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N° 33488/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA EN LO CIVIL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES lunes, 23 de mayo de 2016

Texto del aviso

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA EN LO CIVIL

Y COMERCIAL NRO. 11

SECRETARÍA ÚNICA

MORÓN - BUENOS AIRES

EDICTO

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y

Comercial n° 11 del Departamento Judicial de

Morón, a cargo de la Dra. Gabriela Fernanda Gil,

Secretaría Única a cargo de la Dra. Patricia L. de

la Silva, se ha dispuesto notificar a Maria Esther

Braz la sentencia dictada en autos a fs. 965/986

por edictos en forma íntegra. GABRIELA FER-

NANDA GIL. JUEZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL:

“SUCESORES DE BUSTOS BERTOLINI MARIA

JULIANA Y OTROS C/ECHEZARRAGA, JOSE

CARLOS Y OT: S/DAÑOS Y PERJUICIOS”. EXP.

N° 45290. REG. N° FOLIO N°. Morón, 3 febrero

de 2014.- AUTOS Y VISTOS: Los autos caratu-

lados “SUCESORES DE BUSTOS BERTOLINI,

MARIA JULIANA Y OTROS C/ECHEZARRAGA,

JORGE CARLOS Y OT. S/DAÑOS Y PERJUI-

CIOS”, en trámite por ante el Juzgado de Pri-

mera Instancia en lo Civil y Comercial N° 11, del

Departamento Judicial de Morón, a mi cargo, de

los que; AUTOS Y VISTOS....RESULTA: FALLO:

1°) Haciendo lugar parcialmente a la demanda

promovida por Bárbara Bertolini y Oscar Pedro

Bustos por sí y en su carácter de sucesores

de María Juliana Bustos Bertolini contra Jorge

Carlos Echezarraga, María Esther Braz y Clíni-

ca Privada Dres. Marcelo Tachella S.A., en su

consecuencia, condeno a éstos últimos a pagar

a la actora dentro de los diez días de quedar

firme el presente pronunciamiento la suma de

PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS

MIL CON 0/100 ($ 5.400.000.-), con más los

intereses calculados en la forma que queda

determinada en el considerando; 2°) Recha-

zando la defensa planteada por “San Cristóbal

Sociedad Mutual de Seguros Generales”, con

costas. 3°) Haciéndose extensiva la condena a

las citadas en garantía “San Cristóbal Sociedad

Mutual de Seguros Generales”, y “Federación

Patronal Seguros Sociedad Anónima”. 4) No

surgiendo de la causa que se mandare a inves-

tigar la cuestión aquí debatida, póngase en co-

nocimiento del Sr. Agente Fiscal en turno Dptal.

a sus efectos (art. 287 del CPP). 5) Las costas

de la acción se imponen a los demandados

vencidos. (art. 68 del C.P.C.C.); difiriendo la re-

gulación de honorarios de los letrados y peritos

intervinientes para la oportunidad prevista por

el art. 51 de la ley 8904. Registrese y Notifique-

se por Secretaria. Fdo Gabriela Fernanda Gil,

Juez en lo Civil y Comercial.”

El presente edicto deberá publicarse por dos

días en el “Boletín Oficial de la Republica Ar-

gentina” y en el diario “El Ciudadano de Merlo”

de la Localidad y Partido de Merlo.

Morón, 29 de Abril de 2016. Gabriela Fernanda

Gil. Juez en lo Civil y Comercial.

Augusto G. Cammisa, Juez.

Patricia L. de la Silva, Secretaria.

e. 20/05/2016 N° 33488/16 v. 23/05/2016