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N° 33617/16 Aviso del Boletín Oficial

SOLUCIONES RURALES S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES viernes, 20 de mayo de 2016

Texto del aviso

SOLUCIONES RURALES S.A.

Por asamblea general extraordinaria del

23/02/2016 se reformó el artículo tercero:

ARTICULO TERCERO: La Sociedad tiene por

objeto dedicarse por cuenta propia, de terce-

ros y/o asociada a terceros, en el país y en el

extranjero, a las siguientes actividades: a) CO-

MERCIALES: La compra venta, permuta, im-

portación, exportación, comercialización al por

mayor y menor, corretaje, comisión, distribu-

ción y consignación de todo tipo de productos

necesarios para la vida, el desarrollo social y

productivo y la vivienda en el ámbito rural o ur-

Sección

BOLETIN

bano; b) INDUSTRIALES: La manufacturación,

fabricación, industrialización, armado, ensam-

ble, o cualquier otra forma de producción de

productos necesarios para la vida, el desarrollo

social y productivo y la vivienda en el ámbito

rural o urbano; c) FINANCIERAS: Aportar y fa-

cilitar capitales a personas físicas y/o jurídicas

constituidas o a constituirse para la realización

de operaciones o negocios relacionados con

el mejoramiento de su situación en el ámbito

rural o urbano en el que se desempeñan o para

financiar sus actividades ya sean productivas o

las necesidades básicas para su subsistencia y

desarrollo en el ámbito rural o urbano. D) SER-

VICIOS: podrá prestar servicios de consultoría,

de ejecución de proyectos, de desarrollo de

recursos humanos y emprendedorismo y de

elaboración de informes vinculados con la vida,

el desarrollo social y productivo y la vivienda

en el ámbito rural o urbano, en el ámbito local

e internacional. Para ello la sociedad podrá

comprar y vender acciones, títulos públicos,

emitir obligaciones negociables, debentures, o

cualquier otro tipo de título o valor mobiliario.

Se deja aclarado que la sociedad no realizará

operaciones de las comprendidas en la ley de

entidades financieras 21.526, ni cualquier otra

que requiera autorización especial, sin haberla

obtenido. A los fines detallados precedente-

mente la sociedad tiene plena capacidad jurí-

dica para realizar todo tipo de actos contratos

y operaciones que se relacionen con el objeto

social detallado; entre ellos aceptar y otor-

gar licencias, franquicias y representaciones,

constituir fondos de comercio independientes

con activos existentes acordándoles la for-

ma jurídica que mejor convenga, representar

marcas nacionales o extranjeras vinculadas al

objeto social. Licenciar y sublicenciar derechos

a empresas del exterior. Constituir y/o adminis-

trar fideicomisos, constituirse en beneficiaria

de fideicomisos, emitir obligaciones, otorgar

créditos, contraer empréstitos, librar, aceptar

y endosar documentos y celebrar todo géne-

ro de operaciones con entidades bancarias y

financieras, oficiales o privadas, nacionales o

extranjeras. Autorizado según instrumento pri-

vado acta de asamblea de fecha 23/02/2016

Micaela Palomo - T°: 114 F°: 291 C.P.A.C.F.

e. 20/05/2016 N° 33617/16 v. 20/05/2016