 18: -La Junta Ejecutiva partidaria nom-