N° 35322/16 Aviso del Boletín Oficial
BONA FIELDS S.A.
Texto del aviso
BONA FIELDS S.A.
Por Acta de Asamblea Gral. Extraordinaria del
29/12/2015 se resolvió reformar los estatutos so-
ciales quedando redactado el: “ARTÍCULO 3º: La
sociedad tiene por objeto realizar por sí, o por ter-
ceros o asociada a terceros los siguientes actos:
a) HOTELERÍA: Dedicarse al negocio de hotelería
en gral. mediante el alojamiento de personas, en
cualquiera de las formas y modalidades permiti-
das por las leyes vigentes, para lo cual podrá: i)
comprar o locar o tomar en “leasing” o en fideico-
miso bienes y edificios destinados a la hotelería; ii)
explotar por cuenta propia o por concesión o por
cualquier otra forma lícita, edificios destinados a
la hotelería, hospedaje o “apart hoteles”; iii) insta-
lar y explotar, dentro de los respectivos edificios
y como servicios complementarios atención de
bar, comidas, espectáculos y variedades; iv) dar
en locación, como locadora, los locales comer-
ciales vinculados a los hoteles. b) CONSTRUC-
TORA: La realización de proyectos, dirección,
administración, construcción o explotación de
casas, campos, terrenos, edificios, countries,
barrios privados, cementerios privados, obras
viales, desagües, gasoductos, oleoductos, di-
ques, usinas o todo tipo de obras de ingeniería
o arquitectura de carácter público o privado, ya
sea por contratación directa o por licitaciones
públicas o privadas, municipales provinciales,
nacionales o internacionales, sea como contratis-
ta principal, subcontratista o bajo cualquier otra
forma de contratación. c) INMOBILIARIAS: La
realización de todo tipo de negocios relacionados
con bienes inmuebles, se encuentren o no afec-
tados al régimen de prop. horizontal, incluyendo
la administración, locación, leasing, fideicomisos,
operaciones de fraccionamientos, urbanización,
adquisición, enajenación o loteo. El ejercicio de
toda clase de representaciones, mandatos, co-
misiones e importaciones y exportaciones, por
cuenta y orden de terceros en gral., domiciliados
en el país o en el extranjero. Todo asesoramiento
que en virtud de la materia haya sido reservado a
profesionales con título habilitante será realizado
por medio de éstos. A tales fines la sociedad tiene
plena capacidad jurídica para adquirir derechos,
contraer obligaciones y ejercer todos los actos y
operaciones que se vinculen directa o indirecta-
PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN
SecretarÍa Legal y TÉcnica
Dr. PABLO CLUSELLAS
Secretario
DirecciÓn Nacional del Registro Oficial
LIC. RICARDO SARINELlI
Director Nacional
2016
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mente con el objeto social y que no estén prohibi-
dos por este estatuto o por las leyes.” Autorizada
por Asamblea Gral. Extraordinaria del 29/12/2015
Magali Dresdner - T°: 115 F°: 547 C.P.A.C.F.
e. 26/05/2016 N° 35322/16 v. 26/05/2016