N° 33617/16 Aviso del Boletín Oficial
SOLUCIONES RURALES S.A.
Texto del aviso
SOLUCIONES RURALES S.A.
Por asamblea general extraordinaria del
23/02/2016 se reformó el artículo tercero:
ARTICULO TERCERO: La Sociedad tiene por
objeto dedicarse por cuenta propia, de terce-
ros y/o asociada a terceros, en el país y en el
extranjero, a las siguientes actividades: a) CO-
MERCIALES: La compra venta, permuta, im-
portación, exportación, comercialización al por
mayor y menor, corretaje, comisión, distribu-
ción y consignación de todo tipo de productos
necesarios para la vida, el desarrollo social y
productivo y la vivienda en el ámbito rural o ur-
Sección
BOLETIN
bano; b) INDUSTRIALES: La manufacturación,
fabricación, industrialización, armado, ensam-
ble, o cualquier otra forma de producción de
productos necesarios para la vida, el desarrollo
social y productivo y la vivienda en el ámbito
rural o urbano; c) FINANCIERAS: Aportar y fa-
cilitar capitales a personas físicas y/o jurídicas
constituidas o a constituirse para la realización
de operaciones o negocios relacionados con
el mejoramiento de su situación en el ámbito
rural o urbano en el que se desempeñan o para
financiar sus actividades ya sean productivas o
las necesidades básicas para su subsistencia y
desarrollo en el ámbito rural o urbano. D) SER-
VICIOS: podrá prestar servicios de consultoría,
de ejecución de proyectos, de desarrollo de
recursos humanos y emprendedorismo y de
elaboración de informes vinculados con la vida,
el desarrollo social y productivo y la vivienda
en el ámbito rural o urbano, en el ámbito local
e internacional. Para ello la sociedad podrá
comprar y vender acciones, títulos públicos,
emitir obligaciones negociables, debentures, o
cualquier otro tipo de título o valor mobiliario.
Se deja aclarado que la sociedad no realizará
operaciones de las comprendidas en la ley de
entidades financieras 21.526, ni cualquier otra
que requiera autorización especial, sin haberla
obtenido. A los fines detallados precedente-
mente la sociedad tiene plena capacidad jurí-
dica para realizar todo tipo de actos contratos
y operaciones que se relacionen con el objeto
social detallado; entre ellos aceptar y otor-
gar licencias, franquicias y representaciones,
constituir fondos de comercio independientes
con activos existentes acordándoles la for-
ma jurídica que mejor convenga, representar
marcas nacionales o extranjeras vinculadas al
objeto social. Licenciar y sublicenciar derechos
a empresas del exterior. Constituir y/o adminis-
trar fideicomisos, constituirse en beneficiaria
de fideicomisos, emitir obligaciones, otorgar
créditos, contraer empréstitos, librar, aceptar
y endosar documentos y celebrar todo géne-
ro de operaciones con entidades bancarias y
financieras, oficiales o privadas, nacionales o
extranjeras. Autorizado según instrumento pri-
vado acta de asamblea de fecha 23/02/2016
Micaela Palomo - T°: 114 F°: 291 C.P.A.C.F.
e. 20/05/2016 N° 33617/16 v. 20/05/2016